No a Keiko: ¿Libertad de empresa o censura?

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No a Keiko es un movimiento por Facebook destinado a agrupar a las personas en contra de la postulación de Keiko Fujimori a las  próximas elecciones presidenciales Sus creadores consideran peligroso para la vida democráctica del país que Keiko Fujimori salga elegida presidente el 2011 y que su discurso se base en la reivindicación de un genocida. Entre el 16 y el 25 de noviembre, sin embargo, la página fue bloqueada por Facebook, impidiéndole a sus administradores actualizarla. Si bien no se la retiró del todo, se podían dejar comentarios y aún albergaba el íntegro de su contenido, al impedirles actualizarla generó rápidamente una polémica en Internet. De acuerdo con Facebook, la página infringía las Términos del Servicio de la red social y que sus políticas le permitían retirar o bloquear la actividad en cualquier página que albergue contenidos que otras personas puedan encontrar fastidiosas o abusivas. ¿Se trata de una censura?

Declaración de derechos y responsabilidades de Facebook

Sección 3. Seguridad.
Hacemos todo lo posible para hacer que Facebook sea un sitio seguro, pero no podemos garantizarlo. Necesitamos tu ayuda para lograrlo, lo que implica los siguientes compromisos:
7. No publicarás contenido que resulte hiriente, intimidatorio, pornográfico o que contenga desnudos o violencia gráfica o injustificada.

Sección 5. Protección de los derechos de otras personas
Respetamos los derechos de otras personas y esperamos que tú hagas lo mismo.
1. No publicarás contenido ni realizarás ninguna acción en Facebook que infrinja o viole los derechos de otros o que viole la ley de algún modo.
2. Podemos retirar cualquier contenido o información que publiques en Facebook si consideramos que viola esta Declaración.

Sección 12. Disposiciones especiales aplicables a páginas.
1. Las páginas son perfiles especiales que se pueden utilizar exclusivamente para promocionar un negocio, u otras organizaciones o trabajos comerciales, políticos o benéficos (como organizaciones sin ánimo de lucro, campañas políticas y personajes famosos).

Este problema vuelve a poner en discusión los límites entre la libertad de empresa y la libertad de expresión. De un lado, los administradores de la página No a Keiko y los seguidores de la misma tienen derecho a estar en contra de a candidatura de Keiko y a intercambiar mensajes, fotos o artículos al respecto con la absoluta libertad que la Constitución les garantiza. Del otro lado, Facebook como cualquier otra empresa tiene derecho a definir sus políticas de negocio como mejor le parezca dentro de los límites de la ley y, en virtud de ello, retirar cualquier contenido que discrecionalmente consideren ofensivo o contrario a sus intereses. Si su interés es seguir atrayendo la mayor cantidad de usuarios, es lógico que tengan como política general el retiro discrecional de cualquier contenido que resulte potencialmente ofensivo. Sus usuarios, en su oportunidad, al inscribirse en su servicio de red social aceptaron sujetarse a los Términos y Condiciones del Servicio.

Ello no significa que la libertad de empresa siempre sea preferida sobre las libertades de expresión e información, ni viceversa. En muchas legislaciones, los canales de televisión, por ejemplo, están sujetos a ciertas reglas como cuotas de pantalla, restricciones sobre la nacionalidad de sus dueños, franjas de contenido obligatorio, deberes de veracidad, de prestación de servicios a la comunidad, etcétera. Se entiende que en tanto los canales de televisión explotan comercialmente un recurso natural (el espectro radioeléctrico) su actividad debe ejercerse en armonía con el interés general. Esta idea, sin embargo, les cae como bomba a los dueños de los canales quienes constantemente oponen su derecho irrestricto para definir su actividad comercial como mejor le parezca. Ese fue el caso de la discutida Franja Electoral –espacio electoral gratuito brindando a todos los candidatos presidenciales en todos los medios–, que finalmente vino de la mano con un descuento en el pago de canon por uso de espectro radioeléctrico a los canales y hasta un pago directo de la ONPE (ver Sentencia del Tribunal Constitucional recaída sobre el Expediente No. N.º 0003-2006-PI/TC).

Si el debate no está cerrado en el caso de canales de televisión, que explotan un recurso natural de dominio eminente del Estado, en el caso de una red social como Facebook el imponer obligaciones del tipo de las que subyacen a esta queja parece más difícil de sostener. ¿Resulta razonable que una red social, que no la única en el mercado, esté obligada a tolerar todo tipo de conductas y/o actividades si incluso algunas de ellas ofenden a sus usuarios? ¿Qué pasa si simplemente están en contra de sus tendencias políticas? En este caso, no queda claro si el contenido realmente era ofensivo. La misma Keiko Fujimori es usuaria del servicio, ¿la página la ofendía? ¿Se podría exigir un debido procedimiento para el takedown de contenidos? De la forma en la que está redactada la cláusula aplicable, todo hace pensar que es bastante discrecional el juicio de Facebook y que no hay recurso que valga. Finalmente, no hay una censura solo una negativa de prestación del servicio fundada en una cláusula de las Condiciones del mismo. Si no nos gusta, ahí está la competencia. Nos vemos en el democrático Cholotube.

Actualización (04/01/10): Los administradores de la página No a Keiko han publicado el día de hoy un comunicado en el que informan del cierre definitivo de la misma por parte de Facebook. Curiosamente, el cierre se produce en los días siguientes a hacerse pública la Sentecia de la Corte Suprema que confirma la condena de veinticinco años de prisión a Alberto Fujimori Fujimori.

Derechos digitales, algunas reflexiones…

Eduardo Villanueva con la lucidez de siempre publicó el pasado jueves un artículo muy interesante en su blog, mismo que recomiendo revisar, denominado «Derechos digitales: tal vez sea el momento» . En el artículo se inicia con un planteamiento muy interesante, mismo que cito a continuación: «Estamos en una etapa, globalmente hablando, muy peligrosa para el desarrollo de la vida digital. La presión desde los conglomerados de contenidos está haciendo que surgan iniciativas que pueden ser muy dañinas para nosotros, los ciudadanos que usamos la Red; estas iniciativas toman la forma de legislación agresiva en la escala nacional, o peor aún, tratados completamente opacos y aún más peligrosos en la escala multilateral. Para variar, en el Perú no tenemos política pública clara ante esto, ni mucho menos discusión pública sobre el tema. Si esperamos a que algún congresista se preocupe del tema, mejor nos mudamos a la isla de Sodor. Y si esperamos que algún organismo público se entretenga, lo más probablemente es que terminemos firmando lo que nos digan y legislando lo que sea necesario para armonizar con los tratados de libre comercio«.

En anteriores publicaciones hemos advertido que efectivamente, la respuesta del Derecho (o de los grupos de interés que promueven cambios normativos en aras de una mayor protección) frente al fenómeno digital ha sido la expedición de mayor regulación y de mayor enforcement o represión frente a la denominada «piratería digital». Los economistas nos explican que, los derechos de carácter monopólico generan efectos rentistas («rent seeking»), es decir, incentivos para prolongar el mantenimiento del privilegio legal. Al parecer ello ocurre con la propiedad intelectual, lo cual se puede apreciar con la histórica extensión de los plazos de protección del derecho de autor a lo largo del tiempo y más recientemente con la expedición de normas orientadas a brindar mayor protección a los titulares de derechos de autor en entornos digitales, entre las que destacan normas que reprimen a quien eluda el acceso autorizado a medidas de protección tecnológica sobre obras protegidas por derechos de autor y aquellas que buscan desconectar de la red a aquel internauta que sea detectado tres veces descargando contenidos protegidos por derechos de autor (three strikes law, cuyo debate es extenso en estos días en España y lo fue oportunamente en Francia cuando la norma entró en vigencia).

Nuestra posición ha sido expuesta en diversos foros en el sentido que la represión como fin en sí mismo y la estrategia de «lo que le pasó a él te puede pasar a ti» no es la mejor estrategia para enfrentar los retos de los nuevos entornos digitales, sobre todo porque los hábitos de consumo, el acceso y la portabilidad de contenidos no pueden seguir siendo medidos legalmente con la misma vara con la que se medían en tiempos analógicos, donde gran parte de las normas de derechos de autor a nivel mundial fueron concebidas y donde el negocio se basaba principalmente en el control de la copia. Hoy, gracias a la tecnología, consumimos contenidos hasta sin darnos cuenta. Por ello, es necesario entender la dinámica de la red en busca del tan deseado equilibrio entre protección y acceso. Hemos dicho también que el centro de este debate debería estar en el terreno comercial y no precisamente en el legal ya que es la industria quien debe adaptar su modelo de negocio a las nuevas necesidades del mercado y no al revés. De hecho hay muchas iniciativas sumamente creativas rondando por la red como ésta que siempre me gusta citar. Hay que aprovechar la gran  potencialidad de la red de manera inteligente, creativa y con responsabilidad.

Muy importante además es tomar en cuenta que el derecho de autor tiene una doble perspectiva. Por un lado se trata de otorgar protección a los autores y titulares de obras y por otro lado es necesario hacer posible el acceso a esas creacciones (en base a nuestra experiencia podemos decir que el enfoque respecto a la propiedad intelectual cambia notablemente cuando uno es usuario y luego se convierte en creador de contenidos o al revés). No nos encontramos frente a derechos de propiedad física sino frente a derechos con una protección distinta, exclusiva pero temporal donde el acceso a las creaciones es fundamental incluso para los propios creadores a quienes les interesa difundir su obra (¿de qué otra manera se beneficiarian económicamente?). Prueba de la importancia de dicho acceso se puede apreciar en el hecho que al vencer el plazo de protección otorgado por la ley, la obra pasa al denominado dominio público. Lo anterior no implica que bajo la bandera del proteccionismo más radical se limite el derecho de los usuarios  a acceder al conocimiento y la cultura mediante la expedición de normas irracionales y tampoco que, bajo la bandera del acceso a la cultura, se fomente la utilización no autorizada de obras por sus autores o titulares. Menos aún la promoción de la denominada piratería. El autor o titular de los derechos finalmente decidirá si guarda su creación en un cajón o si decide difundirla en Internet. Si se niega a esto último habrá que respetar dicha decisión. Por otro lado si consideramos que nuestros derechos de acceso como usuarios y consumidores de propiedad intelectual se encuentran limitados, promovamos cambios normativos pero no incurramos en conductas ilegales en forma de protesta (algo que es muy común en nuestro país).

Sobre este último punto Villanueva advierte algo más importante, el hecho que no exista en nuestro país debate alguno sobre el tema, lo cual es sumamente GRAVE.  Si la discusión se concentra sólo en un lado de la balanza el tema sencillamente no funcionará. En un contexto donde dos universidades de reconocido prestigio han abierto facultades para la enseñanza profesional de la música (ver aquí y aquí), donde existe un interesante proyecto de ley sobre mecenazgo cultural en el Congreso y hablamos de la creación de un Ministerio de Cultura, donde vemos un auspicioso crecimiento del consumo y creación de productos culturales y de entretenimiento peruanos y donde algunos se animan a señalar que nos encontramos en los pininos de la conformación de una industria peruana de base cultural, el debate y la discusión en torno a la propiedad intelectual y su traslado al campo de las políticas públicas son una necesidad. Hoy más que nunca necesitamos involucrarnos activamente en dicho proceso y sobre todo escuchar las voces que normalmente no se escuchan en este debate para luego no quejarnos del «copy-pasteo» de normas ajenas a nuestra realidad.

El mismo jueves en que Eduardo publicó el artículo bajo comentario, asistí a una charla organizada por la Cámara de Comercio Americana del Perú denominada «El Talento Peruano y la Propiedad Intelectual» bajo un formato que no habiamos tenido la oportunidad de apreciar anteriormente. En nuestra opinión, destacables los testimonios de los representantes de Dolphin Films y de Jaime Cuadra quienes contaron su exitosa experiencia pese a las diversas limitaciones que lamentablemente aún presenta el mercado peruano en términos del consumo legal de sus productos. El éxito no sólo se limita a nuestro país sino que en ambos casos ha trascendido nuestras fronteras, lo que demuestra por otro lado los beneficios de la propiedad intelectual como herramienta de desarrollo. Un tema interesante es que en un momento una persona del público precisamente preguntó sobre qué hacer con la piratería y como combatirla, sobre todo en el caso de Internet. Uno de  los expositores respondió: reprimir menos y concentrarnos en crear más propietarios de propiedad intelectual, quienes serán los mejores aliados para contribuir a su disminución.

Con esto quiero plantear algunos comentarios y dudas que pueden servir para prolongar el debate:

  • La aplicación de una política moderada de propiedad intelectual y, en concreto, de derechos de autor pueden ser factores de desarrollo de industrias muy prósperas que contribuyan al crecimiento económico del país constituyéndose en parte importante del PBI. En ese sentido, la propiedad intelectual como aliada de la innovación y la creación del conocimiento,  no es el «cuco» de los pueblos, muy por el contrario, es una herramienta de desarrollo fundamental.
  • Sin duda, puede convertirse en el «cuco» si no se aplica de manera razonable y se fundamenta únicamente en la represión y el enforcement sin tomar en cuenta la realidad tecnológica actual y el hecho de no tratarse únicamente de la protección del autor sino además de un tema de acceso a la cultura. Nos encontramos frente a un tema de EQUILIBRIO entre PROTECCIÓN y ACCESO donde la razón debe primar.
  • La piratería es a todas luces indeseable y condenable. Sin embargo, más que sólo reprimir y seguir expidiendo más y más regulación en un sólo sentido me inclino por proponer la búsqueda de modelos de negocios que permitan remunerar a los autores y creadores por la difusión y explotación de sus obras en la red. Quienes no lo deseen de ese modo podrán recurrir a mecanismos intermedios como los propuestos por licencias abiertas como, por ejemplo, Creative Commons. Finalmente debemos respetar la decisión del autor.
  • Desde hace varios años vengo leyendo sobre propuestas relacionadas con el establecimiento del cobro de tarifas planas que permitan al usuario hacer uso de contenidos por Internet. En algunas de dichas propuestas se indica que los llamados a cobrar por esta tarifa serían los prestadores de servicios de Internet (ISPs). Aunque dudo que dichas  entidades quieran involucrarse en esta tarea de cobranza, interesantes sinergias podrían coordinarse con las entidades del sistema de gestión colectiva. En todo caso someto a discusión esta interesante propuesta del EFF sobre licenciamiento colectivo voluntario de derechos de autor. En todo caso es fundamental en todo este proceso la transparencia de la entidad recaudadora.
  • Abrir el debate y promover la participación activa de todos los interesados en la materia (incluyendo a los creadores) y así evitar la mudanza a la Isla de Sodor.
  • Una pregunta abierta adicional, ¿cómo creamos más propietarios de propiedad intelectual? ¿que tenemos que hacer? ¿sería una solución razonable al problema?

No lo he hecho antes de manera expresa pero me parece necesario hacerlo esta vez y convocar a Marco Sifuentes, Roberto Bustamante, Techtulia, al equipo de Por Piedad Intelectual, a Henry Spencer (quien más de una vez ha mostrado mucho interés en el tema), a Santiago Alfaro, Enrique Bardales, al Cuy Tecnológico, al equipo de CC Peru, a mis compañeros de esta tribuna y a todos aquellos interesados en la materia a extender esta discusión en sus respectivas columnas. Es la única manera de abrir el debate de manera democrática y de iniciar esta participación activa que comentaba líneas atrás. Bienvenida la discusión, las coincidencias, discrepancias y todo lo que pueda contribuir a los fines antes mencionados.

Los hombres que no amaban a la prensa

Creo que te equivocas. No se trata de un loco asesino en serie que haya enloquecido de tanto leer la Biblia. Simplemente es uno más de esos cabrones que siempre han odiado a las mujeres. (Lisbeth Salander)

A principios del siglo pasado los diarios reinaban plácidamente en todo el orbe, engendraban guerras, cambiaban presidentes y tumbaban gabinetes. A falta de alguien que les hiciera competencia su influencia era imbatible. Esta primacía se mantuvo sin reto hasta que la radio empezó a transmitir noticias. Lo hizo la KDKA de Pittsburgh el 2 de noviembre de 1920. Y así comenzó la guerra entre la prensa, como se autotitulaban los diarios por aquél entonces, y los medios de comunicación electrónicos.

Como todo enfrentamiento, éste terminó con un pacto, un armisticio, un convenio, el llamado «Acuerdo de Baltimore» nombre del hotel de la ciudad de Nueva York donde en 1933 los patrones de radios y diarios estipularon que las emisoras de radio sólo transmitirían dos boletines de noticias al día de dos minutos cada uno. Durante estas raquíticas transmisiones podían hacer referencia a ningún hecho ocurrido dentro de las pasadas veinticuatro horas y debían terminar con la frase «Para más información, consulte su diario local«. Como era de esperar el acuerdo duró lo que los efectos del bourbon que los patrones tomaron ese día.

Agua ha corrido bajo el puente y hoy más que nunca Internet parece ser la amenaza más importante para los diarios escritos (Muere la prensa). No es la crisis económica, ni la competencia de diferentes y múltiples fuentes de información la supuesta causa de los males que aquejan a la prensa. Para algunos son los agregadores de noticias que odian a los diarios (Y el culpable es… !Google¡).

Philiph Meyer (The Vahishing Newspaper) señaló hace unos cinco años que las ventas de los diarios disminuían desde 1995 a un ritmo de 5 por ciento al año en los Estados Unidos y 3 por ciento en Europa. A este ritmo, advierte, en abril de 2040 se dejará de publicar el último diario. Es curioso pero muchas de las predicciones que se hicieron por aquella época han sucedido, para ello basta con echar un vistazo al documental Epic 2014.

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La prensa escrita como la conocimos no tiene ningún futuro y no es por culpa de los buscadores o agregadores de noticias, sino por la multitud de canales alternativos que tienen los internautas (cada vez más numerosos) para recabar información. Internet es reconocido por los consumidores no por las partes que lo conforman sino como un todo. De hecho la mayoría de las veces cuando se obtiene información de Internet se ignora cuál es la página fuente o se olvida rápidamente.

El hecho es gratuito, es consustancial e indesligable al paso del tiempo, viene de yapa con la cosecha y las estaciones. Los diarios recogen de esta montaña de hechos alguno relevante y lo convierten en información, noticia que sólo a partir de este momento tendrá valor económico. Pero este bien, apenas se publica o promociona se devalúa instantáneamente y se transforma en un bien público, no vale nada en términos económicos pues no es escaso, se reproduce en cientos, miles de sitios, a vista de todos por todas partes. Lo costoso en este proceso, no es publicar el hecho noticioso sino dominar la búsqueda de los hechos, informaciones u opiniones. Así los buscadores y agregadores se sitúan en la pirámide de la jerarquía de Internet, relegando a la prensa a la base junto con blogs, páginas personales, institucionales, sitios porno y toda una fauna de contenidos.

Dado el estado de las cosas algunos piensan que pueden domar a Internet y encauzarlo por caminos más civilizados. Para hacerlo no dudan en demandar o exigir más derechos de propiedad, sin embargo, hay quienes piensan que podrían solucionar estos inconvenientes con un poco de gasolina.

España se queda sin Google???

Esta es la cataclísmica predicción que podría hacerse en base a lo reportado el día de ayer por algunos medios españoles (GenBeta, Alt1040, Merodeando, El Blog Salmón, Periodistas 21, Netoratón, Público, Enrique Dans o El País) a raíz de la publicación del anteproyecto de Ley de Economía Sostenible mediante el cual se otorga a la “Comisión de Propiedad Intelectual” la facultad de bloquear páginas web que pudieran vulnerar derechos de propiedad intelectual. En ese sentido, llevando el caso al extremo, páginas como Google –que cuentan con infinidad de vínculos a archivos que infringen directamente los derechos de propiedad intelectual o links a páginas en donde se ofrece acceso a dichos archivos —podrían verse afectadas al cortarse sus accesos sin posibilidad de defensa y solo con la mera decisión de dicha comisión.

Felizmente el día de hoy me entero (gracias a mi amiga @techtulia) que la Ministra de Cultura ha tranquilizado a los internautas señalando que las preocupaciones existentes en relación a un mal uso o abuso de esta norma deben tenerse en cuenta y que «si hubiera derechos fundamentales implicados lo derivaría automáticamente a un juez, cumpliendo con la ley, como no puede ser menos». En la misma línea se pronunció el Ministro de Justicia señalando que “el cierre de páginas web que exploten los derechos de autor sin autorización deberá contar siempre con un control judicial, a la que la Comisión de Propiedad Intelectual tendrá que comunicar sus decisiones”.

Tan complicado se puso el asunto que el mismísimo presidente del gobierno español, Jose Luis Rodríguez Zapatero ha tenido que salir a calmar las aguas rechazado la posibilidad de que se vayan a cerrar páginas web o blogs sin respetar los derechos ciudadanos.

Habrá que estar atentos.