Octavio Salazar, Twitter y el peso de la red

Hace unas semanas todos seguimos por la prensa el caso de la banda de los Pishtacos, supuestos ladrones de grasa humana que operaban en la zona de Huánuco y Pasco. Con el paso de los días, la noticia ha sido largamente discutida en distintos medios y a la fecha su veracidad ha sido totalmente descartada por la opinión científica mundial y, recientemente, por la propia policía nacional. La verdad es que ha sido un roche al más puro estilo de Masías presententando a los Malditos de Larcomar. Ya más por imagen que por convicción, la agencia de noticias del Estado (¿subsidiariedad?) informa hoy que el Ministro del Interior ha declarado que la Policía continuará investigando el caso de los Pishtacos. ¿El esfuerzo por mantener una cortina de humo para que no se investigue a Salazar por el Escuadrón de la Muerte de Trujillo?

El asunto es que Octavio Salazar, actual Ministro del Interior, se ha convertido esta tarde en el centro de las bromas de la twittósfera peruana. A través de la inclusión del hashtag #octaviosalazar en los mensajes de los usuarios, cientos de personas le han atribuido al Ministro distintas responsabilidades como “estar en capacidad de pegarle a Chuck Norris”, “abrirle investigación al Cuy Mágico por lavado de dinero”, “haber mantenido una relación sentimental con Candy antes que Anthony” o “tener listo un Plan Especial para capturar al Grinch esta navidad”, entre otros planes casi mesiánicas.

En el año en el que Twitter ha sido declarada la palabra más popular usada en Internet, creo que cualquier autoridad debería hoy pensárselo dos veces antes de tratar de presentar una investigación a medias y sin mucho fundamento con la finalidad de distraer la atención pública. No quiero caer en el aburrido lugar común de decir que el Perú es la Opinión Pública, que la Opinión Pública es Internet, e Internet es Twitter (como le encanta decir a algunos periodistas). Más allá de Twitter en sí, creo que las herramientas de interacción social tan populares actualmente en Internet pueden empezar a cambiar la forma se interactúa en los espacios sociales. ¿Hubiese tenido tanta repercusión la leyenda del Monstruo de los Cerros el verano de 1999 si hubiese existido Twitter?

Sobre la posible responsabilidad que podría derivarse de las burlas difundidas a través de Twitter, recordemos que el ámbito de protección de los derechos al honor y a la imagen se encuentre largamente flexibilizado en el caso de personas que ejercen cargos públicos. No sorprendería, sin embargo, leer mañana en las noticias que el Ministerio ha decidido abrirle investigación a Twitter por difamación.

La caricatura es de Mario Molina, publicada en El Comercio el 24 de noviembre de 2009.

Nubes negras sobre el Internet generativo

Cloud computing o computación en nube es el último grito de la moda y nadie debiera pasarla por alto.

Como definición, reproduzco una que leí en el blog de la CMT que me pareció buena (Subirse a la nube): «Cloud computing es un estilo de computación que proporciona recursos, dinámicamente escalables y a menudo virtualizados, como servicios”. Hablamos de la cloud como servicio, en la medida que los usuarios disponen de aplicaciones y almacenan su información en un servidor de Internet, en vez hacerlo en una PC.

Durante la era de las PC el dúo formado por Microsoft e Intel (Wintel) fue capaz de presentar un sistema indisoluble basado en una PC montada sobre un sistema operativo Windows y un microprocesador Intel. Muchos empiezan a afirmar que este paradigma tiene los días contados. Hace unos días Google anunció el lanzamiento de su Chrome OS (The Chromium Projects), que según algunos entendidos (error500: El sistemas operativo de Google y el regreso del terminal tonto) consiste en «(…) capar un sistema operativo, impedir que ejecute cualquier cosa que no sea un navegador, funcionar sobre un hardware seleccionado (nada de instalarlo en cualquier equipo que uno elija) y, eso sí, arrancar muy rápido«.

httpv://www.youtube.com/watch?v=0QRO3gKj3qw

Microsoft también mueve ficha en la misma dirección lanzando casi paralelamente dos nuevos y radicalmente diferentes productos (anunciados en la Professional Developers Conference del año pasado). El primero, la plataforma Azure, como un sistema operativo dentro de la nube. Luego, el sucesor del desafortunado Vista, Windows 7, que sirve como sistema operativo de Microsoft (OS).

The Economist (Clash of the clouds), ve al cloud computig inserto en un profundo cambio sistémico de la industria de la informática y de las comunicaciones electrónicas. No solo traslada el centro de gravedad de Microsoft. Hasta ahora, los avances tecnológicos movieron a la industria de dos ejes centrales, primero de los mainframes a los minicomputadores; y, luego a la PC. Ahora, una combinación de procesadores cada vez más potentes, baratos y rápidos y de redes más ubicuas, está impulsando el poder al centro, en algunos aspectos, y en otros alejándolo. Los centros de datos de la nube son enormes mainframes públicos. Al mismo tiempo, la PC está siendo reemplazada por una multitud de pequeños dispositivos, a menudo inalámbricos, como smartphones, netbooks y, pronto, tablets PC.

Pero no todo es luminoso en este panorama. Algunos ven con el cloud computing un regreso a los terminales tontos y a una pérdida de la generatividad de Internet.

Jonathan Zittrain (Cómo detener el futuro de Internet) en el Times (Lost in the Cloud) advierte alguno de los riesgos implícitos de este proceso. Por ejemplo, si un consumidor contrata un servicio de suscripción de música en línea en lugar de custodiarla en su propia PC, puede perderla si se atrasa en los pagos, si el proveedor quiebra o pierde interés en seguir participando en el negocio. No olvidemos que hace pocos meses Amazon decidió por su cuenta y riesgo borrar de todos los Kindles las copias electrónicas de las novelas 1984 y Rebelión en la granja de George Orwell (1984, veinticinco años después). Se pueden dar multitud de ejemplos de este tipo. Sin embargo, no son estos los peligros más importantes para Zittrain.

El mayor reto de la nube sería su efecto sobre la libertad para innovar. El legado fundamental de la PC es que permite a cualquier persona escribir código desde el extremo y utilizarlo de la forma que considere más conveniente. Los fabricantes de la PC o los creadores de su sistema operativo no tiene ninguna participación en este proceso. Sin embargo, esta libertad estaría en riesgo con la cloud, donde los proveedores de las plataformas de servicios y contenidos tienen un mayor control respecto del software escrito por terceros. Facebook, permite añadir funcionalidades al sitio, pero podría cambiar esta política en cualquier momento. Lo mismo se puede decir de Apple, que decide quién escribe código para el iPhone y qué programas se ejecutarán. Estas empresas pueden utilizar este poder de una forma nunca soñada por Bill Gates cuando era el rey de Windows.

No creo sinceramente que estos temores estén justificados. Cloud compunting es el camino natural para convertir a la nube en el servicio y es también una prueba de la generatividad de la red y no lo contrario. Apple, Microsoft, TiVo, Facebook y Google ofrecen servicios que cubren las necesidades de los consumidores. Si bien nadie puede estar de acuerdo con la patética actuación de Amazon al retirar la versión de 1984 de su Kindle, no debemos pasar por alto que a los propietarios de estas plataformas se les exige que hagan efectivo este control, recordemos el caso de «Mis observadores» de Facebook (Facebook y los observadores). Si funciona no lo arregles se suele señalar, seguiremos escribiendo sobre el tema en siguientes entradas.

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¡Qué tal lisura!

Pocos lo saben pero el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) tiene entre sus facultades sancionadoras, la de imponer multas a aquellas organizaciones de radiodifusión que incumplan las disposiciones relativas al horario familiar y de protección al menor.

Esta inadvertencia se explica en parte desde que el MTC (que no es la FCC) nunca había castigado este tipo de infracciones. Y digo había porque a mediados de este año, los funcionarios del Ministerio se desperezaron e impusieron una sanción de 2 Unidades Impositivas Tributarias (7,100 nuevos soles o US$ 2,453) a la radio Turbo Mix S.R.L. de la ciudad de Cajamarca por incumplir las normas relativas al horario familiar y de protección al menor e incumplir su propio Código de Ética (Resolución Ministerial 711-2009-MTC/29).

Pero vamos a lo sabroso. La señal de frecuencia modulada de Turbo Mix emite diariamente entre las 7 y 8 de la mañana el programa «El Canillita» dirigido por el periodista Marco Bonifacio Sánchez. Este periodista la ha emprendido contra el alcalde provincial de Cajamarca, Marco Aurelio la Torre, a quien acusa de una serie de actos de corrupción. El problema radica en que Bonifacio se despacha contra el alcalde a placer y sin ninguna limitación dialéctica, tal como se desprende de los términos empleados en las diatribas contra el alcalde:

– “No va a entrar nadie hasta que se solucionen los problemas carajo” “¡Ah si, carajo!” “Y que se anulen las elecciones carajo”.

– “Oiga carajo, ¿en dónde estamos?” “Oye que jugadores carajo”.

– “Como tal burrete que se le caracteriza a usted” “Oiga usted está loco” “Y lo reitero… está loco… orate

“A ti te dicen la gata… porque te gustan las ratas”.

El alcalde, harto de tanta carajeada se quejó con la radio. Como no le hicieron caso, denunció, en el mes de diciembre del año pasado, estas ofensas e insultos ante la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones del MTC.

La Ley 28278 de Radio y Televisión establece que la programación que se transmite dentro de lo que se ha llamado el horario familiar (06:00 – 22:00) debe evitar los contenidos violentos u obscenos que puedan afectar los valores inherentes a la familia, los niños y adolescentes. También dispone que los códigos de ética de las empresas de radio y televisión deben sustentarse en una serie de principios como la defensa de la persona humana, el respeto a su dignidad, la protección de los niños y adolescentes, entre otros.

En caso de incumplimiento de las normas relativas al horario familiar y de protección al menor o de las disposiciones del Código de Ética, es necesario, antes de iniciar el procedimiento sancionador en el MTC, agotar el procedimiento de queja por incumplimiento al Código de Ética ante la emisora infractora. Una vez concluida esta etapa y presentada la denuncia ante el MTC, la Dirección de Control requerirá la opinión del Consejo Consultivo de Radio y Televisión (CONCORTV) la que no es vinculante.

En este caso la opinión unánime del CONCORTV, recogida por el MTC en la resolución sancionadora, fue que «(…) en el marco de la Constitución vigente y atendiendo el interés superior del Niño (Sic.), la empresa Radiodifusora Comercial Turbo Mix ha usado en forma habitual un lenguaje no adecuado durante el Horario de Protección Familiar (06:00 – 22:00) al presentar un lenguaje soez como normal y aceptable«. Asimismo, señaló que «ante el incumplimiento del horario de protección familiar la empresa denunciada no ha cumplido con la clasificación del programa y de las franjas horarias establecidas en su Código de Ética«.

Nos encontramos pues ante el primer precendente de una sanción impuesta a un medio de comunicación por emitir contenidos vulnerando el horario de protección al menor e incumpliendo su propio Código de Ética.

Ironías de la vida, he redactado esta entrada escuchado Radio Turbo Mix y su cumbiambera programación. Pueden leer la nota que sobre este caso publicó Fernando Vivas en El Comercio (Mucho ojo: La primera multa).

El faenón del hermanón

Ricardo Belmont Casinelli (1945- ) es una extraña mezcla de broadcaster, político, conductor de programas de televisión y cultor de filosofías de autoayuda. Actividades todas que ha desarrollado de una forma, digamos más bien modesta, aunque hay que reconocerle algunos éxitos en la década de los ochenta (Teletón, alcalde de Lima). Si bien el resultado poco auspicioso de sus últimos emprendimientos lo convierten en una figura insustancial en términos políticos, pareciera que Belmont intenta aprovechar su fugaz paso por el Congreso para saldar viejas deudas, básicamente con la empresa investigadora de medios Ibope Time.

En su versión más conocida Belmont es propietario del Canal 11 (RBC), señal que a pesar de sus esfuerzos -y muchos esperpentos- no logra hacer despegar. También ocupa escaño en el Congreso gracias a la fatalidad. Cuando Alberto Andrade fallece de una fibrosis pulmonar, el Jurado Nacional de Elecciones declaró su vacancia y le otorgó la credencial al accesitario expedito, que no era otro que el ex alcalde de Lima.

En el Congreso, Belmont aprovecha la coyuntura y dirige su puntería contra Ibope Time hasta el punto que ha logrado convencer a Juvenal Silva, presidente de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, para formar un grupo de trabajo que se encargará de investigar la metodología de Ibope para medir la teleaudiencia. Pero no es el único intento de Belmont para imponer su ley en la televisión local. En su empeño por limpiar de imágenes obscenas a la televisión peruana ha presentado un Proyecto de Ley que pretende reprimir con pena privativa de la libertad -cárcel- no menor de dos ni mayor de seis a quien «publicite» imágenes o audios obscenos o pornográficos (03621/2009-CR).

No nos corresponde criticar o cuestionar la calidad del Canal 11 pues ya se ha escrito bastante sobre el particular (elmorsa.pe: Un canal positivo), lo que sí vamos a hacer es analizar la idoneidad de estas dos propuestas «positivas».

Con relación a la investigación sobre la metodología de Ibope Time, cabría recordar que nos encontramos ante una empresa privada dedicada básicamente a medir los ratings de los programas de televisión locales. Información sólo de utilidad para anunciantes y canales. No debiera llamar la atención que el Congreso se entrometa en asuntos de estricto índole empresarial, no olvidemos los intentos de investigar las cutras (supuestas o reales) en el futbolero club Sporting Cristal (Comisión espera versión de Claudio Pizarro sobre caso Image), lo que sí sorprende es que sea Belmont quien tenga que liderar esta cruzada.

El mercado publicitario, como todos, funciona de acuerdo con las reglas de la oferta y la demanda. Si mucha gente ve un programa de televisión, anunciar en él valdrá mucho dinero y si por el contrario los televidentes se cuentan por centenas los espacios publicitarios serán muy baratos. Es decir, en un abierto conflicto de intereses, Belmont intenta que el Congreso investigue a quien durante años ha venido diciendo que sus programas no valen nada, en términos de mercado claro está pues todos sabemos lo que cuestan las piernas de Lucecita. Sea disculpado este rapto machista.

El otro afán de Belmont es luchar contra la pornografía en los medios de comunicación -vistos, escritos y hablados (¿?)-. Para ello está el Proyecto de Ley encarcelando a los pornógrafos. La fórmula empleada para tipificar el delito es tan vaga como imprecisa. Se castiga con cárcel a quien publique («publicite» en el original) imágenes o audios obscenos o pornográficos. Ignoró que entenderá Belmont por audio porno, pero mucho me temo que se refiere a cualquier aullido o gemido instintivo de índole libidinoso típico de las relaciones coitales, aunque con el hermanón nunca se sabe.

La mayoría de legislaciones restringen de alguna forma la emisión de imágenes pornográficas en las señales de televisión abierta. Por ejemplo, en los Estados Unidos se prohíbe la programación de contenidos potencialmente indecentes entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana (La regulación de la (in)decencia, a propósito del caso FCC v. Fox), en España el proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual restringe la emisión en abierto de contenidos pornográficos o con violencia gratuita, los cuales sólo podrán emitirse codificados bajo control parental entre las 22.00 y 06.00 horas. En el Perú la Ley 28278 prohíbe que los servicios de radiodifusión difundan programas con contenido pornográfico o que promuevan el comercio sexual.

Si la legislación nacional ya impide la difusión de imágenes pornográficas, cuál es el sentido de sancionar a los infractores con pena de cárcel. No bastaría, en todo caso, con incrementar el nivel de la sanción administrativa o tipificar mejor la conducta antijurídica.

Recomiendo leer la Exposición de Motivos del proyecto en la web del Congreso, no tiene desperdicio. También la columna que sobre el particular escribiera César Hildebrandt.

 

La parranda de la gestión colectiva de los derechos de autor

La Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAYC) ha protagonizado otro papelón. Solo de esa forma puede calificarse su alharacosa intervención del último fin de semana. Acompañados de “cierto apoyo policial”, intervinieron al más puro estilo de COPS un autobús de la empresa Bus Parrandero lleno de gente. Su única intención era la de cobrarles los derechos de autor de los autores y compositores cuyas canciones se venían bailando a bordo.

La noticia corrió como pólvora en Twitter y motivó las apresuradas declaraciones de Óscar Ráez a Radio Capital (audio). Sobre la discusión que se ha generado en Internet y las declaraciones del representante de APDAYC, creo que es necesario tener claros algunos puntos.

1. ¿Por qué fueron? Lo único que puede hacer APDAYC es constatar la comisión de una infracción in situ, mas no tratar de cobrar en el momento o hacer uso de la fuerza para impedir que esta se cometa. APDAYC no tenía documento alguno que autorice el “operativo”, según la representante de la empresa. Resulta bastante cuestionable que personal de APDAYC realice este tipo de “operativos” sin identificación alguna. Aunque la Ley no lo establece literalmente, es razonable que se le exija al representante de APDAYC llevar una identificación con foto que lo asocia a la Sociedad y el Tarifario de la misma publicado en El Peruano para el año vigente.

2. No cualquier persona que haga uso de música tiene la obligación de pagar al autor mismo o a su representante. El señor Ráez sostiene en el audio que toda persona que realice comunicación pública de música tiene que pagar. La verdad es que APDAYC solo tiene la autorización para recaudar el pago por derechos de autor de los autores y compositores que se encuentran asociados a ella. Así, en el caso de obras musicales licenciadas bajo Creative Commons o de artistas que no se encuentran en el catálogo de APDAYC, no hay obligación de pagar. Lo mismo aplica si es que la obra cayó en dominio público (si han pasado más de setenta años desde la muerte del autor).

3. El taxista que va por la calle sí paga. Podrá sonar absurdo pero es legalmente correcto. No importa si escuche radio o un disco compacto comprado en un semáforo, cuando un taxista escucha música en su auto está afectando a la obra musical a un fin distinto del estrictamente doméstico. Está realizando una comunicación pública de la obra y, por ende, le corresponde el pago a los titulares de sus derechos (autores, intérpretes, productores fonográficos). La razón por la que no se recauda este pago es más bien de orden práctico: el costo de recaudar taxi por taxi, bodega por bodega y micro por micro sería mucho más elevado que lo que efectivamente se llegaría a recaudar. El “Bus Parrandero”, por tanto, está igualmente obligado a pagar.

4. No es necesario que se lucre con la música. El uso de una obra musical protegida por derechos de autor genera la obligación del pago correspondiente a los titulares de los derechos patrimoniales de la misma, sin importar si es que dicho uso reporte un lucro o no a la persona que lo lleva a cabo. Así, la Ley deja en condicional la posibilidad de que las Sociedades de Gestión prevean –si quieren– cierta reducción para el caso de actividades sin fines de lucro llevadas a cabo por personas jurídicas o entidades culturales (Artículo 153.e. del Decreto Legislativo 822).

5. ¿Cuál era la labor de la policía? De acuerdo a la Ley, APDAYC puede solicitar la intervención de la autoridad policial con la única finalidad de que compruebe, de inmediato, la comisión de cualquier acto infractorio y entregue copia de la constatación al interesado. No puede detener autobuses, irrumpir en polladas y arremeterla contra los altoparlantes o intervenir un chifa al paso y solicitar aeropuertos como parte de pago. Las medidas a tomarse respecto de cualquier acto infractorio deberán de ser debidamente ordenadas por la Comisión de Derechos de Autor o la autoridad jurisdiccional que resulte competente. Reconocerle la posibilidad del uso de la fuerza no reglado, sin siquiera contar con Fiscal y por fuera de su marco legal y estatutos, equivale a otorgarle una patente de corso para hacer justicia por sus propias manos.

Si quieren que la gente cumpla con la Ley, que empiecen ellos. La poca cultura de cumplimiento de los derechos de autor debe de ser combatida con medidas efectivas: institucionalidad en el Estado y en las Sociedades de Gestión Colectiva, transparencia en su gestión, información al público y facilidades para el cumplimiento. Policías, posiciones extremistas y una normativa sobre derechos de autor que no reconoce la realidad de su entorno solo terminan dificultando las cosas. Si vamos a exigir el cumplimiento de las reglas solo para lo que nos conviene y la vamos a hacer cumplir de la forma que se nos antoje, estamos convirtiendo la gestión colectiva de derechos de autor en un auténtica parranda.

Fotografía de Ejaz Asi, publicado bajo CC BY-NC.

Sueños de libertad

Hace veinte años el gobierno de la República Democrática Alemana (Deutsche Demokratische Republik) con Egon Krenz a la cabeza hacía agua por todos lados. En medio de grandes protestas populares, el Politburó del Partido Socialista Unificado de Alemania (Sozialistische Einheitspartei Deutschlands, SED) discutía la forma de superar la crisis. La vieja cortina de hierro que creó Stalin para protegerse de occidente se oxidaba rápida e irremediablemente. Para aliviar la enorme presión de los sectores reformistas el SED decidió, el 7 de noviembre de 1989, regular los viajes al exterior de los ciudadanos. Dos días después, en una histórica conferencia de prensa, el miembro del Politburó, Günter Schabowski, anunció el levantamiento de las prohibiciones que impedían viajar a occidente. A la pregunta del periodista italiano Riccardo Ehrman: – ¿Cuándo entrará en vigor? Schabowski contestó: – Desde este momento. Fue la dulce caída del Muro de Berlín. Horas después miles de pobladores de Alemania del Este cruzaban por el paso fronterizo de Bornholmerstrasse.

¿Seríamos capaces de imaginar la caída del Muro de Berlín con Internet y en un contexto de la web 2.0? En primera fila, la conferencia de prensa de Günter Schabowski transmitida por la Deutscher Fernsehfunk (televisión pública de la República Democrática Alemana) aparecería casi inmediatamente colgada en Youtube (seguro que los alemanes del este habrían desarrollado un sistema similar, al que llamaremos DeinRöhre). Minutos después miles de berlineses envían mensajes de texto a través de sus celulares (otra licencia) con la frase –Die Mauer fiel. La noticia se retwitea millones de veces, inunda el orbe y se enlaza en todas las redes sociales. Al día siguiente, mientras los bloggers van haciendo lo suyo, las páginas web de los diarios se nutren con fotos y videos tomados por los propios protagonistas. Una semana después pedazos del Muro empiezan a subastarse en eBay.

Existen decenas de casos de activismo político teniendo a Internet como éter comunicante. el pucelano Rodríguez Zapatero ganó sus primeras elecciones en España, en parte, gracias a las movilizaciones y protestas masivas ocurridas luego de los atentados del jueves 11 de marzo. No es el único caso. En junio de este año se celebraron elecciones en Irán, donde salió vencedor Mahmud Ahmadinejad. Algunos ciudadanos cuestionaron el resultado al considerarlo fruto de una tremenda trafa. Estas protestas hubieran pasado desapercibidas, gracias a la censura impuesta por el régimen de Teherán, de no ser por Internet y su cadena viral de redes sociales, blogs y sobre todo de Twitter (en lo que significó su debut político).

Pero si de activismo político y lucha por las libertades civiles se trata, hay muchos individuos que están amenazados por decir lo que piensan a través de Internet. Para identificar a estas personas Global Voices Advocacy lanzó una plataforma (Threatened Voices – Voces Amenazadas) que permite recopilar información de quienes ven coaccionada su libertad de expresión online, en particular, cuando la ejercen a través de blogs.

Veo en el mapa de Threatened Voices a Cuba. Tres casos. Poco me parece. Destaco un nombre, el de Yoani Sánchez, que como ella misma se presenta: «… reside en La Habana y combina su pasión por la informática con su trabajo en el Portal Desde Cuba«. Además es blogera y crítica del régimen castrista. Para los que no la conocen lean su blog (Generación Y). Les dejo un párrafo, endiabladamente delicioso:

«A partir del otoño de 1993 los que querían lucir bien tuvieron la oportunidad de adquirir novedosos productos y hasta de elegir entre varias marcas, pero tenían que llevar en su cartera la moneda del “enemigo”. Así que al precio de muchos sacrificios, las féminas de esta Isla no se dejaron derrotar en su deseo de verse más bonitas. Con sus labios pintados y la ropa ceñida, se ríen de aquellos que –en los momentos de mayor extremismo- definían como “frivolidad capitalista” a la humana intención de acicalarse. Pintarse el pelo de azul, hacerse un tatuaje o enganchase un argolla en el ombligo ya no es visto como una debilidad ideológica. Sobre los cuerpos han comenzado a brotar las señales de la seducción y del cambio.»

Yoani acaba de ser zurrada por tres individuos mientras asistía a una marcha contra la violencia. Cuando empecé a escribir esta entrada, antes que el camarada Abel me arrebatara el espacio por unos días con su Abogado 2.0, parecía que el régimen había tolerado, no sin algún empujón, la prosa irreverente y directa de Generación Y. Pero los autoritarismos, por eso son lo que son, tienen poca tolerancia y acaban siempre con las libertades de los opositores a mazazos, en realidad la más de las veces a balazos.

Yoani se recupera en un hospital local, mientras, desde Lima siento que escribir esta entrada es un ejercicio superficial, insípido, trivial.

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Riccardo Ehrman entrevistado en LA F.m. (Riccardo Ehrman, periodista de la Agencia Ansa, quien hizo la pregunta que precipitó la caída del Muro de Berlín)

Abogado 2.0

Justice_blog

Hace unos días un amigo me alcanzó este artículo de Arturo Goga titulado Habilidades 2.0. Lista de Aptitudes para todo profesional moderno en el que se destacaban algunas habilidades vinculadas con Internet y las nuevas tecnologías que todo profesional debía tener en estas épocas para poder, digamos, sobrevivir decentemente. Este artículo es un resumen de éste publicado por El Caparazón, un blog sobre tecnología y educación que a su vez cita este otro artículo (Technology Skills We Should Be Teaching in College). En todos estos artículos se destaca la importancia de la incorporación de las nuevas tecnologías así como su uso productivo en la enseñanza y el desarrollo profesional en esta nueva era.

A propósito de este artículo estuve reflexionando acerca de su aplicación en el mundo del derecho y lo compartí con diversos colegas para conocer (i) sus apreciaciones sobre el tema y (ii) cuantas de estas habilidades dominaban. La respuesta fue, salvo en el caso de dos Blawyers, de desconocimiento, escepticismo e, incluso, sarcasmo. -“¿Para qué necesito twitter?” -“¿Que es un RSS?” -“¿Incrustar qué?” -“Eso es para los que les sobra el tiempo”.

Pero, veamos, ¿es importante para un profesional del derecho tener habilidades digitales? Creo que sí, por una simple razón: el ritmo de las transacciones comerciales y legales es cada vez más vertiginoso. Antes, uno podía tomarse el tiempo del mundo en escribir un memorandum y enviarlo para que llegue a la otra parte dos días después y que la respuesta que necesito llegue a mi bandeja luego de una semana. Ahora no. Antes, uno podía tomarse el tiempo del mundo para buscar información en su hermosa y voluminosa biblioteca, revisando detalladamente toda la doctrina nacional y extranjera. Ahora no. Antes uno estaba obligado a manejar toneladas de papel y archivar cuidadosamente cada hoja de trabajo en imponentes archivos. Ahora no. Antes uno tenía pocos medios de comunicación con sus clientes y colegas así que era fácil no ser ubicado por clientes o colegas o perder el tiempo tratando de ubicarlos. Ahora no.

Hoy es VITAL manejar todos los medios de comunicación a nuestro alcance, tener acceso a la mayor cantidad de información de la manera más simple y rápida, estar a disposición de clientes y colegas de una manera eficiente y oportuna, es decir, ser accesible, productivo y eficiente en todo momento.

Por ello, en un mundo interconectado y que avanza cada vez mas rápido, el profesional que no es capaz de manejar su accesibilidad, productividad y eficiencia al ritmo que hoy se exige esta destinado a la extinción. Así, el manejo de herramientas informáticas o, como decimos en la parte introductoria, el contar con habilidades digitales será de vital importancia para ser cada vez mejores profesionales.

En resumen, en los próximos días, debemos dedicarnos a aprehender, cultivar o mejorar las siguientes habilidades:

1. Manejar cuestiones esenciales en la web (uso de hipervínculos, páginas personalizadas, URL shorteners, documentos colaborativos).

2. Gestionar y organizar mi trabajo (Uso de agendas, lectores RSS, reuniones virtuales, agregadores de comunicación, webinars).

3. Usar de manera efectiva distintos medios de comunicación (E-mail, Twitter, Wave, Redes Sociales).

4. Saber encontrar y gestionar información (Marcadores web, motores de búsqueda alternativos, Wikipedia, alertas de información).

5. Conocer lo esencial acerca de privacidad y derechos de autor (Creative Commons, limitaciones a la copia, administrar nombres de usuario y contraseñas, configurar privacidad de servicios, Cookies, Datamining).

6. Saber hacer presentaciones efectivas (Longitud apropiada, buen diseño, hipervinculos, uso de imágenes y videos, captura de audios o videos en internet). Cómo (y cuándo) usar una lupa virtual en las presentaciones.

7. Usar mecanismos alternativos de aprendizaje (Mapas mentales, blogs).

Net neutrality a consulta pública

Coincidiendo con el caso Medison River Communications en el 2005, algunos intelectuales y proveedores de contenidos en Internet lanzaron la idea de aprobar legislativamente el principio conocido como neutralidad de la red o Net neutrality. Desde aquel momento, openistas y regulacionistas han venido afilando el hacha y se han enfrentando regularmente, ya sea para negar o estimular la validez de esta pretensión.

Y así andaban, como Massé y Sifuentes en Radio Capital (Massé y Sifuentes a porrazos), hasta que el hoy presidente Barack Obama, rendido a los pies del ciberactivismo más radical, anunció durante la campaña electoral presidencial americana su firme compromiso con la Net neutrality. También prometió implementar, durante su primer año en funciones, el marco legislativo para asegurar su escrupuloso cumplimiento. De esta forma el movimiento pro neutralidad empezó a mover sus fichas.

httpv://www.youtube.com/watch?v=Vd8qY6myrrE

A finales del mes de junio Barack Obama nombró al defensor de la Net neutrality, Julius Genachowski, como presidente de la Federal Communications Commission (Comisión Federal de Comunicaciones – FCC), el regulador de las telecomunicaciones en los Estados Unidos (Cambios en la FCC). Una vez cumplido este trámite, lo único que cabía era esperar cuando se anunciarían las medidas legislativas en favor de la Net Neutrality.

Hace poco más de un mes, el pasado 21 de septiembre para ser exactos, el flamante presidente de la FCC pronunció un discurso ante The Brookings Institution, en el que desvelaba su programa para «preservar una Internet libre y abierta: una plataforma para la innovación, la oportunidad y la prosperidad». La propuesta de Genachowski significa en la práctica el incremento de la regulación y de las obligaciones que soportan los operadores de red de telecomunicaciones. Específicamente se pretende incorporar al marco regulatorio seis nuevas obligaciones para los operadores de red. Estas obligaciones parten del proceso de incorporar dos nuevas recomendaciones a las cuatro ya existentes sobre la neutralidad de red (New Principles Preserve and Promote the Open and Interconnected Nature of Public Internet), vigentes desde agosto de 2005, y de elevar todas a rango de ley. No nos olvidemos que estas recomendaciones, únicamente constituían principios informadores de las políticas de la FCC.

Las dos obligaciones adicionales serían: (5) Principio de no discriminación: Los proveedores de acceso no pueden discriminar contra contenidos o aplicaciones concretas, siempre que sean legales; y, (6) Principio de transparencia: los operadores de red deben informar de los mecanismos que utilicen para gestionar el tráfico en la red.

Siguiendo esta línea, el 22 de octubre, la FCC ha iniciado una consulta pública (Nota de prensa) sobre el proyecto de reglamento para complementar los principios de apertura existente en Internet (Propuesta de regulación). Pero como a toda acción le sigue una reacción, de acuerdo con la Tercera Ley de Newton, ya se están presentando en el congreso de los Estados Unidos diversas iniciativas para limitar el papel regulador de la FCC sobre Internet (McCain introduces bill to block Net neutrality).

En diciembre del año pasado Cord Blonquist en openmarket.org profetizaba que el 2009 vería el apaciguamiento de las posiciones de quienes defendían la Net nutrality (¿Habrá una ley pro Net Neutrality en USA?). Parece que acertó, no tendremos ley pro neutralidad de la red este año, pero es más que probable que se apruebe el año que viene. Creo que la principal virtud de quienes propusieron regular sobre la neutralidad de la red, ha sido traer al tapete aspectos tan importantes como la gestión del tráfico, el financiamiento de la red, la censura y la necesidad -o no- de mantener la arquitectura original de Internet. No mucho más.

Los regulacionistas no vociferan la necesidad de la Net neutrality para proteger a Internet de una epidemia moderna, lo hacen para evitar que determinadas organizaciones puedan imponer una serie de restricciones consideradas ilegítimas -o por lo menos cuestionables- en un futuro. Aclarando, no lo han hecho pero se presume que podrían hacerlo. Es decir, reconocen la maldad intrínseca de los operadores de red y por lo tanto es necesario reprimir su capacidad para dañar a Internet. No creo que nos encontremos ante un argumento plausible.

Todos los casos reportados como amenazas al Internet libre (Medison River Communications o Comcast), fueron solucionados por las instancias competentes sin necesidad de echar mano a ningún nuevo ordenamiento (Comcast incumplió las políticas de la FCC, pero no será multada). No parece pues necesario desplegar todo un cuerpo legislativo para componer algo que no está malogrado.

Desarrollaremos estas ideas en entradas posteriores.

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Discruso de Julius Genachowski en el Brookings Institute