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Mátenlos a todos, Dios sabrá reconocer a los suyos…

En el año 1209, durante la denominada «Cruzada Albigense», al ver los soldados que la población de Beziers (incluyendo miles de católicos) protegía a los cátaros que guiaban su vida espiritual y que todos los habitantes de la ciudad estaban dispuestos a morir con ellos consultaron a los representantes del Papa acerca de cómo realizar el ataque a los «herejes» sin afectar a la población católica. La respuesta que recibieron fue la que nos da el título en esta ocasión y procedieron a cumplirla matando a cerca de 7 mil personas en un evento que hasta hoy es recordado. Esta frase atribuida al Papa Inocencio III en la toma de Beziers puede ser muy bien aplicable a lo que estamos viendo respecto a la ley que pretende bloquear el acceso a la pornografía en Internet. Este último viernes se llevó la Audiencia Pública organizada por la Comisión de Constitución del Congreso para discutir el Proyecto de Ley Sobre la Protección al Menor de Contenido Pornográfico presentado hace un tiempo por el Congresista Omar Chehade. Me sorprendió mucho constatar que dentro del público -y en pleno siglo XXI–hubieran personas que consideraban defendible que el Estado constituya una comisión encargada de monitorear y filtrar los contenidos que, según el criterio de sus miembros, pudieran afectar el pudor o considerarse obscenos. Algunos participantes se animaron, inclusive, a pedir mayor regulación de los medios de comunicación, de los contenidos de televisión, de dictar sanciones para los diarios y revistas que incluyen fotos «subidas de tono» e inclusive controlar el contenido de los espectáculos públicos. Si bien es cierto que la protección de la niñez pudiera ser un argumento que convenza a algunos; en estas líneas queríamos compartir con ustedes algunas impresiones respecto a la inconveniencia (y posible inconstitucionalidad) de este proyecto. Para hacerlo sencillo, el proyecto de ley en cuestión postula que los niños se encuentran en riesgo de sufrir una afectación en su desarrollo intelectual, moral, sicológico o espiritual porque en Internet existe mucha pornografía. Los defensores de este proyecto de ley consideran que para proteger a los menores no es suficiente la capacidad de discreción de los padres para cuidar a sus hijos ni el hecho de que existan leyes que ya protegen a los menores, por ejemplo, obligando a las cabinas de Internet a instalar filtros de contenido violento o pornográfico o sancionando con cárcel los delitos de grooming o pornografía infantil. Los defensores del proyecto consideran que es necesario crear una comisión de notables que determinen, según sus propios estándares, que contenidos afectan el pudor o pueden considerarse obscenos para ordenar su inmediato bloqueo y así impedir el acceso de los peruanos (incluidos los adultos) a dicho contenido. Como hombre libre y de buenas costumbres no puedo menos que estar de acuerdo con cualquier persona que quiera proteger a los menores de edad; pero, en este caso, considero que el mecanismo de protección propuesto termina siendo excesivo en una sociedad democrática al pretender reemplazar la racionalidad de los padres de familia por la omnisciencia de algunos funcionarios del Estado que bloquearán contenidos a discreción. Independientemente de los cuestionamientos antes mencionados, a continuación detallo algunas de mis preocupaciones legales y técnicas respecto a esta norma:

  1. Como todas las normas en las que el Estado pretende reemplazar el criterio de los ciudadanos, en la norma bajo comentario encontramos falta de claridad de la definición de pudor u obscenidad y, lo que es peor, que dicha definición se dejará en manos de un grupo de funcionarios que decidirán que contenidos pueden ser vistos por los adultos.
  2. Se propone que los miembros de la comisión monitoreen internet para determinar que contenidos deben ser bloqueados sin tener en cuenta que, de acuerdo a cálculos conservadores, actualmente existen alrededor de 2 mil millones de páginas web y que cada año se crean cerca de 51 millones de páginas. No puedo imaginar cuanto se demorarán en terminar el monitoreo…
  3. Se propone monitorear los correos electrónicos, los foros y las herramientas de chat sin contar con una orden judicial, tal como ordena el ordenamiento jurídico peruano, atentando contra el secreto de las telecomunicaciones consagrado en nuestra constitución.
  4. No queda claro si el bloqueo será a nivel de URL o de dominio. Si fuera lo primero, la norma enfrentaría graves impedimentos técnicos y, si fuera lo segundo, los usuarios enfrentaríamos graves problemas de acceso a dominios que no necesariamente afectan el pudor. Piensen por ejemplo en que los miembros de la comisión decidan bloquear YouTube, Tumblr, Twitter o Wikipedia por haber encontrado alguna página dentro de ese dominio con alguna imagen o comentario que afecte el pudor (lo cual como sabemos es más que probable).
  5. Se desconoce el derecho de los padres de educar a sus hijos y la responsabilidad que tienen de protegerlos mediante todos los mecanismos a su alcance para evitar su acceso a influencias que puedan afectarlos. Por el contrario, se pretende reemplazar a los padres en esta labor y poner en su lugar a un grupo de funcionarios del Estado.
  6. La norma establece que los adultos que quieran tener acceso a una página bloqueada por la comisión deberán presentar una solicitud para que se les habilite el acceso a contenido pornográfico atentando con ello contra su privacidad.
  7. Se establece que la antes mencionada comisión, además de determinar los contenidos obscenos, será la encargada de determinar que filtros y dispositivos tendrán que usar las empresas proveedoras de servicios de Internet atentando con ello contra la neutralidad tecnológica que debe primar en cada decisión del Estado.
  8. La norma no toma en cuenta que las IPs asignadas a cada usuario del servicio de Internet es de carácter dinámico, es decir, varía cada vez que nos conectamos a la red. Siendo ello así, la obligación de eliminar el bloqueo de alguna página para una persona en específico resulta, por decir lo menos, altamente improbable de aplicar.
  9. Bajo el pretexto de la protección al menor se puede terminar censurando alguna página política o periodística que no sea de agrado del régimen de turno. En efecto, es muy fácil que la comisión descubra contenido que afecte el pudor en cualquier servidor; aún sin que el dueño del medio no tenga idea de que el mismo se encuentra alojado en su dominio.
  10. En algunos países del mundo se han aprobado normas de este tipo y sólo han tenido éxito en países con pocas credenciales democráticas (Cuba, Iran o China) mientras que han sido declaradas inconstitucionales como en los Estados Unidos.

Como vemos, al igual que el Papa Inocencio III en Beziers, nuestros legisladores con el pretexto de proteger a los menores están proponiendo una norma que busca bloquear contenidos obscenos no solo a los menores de edad sino a todos los peruanos indiscriminadamente. Consideramos que el objetivo propuesto (proteger a los niños) puede ser logrado con bloqueos de contenido a nivel de computadoras personales, en lugar de colocar filtros a nivel nacional, lo cual puede ser muy simple y de fácil aplicación sin necesidad de afectar al resto de usuarios de Internet que son adultos capaces de tomar sus propias decisiones. En el mercado existen aplicaciones para control parental tanto a nivel de sistema operativo como a nivel de software instalable. Por otro lado, creemos que el mismo objetivo puede ser logrado brindando mayor educación a los niños y a sus padres no solo sobre temas de sexualidad sino, y sobre todo, sobre aspectos de control parental desde el punto de vista tecnológico a nivel usuario. Finalmente, los dejo con una frase pronunciada en el evento del viernes: «En lugar de regalarles laptops o tabletas a sus hijos; regálenles tiempo«. Entrada publicada originalmente en el blog Cyberlaw del diario Gestión (aquí).

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Comentario

  1. Creo que la censura existe ya, y de maneras sutiles, solapadas.Tengo un blog feminismocuestionado.blogspot.com, con el artículo «women and children first, right to life, gender and discrimination»; en el cual planteo que el feminismo moderno es una fuerza ideológica clave, y bastante distorsionante, para reforzar el predominio «ético» de Occidente.
    Los primeros días recibí 20 o 30 visitas diarias, dos semanas después: cero; cambio abrupto, que , me parece,puede deberse a algún tipo de entorpecimiento o manipulación, en la búsqueda en internet; hay sitios «no deseados» o poco deseados, a los que , probablemente, se somete a algún tipo de » marcación» en los buscadores, a fin de hacerlos inaccesibles.

  2. Lo de Revoredo ya fue, que le vaya bien, lo que si como curiosidad paneorsl, que tanto mas podria ganar en Olimpia? porque siempre pense que en Paraguay pagaban menos que ace1, en fin, es solo una pregunta no es que le reproche algo a el, si queria podia regresar a las gallinas a jugar sin cobrar, tal y como hace el Chino Ximenez.Yo creo que de todas maneras vamos a necesitar un reemplazo para el, recordemos que el af1o pasado Rivera vino para la tercera fecha me parece (para el partido con los cagones), asi que a esa altura del campeonato en el mercado todaveda podria haber alguien bueno para ese puestoUNA VIDA PARA ALENTARTELA ETERNIDAD PARA AMARTE (S.C)