Estos días aparecieron un par de notas comentando la práctica de las Comisiones de Defensa del Consumidor de Indecopi de graduar el monto de los costos a reconocerse en sus procedimientos sancionadores. Sobre el punto, se señala en La Ley:
Al parecer Indecopi tendría un trato desigual al momento de reconocer los honorarios para los abogados en denuncias presentadas por consumidores u organizaciones de consumidores de quienes lo hacen en defensa de los intereses de una empresa. Nos relatan que para los primeros, el organismo gradúa el costo según los criterios de razonabilidad y proporcionalidad (ordenándose el pago, en no pocos casos, de cifras menores), mientras que en el segundo caso lo dejan a la ley de oferta y demanda. ¿Tiene alguna justificación este trato diferenciado? Nosotros no lo encontramos.
En el mismo sentido, Paul Castro del Consejo Nacional de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Perú señala otro caso en el que Indecopi decidió unilateralmente reducir el costo a reconocer como honorarios legales.
Tengo una sospecha de porqué Indecopi hace eso. Lo primero que tenemos que entender es que los procedimientos de defensa del consumidor no tienen una finalidad indeminizatoria. Lo que significa que lo máximo que puede conseguir un consumidor es que se sancione a la empresa que cometió la infracción y que se le devuelva lo pagado por el bien o servicio. Si lo que un consumidor busca es una indemnización, tiene que iniciar una demanda judicial por responsabilidad civil y esperar pacientemente los varios años que eso puede durar. Otra cosa que puede lograr el consumidor que demanda es que la empresa infractora le devuelva lo que gastó en llevar a cabo el procedimientos, como tasas administrativas y honorarios de abogados. Aquí está el problema.
Dado que no es posible conseguir una indemnización, sin importar lo grave que sea la infracción, en muchos casos se inflan los costos del abogado como una forma de conseguir más dinero de parte de la empresa. En principio, la empresa está obligada a pagar el monto que figure en el recibo por honorarios presentado por el denunciante. Este sistema bien intencionado viene siendo explotado consistentemente desde hace varios años por abogados y personas inescrupulosas.
El esquema es sencillo. Buscan cualquier infracción, por más pequeña o ridícula que sea, e inician un procedimiento. Por ejemplo, si fuiste a comprar a un supermercado y te cobraron 2.30 cuando en el catálogo decía que el producto costaba 2.10 ya tienes una denuncia. Por esos 0.20 céntimos presentas tu denuncia a Indecopi y adjuntas un recibo por honorarios donde señalas que tu abogado te cobró 800 soles por asesorarte. Obviamente, lo que te interesa es que te den los 800 soles que te repartes con tu abogado. Nadie en su sano juicio pagaría 800 soles a un abogado para que te ayude a recuperar 0.20 céntimos.
Cualquiera que revise con detalle expedientes recientes de protección al consumidor va a encontrar que incluso existe un estudio de abogados de poca monta «especialista» en este tipo de litigación. Claramente, estos esquemas son una carga para el Estado porque hacen que se ponga en marcha el sistema por casos cuya intervención tiene muy pocas consecuencias para los consumidores. Son una pérdida de tiempo y dinero para todos.
Con buen criterio, Indecopi debe de haber empezado a «corregir» este tipo de prácticas reduciendo el monto a pagar como costos por honorarios del abogado. De esa forma, reducen la expectativa de ganancia de los falsos afectados y desincentivan ese tipo de prácticas. ¿Por qué no lo hacen con las empresas? Supongo porque la posibilidad de que una empresa gaste tiempo y recursos en ser cómplice de un esquema de litigación maliciosa como esta es mínima.
Este es un problema actual y que es necesario corregir formalmente. No es posible que se permita que se saque un provecho ilícito a través del sistema de protección al consumidor. Lo más grave en estos casos es que el dinero que se obtiene en estos esquemas pasa a engrosar los bolsillos de los malos abogados que se prestan a esto. Frente a ello, establecer un sistema de tarifas fijas puede sonar a una intervención en la libertad de contratar pero parece ser una alternativa interesante. Sin duda, una discusión que merece la pena tener en sus reales términos.
El esquema y las conclusiones al que arriba el señor Miguel Morachimo, no existe, la tal practica no existe es un simple temor o preocupacion del autor, una preocupacion por los infractores, pues solo a aquellos se les puede sancionar con las costas y costos. Veamos el caso de multiplica por cinco en telefonia celular, un consumidor reclama en total por S/. 25.00, contratamos al señor Morachimo como abogado, cuanto nos va a cobrar por honorarios? sabemos que hay mas de 200 mil afectados (mas de 5 millones de beneficio por la practica comercial ilegal), el caso no se va a resolver sino despues de 8 años y hay que superar grandes contiendas legales.
Quien esta lucrando con las infracciones? estara dispuesto a trabajar por diez soles mensuales, tal como regula el INDECOPI?
Puede el INDECOPI regular el mercado? puede? Que el señor Morachino defienda diez casos a favor de los consumidores y luego de vivir esta experiencia, veamos si guarda la misma apreciacion y preocupacion.
Querido Miguel, siguiendo tu mismo ejemplo, el de los 20 céntimos, ¿por que el INDECOPI sí puede aplicar multas de 5, 10 o 15 UIT como se puede ver innumerables sanciones a supermercados, grifos y bancos por los mismos hechos?
Estamos de acuerdo, es posible encontrar casos en los que se abusa, pero de ahí a controlar los precios y tarifas ¿no hay un exceso? Si hoy se controla en base a «razonabilidad y proporcionalidad» los honorarios legales pagados por los consumidores, que impide a la autoridad aplicar el mismo criterio en otros mercados en los que también se pueden presentar abusos, por ejemplo, por que no controlar el precio de las medicinas o las tasas en sistema financiero o los honorarios legales pagados por las empresas (que según tu comentario, hoy se respetan).
En un estado de libre mercado, cualquier control de precios, tarifas y honorarios es inaceptable y debe ser rechazado.
Que hay abusos, los hay, pero la autoridad debe buscar otros mecanismos para detectar y corregir estos abusos.
Un reflexión final, como abogado de los proveedores, estos criterios resultan beneficiosos (se evita tener que demostrar la mala fe y el abuso en la fijación de honorarios, pues ésta se presume). Pero como consumidor… ya me imagino a una eminencia del derecho o abogados con amplia trayectoria aplicando el cobro de S/.100 mensuales (lo más probable es que ni siquiera sea su tarifa horaria). El mensaje recibido: que el consumidor limite su asesoría legal a quienes cobran menos, que el resto trabaje para los proveedores.
OJALA -que el autor de esta nota- cuando se termine su carrera siga con su romanticismo y quiera que se le pague S/. 10.00 mensual por su asesoría legal.
Hola:
Gracias por comentar. Escribí una ampliación a esto en otro post:
http://www.blawyer.org/2013/12/20/control-de-precios-y-costos-procesales/
Veamos. Estamos combatiendo al mensajero y no al autor del mensaje. Pongámonos en el escenario panteado: se produce una denuncia por S/. 0.20 ó S/. 25.00 y se presenta recibo por honorarios de asesoría legal por S/. 800.00. Esto, en caso de ser tendencia nociva, es, sin duda, una mala práctica. Sin embargo, INDECOPI, al sancionar al infractor, sólo se limita a la multa y al reconocimiento regulado de los costos legales. Yo me pregunto, basado en el certero análisis del señor Atoche: ¿Acaso INDECOPI desconoce que esos cobros (de los proveedores) no sólo afectan al consumidor denunciante? Acaso desconoce INDECOPI que estos cobros no constituyen una mala práctica? No solo es afectado el denunciante que logra la sanción, sino miles de clientes que sufren estos cobros indebidos, generando ganancias indecentes a las empresas infractoras. Entonces, ¿por qué INDECOPI, antes de llevar a cabo la «mala práctica» de regular los honorarios de los consumidores y liberar, discriminatoriamente los de las empresas, no dispone medidas correctivas contra los abusos de estas últimas? ¿Por qué no se acaba con los abusos que generan las denuncias? Parece ser que los reclamos y denuncias están también «regulados» por la «libre empresa», que permiten tantas «malas prácticas». Estamos inmersos en un debate, que, si bien es cierto es legítimo, también nos distrae del problema principal: Los abusos de los proveedores y la inmunidad de la que se benefician gracias a las regulaciones que propicia el ente rector de la protección al consumidor. INDECOPI tiene indicadores y mecanismos de monitoreo suficientes para acabar con las malas prácticas de los proveedores. Ya lo propusimos en el último encuentro del 2 de diciembre, ante las principales autoridades de INDECOPI, que ofrecieron que iban a tomar notas de nuestras propuestas. Estamos esperando…
BUENO, ALGO BREVE , CUANDO VERDDERAMENTE EL CLIENTE NO TIENE LA RAZÓN , Y INDECOPI SE LA DA , QUIEN SALVA A LA EMPRESA DE ESA MULTA , TIENE QUE PAGAR NOMAS PORQUE A INDECOPI SE LE ANTOJO MULTARLA,
RESULTA RIDÍCULO LO COMENTADO POR EL AUTOR AL SEÑALAR DENUNCIAS MALICIOSAS AQUELLAS QUE IMPLICAN UN MONTO INFERIOR COMO S/0.20 CENTIMOS, QUE APARENTEMENTE ES INSIGNIFICANTE PERO, QUE APLICADO EN GRANDES ESCALAS NO SOLO A UN CONSUMIDOR SINO A TODOS QUE ACCEDEN ADQUIRIR EL PRODUCTO O SERVICIO A UN PRECIO MAYOR A LO OFRECIDO IMPLICA UN MONTO CONSIDERABLE, PRODUCTO DE UNA PUBLICIDAD COMERCIAL ENGAÑOSA EN MUCHOS CASOS, NO OBSTANTE A ELLO SE RESALTA QUE LO QUE SE BUSCA ES EVITAR UNA ASIMETRIA INFORMATIVA, QUE PONE EN UNA SITUACION DE VULNERACION AL CONSUMIDOR, SIN IMPORTAR EL MONTO POR EL CUAL SE GENERA UNA DENUNCIA
Resulta también ridículo que en un país sin controles de precios y donde se puede poner el precio que el empresario estime conveniente con total libertad, los agentes económicos promocionen un precio, pero en realidad, vendan el producto unos céntimos más caro. No entiendo la lógica de tu comentario.
Este artículo carece de rigor científico y de método en su elaboración. El autor hace inferencias sin mencionar normas legales ni mucho menos realiza una argumentación con premisas, conclusiones y contenido. Pésimo. Como abogado especialista en esta materia no recomienda la lectura del presente. Saludos.
están preocupados por lo que pagaran las empresas pos costos, deberían estar preocupados por los consumidores son los diariamente son estafados por estas empresas con publicidad engañosa y malos productos esto sin dejar de mencionar la explotación de los trabajadores peruanos y nos estamos fijando en sumas ínfimas, al menos esto les enseñara a respetar los derechos del consumidor.
Bueno, me parece pésimo el comentario del autor, al minimizar un reclamo que tenga una suma ínfima (para el caso 20.00 centavos), dado que estas Empresas (supermercados), al timarnos miles de veces al dia con estos centavos, al mes hacen sumas ingentes, siacaso no millones. Es pésimo su análisis, y considero finalmente, que las denuncias no deberían irrogar gasto alguno al denunciante, como es el exigirle pagar una tasa.
Finalmente Sr. abogado, deberías de preocuparte por temas más importantes como por ejemplo la competencia territorial (discriminatoria y centralista) establecida por el D.Leg.1033 (a favor de Indecopi) y que el TC y los juzgados de instancia bienen aprobando, sin ningún sustento más que el formal; vulnerando de tal manera los derechos constitucionales de los ciudadanos.
Mi estimado aquí no hay abuso de derecho, lo que se trata es de hacerse respetar como consumidor, o creen por que lo que se discute es la cantidad de 0.20 centavos, el abogado no va a cobrar sus honorarios, mas aun el tiempo y engorroso que es el tramite a Indecopi. El denunciante lo único que busca es que se respeten sus derechos, es la única forma de evitar tantos atropellos. En mi caso Banco Fallabella, pretendió cobrarme una suma de 165.10 nuevos soles, que ni ellos mismos saben de donde salio, primero tras ir mas de 20 veces para reclamar por el abuso ( solo ahí en gastos de viajes me gaste cerca a mil soles – vivo en chaclacayo), luego tuve que denunciarles a Indecopi, por hacer respetar mis derechos como consumidor, pese a que los denuncie y sabían que había un proceso estos sinverguenzas informaron la presunta deuda a INFOCORP, lo que me motivo que pague la la presunta deuda (mediante el chantaje), por cuanto ya no era sujeta de credito, ahora después de varios años he ganado al banco Falabella. Ud. creería que estaría cometiendo abuso de derecho, cuando solo en perdida de tiempo pasajes costos y pago de abogado ya he gastado mas de cinco mil nuevos soles. Este proceso lo segui por una situación de dignidad como ser humano, no por la cantidad de dinero que como Ud. ve es mínima. conozco muchos casos de amigos que ante la amenaza de ser informado a Infocorp. han tenido que pagar deudas que no debian. Por cuanto es mas oneroso seguir un procedimiento ante INDECOPI. Vuelvo a repetir yo lo he hecho por dignidad. No pérmitamos tantos abusos ni saquemos la cara por empresas grandes, que abusan del consumidor.
Hola Miguel: Vaya que esto es exactamente lo que ahora me está pasando. Es el mismo caso que te comenté por email sobre la asociación cusqueña que denuncia a mi web por no contar con libro de reclamaciones. Ahora me pasa un recibo de honorarios por 2500 soles por lo que supuestamente le costó el abogado. Por lo que sé el único trabajo que tuvo fue enviarme una leguleyada escrita y un cd de un mal video grabado con su celular, de 3 páginas de un total de más de 5 mil que jamás visitó.
Veo que varios miembros de asociaciones de consumidores han saltado por este artículo, el tema está en que si bien tienen el pleno derecho a formar una asociación, tampoco es factible que esta se convierta en una fuente de ingresos, como ha sucedido en la práctica con alguna asociación. Una asociación a la que realmente le interese el bienestar de los consumidores, no se preocuparía tanto por este tema. ¿Sabían que pueden presentar una denuncia informativa, que no implica el pago de una tasa administrativa? ¿Sabían que el INDECOPI está obligado a iniciar una investigación y a responderles sobre dicha investigación? No hay necesidad entonces de contratar a un abogado, háganlo ustedes mismos, si no son abogados, en su tiempo libre redacten un escrito y ya INDECOPI se encargará. Si son abogados, como la mayoría, entonces le queda más fácil la labor, redacten ese escrito y esperen los resultados. Por eso, porque en la práctica se usa como una fuente de ingresos, algunas asociaciones de consumidores en el Perú han quedado deslegitimadas. Yo tengo una asociación y me dedico a difundir civismo, pero la diferencia con ustedes es que el dinero que aporto no me interesa recuperarlo. Para eso trabajo independientemente y en mi tiempo libre hago campaña por rescatar los valores cívicos: respetar las señales de tránsito, educar al peatón, etc.
Toda Empresa de Servicio y/o Consumo, siempre cuando un consumidor, denuncia una infracción en sus descargos siempre refieren que NO HAN COMETIDO INFRACCIÓN, ¿? por que NO HAY empresa SERIA y RESPONSABLE que reconozca su error, y apelan y apelan hasta llegar hasta las ultimas instancias, y cuando se esta en la etapa de LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS, estas empresa NO QUIEREN ACEPTAR , lo que el denunciante ha gastado en su Defensa como los Honorarios de los Abogados hablamos la suma de S/900, de primera INSTANCIA, con una duración de 3 meses, teniendo en cuenta que se ha Asesorado y redactado escrito, se ha realizado llamadas, Perdida de un Valioso tiempo durante el periodo del procedimiento, sin embargo SE REHUSAN a realizar el pago, PERO DECIMOS, estas Empresas si son buenos para realizar montos onerosos, cuando un Cliente se pasa el dia de la fecha de vencimiento que si sacamos numeros a nivel Nacional son MILES Y MILES DE SOLES, ESTO ES ASI. ALLI NO DICEN NADA, ellos si pueden cobrar excesivas Penalidades, Mora, ETC ETC.
Que pasa cuando le vacían las cuentas a una persona y le desgracian la vida a toda una familia.
Contratar a un abogado y pasar por largos meses en un agonía por falta de previsión de los bancos y algunos abogados que cierran el mercado para proteger a grandes grupos, solo malogran la defensa de un buen abogado que si bien ve algo pequeño o algo catastrófico esta en todo su derecho la denuncia y la retribución económica para que se incremente la mejora de los derechos del consumidor.
Si bien el abogado le limitan su derecho a cobrar sus honorarios, también limitan a a los consumidores a tener abogados tranquilos en encomia y los cuales se puedan desarrollar para un buen ejercicio.
Si se quiere hacer este enunciado de malicioso, es es para nada beneficioso para los abogados que trabajan para los consumidores, se les ataca frontalmente a sus derechos y es solo un llamado para victimizar a varias empresas que estudian muy bien el mercada para ganar mas dinero, siendo que ageno los consumidores no disponen tiempo para estudios por sus labores diarias y operativas.
El hecho solo se ve cuando afecta seriamente a los usuarios.
Este hecho debe ser bien visto para la mejora de todos los usuarios o consumidores, para la mejora de un País.