Antonio Rodriguez Lobatón

Abogado por la Universidad de Lima. Cursos completos en la Maestría de Derecho y Economía de la Regulación de Servicios Públicos de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Profesor de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas y la Pontificia Universidad Católica del Perú. Miembro investigador del Instituto Riva Agüero. Especialista en derecho de telecomunicaciones, competencia y regulación de servicios públicos.

Separación funcional de Telecom Italia

Este último 11 de diciembre el regulador italiano de las telecomunicaciones, AGCOM (Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni – Autoridad para la Garantía de las Comunicaciones), anunció un paquete de medidas conducentes a que el operador dominante de la telefonía fija, Telecom Italia, desagregue en dos unidades de negocio su red troncal y los accesos mayoristas de los accesos locales. De esta forma se pone fin a una larga disputa entre la compañía de teléfonos y el regulador italiano, que de no haber tomado la iniciativa Telecom Italia, habría terminado irremediablemente con la desagregación de las actividades mayorista y minorista de la empresa, sólo que impuesta manu militare. 

Open Access di Telecom (Open Access), será la nueva división encargada de de gestionar de forma independientela la red de Telecom Italia. El objetivo de esta iniciativa es garantizar en igualdad de condiciones el acceso a la red mayorista por parte de los competidores de Telecom Italia. Esta medida empezará a materializarse a partir del próximo 1 de enero. 

Algunos analistas ven en la decisión del Grupo, una forma para liderar el proceso antes que entregárselo al regulador, también un mecanismo con el cual financiar su nueva red de alta velocidad valorizada en unos 6.500 millones de euros para los próximos diez años y finalmente, con la cual exigir a AGCOM que disminuya la presión regulatoria en la comercialización.

Si bien este modelo como un mecanismo para evitar prácticas anticompetitivas ha generado importantes debates desde hace muchos años, recién se llevó a la práctica cuando en el mercado británico se separaron las redes minorista y mayorista de British Telecom en el 2005. OpenReach, es la encargada de controlar y operar las fibras, los hilos de cobre y otros recursos no electrónicos de la red de acceso, lo que ha venido a llamarse la primera milla (Brochure corporativo). Para asegurar la transparencia del proceso se han establecido una serie de procesos del tipo muralla china entre Openreach y el resto de las operaciones y sistemas del Grupo British Telecom. Esta unidad está supervisada por un «Consejo de Igualdad de Acceso» con directores independientes. Modelos similares se vienen discutiendo en Australia (Telstra), Nueva Zelanda (TNZ), Suecia (Telia Sonera) y Singapur (SingTel). Nótese que salvo los casos sueco e italiano -en Italia todo es particular- el efecto contagio viene afectando principalmente a países de la esfera de la Commonwealth, donde la influencia británica es más que evidente.

¿Son necesarias estas medidas? Particularmente creemos que mientras los beneficios de la separación estructural son cuestionables, los costos de esta decisión son más que evidentes. Una serie de investigaciones para el caso británico señalan que la medida sigue siendo cuestionable en la medida que muchos de los éxitos alcanzados se habrían producido a través de remedios regulatorios.

Sin embargo, los inconvenientes de la separación funcional son más claros. Como se sabe es una tendencia en el mundo desarrollado sustituir del cobre por redes de banda ancha como el Fiber to Home (FTH). De tal suerte que los operadores no invierten en una red de fibra hasta que identifican las zonas donde la inversión es rentable. Si la operación está desintegrada se quiebra la coordinación entre la inversión y las necesidades de comercialización. En este escenario las opciones para invertir no parecen las más aconsejables, para qué hacerlo si se tiene una red explotada monopólicamente que no puede ser retada.

Por otro lado, la separación parte por entender a la red como un ente estático, lo cual no es cierto. Como se sabe los avances tecnológicos son capaces de modificar el mercado en un breve período de tiempo, sin embargo una estructura de esta naturaleza puede constituirse en un límite para el desarrollo de nuevas plataformas que reten a la existente. 

Finalmente, esta medida parece más destinada a asegurar la existencia misma del regulador antes que destinada a fomentar la competencia. Al privatizar los servicios de telecomunicaciones, se pensó que después de un determinado lapso de tiempo con la introducción de cada vez más competencia en los diferentes mercados éstos se irían liberalizando progresivamente. Por el contrario la separación estructural como reta este concepto, pues al existir un sólo operador monopólico de la primera milla, siempre será necesaria la existencia de un regulador que lo supervise.

Cabe recordar que en la reciente reunión de ministros de telecomunicaciones de la Unión Europea (Reguladores y cambio tecnológico y Unión Europea regula SMS) uno de los temas de agenda fue la posible separación funcional de la red de los operadores de telecomunicaciones, al final se acordó que las autoridades regulatorias podían aplicar esta decisión sólo como una «medida extraordinaria».

Wi-Fi, las Administraciones Públicas y la CMT

Con ocasión de las consultas que presentaran los municipios españoles de Motril y Avilés a la CMT (Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones), el blog del regulador español ha publicado un extenso post (Wifi, muniWifi, Wifi gratis, Wifi local… y la CMT) donde analiza la problemática relacionada con el hecho que los municipios puedan ofrecer servicios de Wi-Fi. Sana envidia no sólo por el blog, sino también por el hecho de publicar en su web las Resoluciones del Consejo de la CMT, cosa que hacía Osiptel hasta que descubrió que la transparencia perjudicaba su labor y dejó de hacerlo (La trasparencia en los actos de Osiptel, ¡Media vuelta y avancen!).

De acuerdo con el blog de la CMT, cualquier Administración Pública puede intervenir en el mercado y explotar redes o prestar servicios de comunicaciones electrónicas, al igual que lo hacen los operadores privados. Para ello, las Administraciones Públicas (AAPP) tienen que cumplir determinados requisitos. Los más básicos: inscripción en el registro de la CMT (notificación fehaciente); separación de cuentas con arreglo a los principios de neutralidad, transparencia y no discriminación; respetar las reglas de la libre competencia y atenerse a las condiciones especiales que la CMT les pueda fijar para garantizar que no se distorsiona la competencia.

Con relación al hecho de brindar acceso Wi-Fi gratuito, se señala que la CMT ha reiterado en numerosas ocasiones que esta situación podría, producir distorsiones a la libre competencia. Es decir, si un Municipio instala una red Wi-Fi en una zona en la que los operadores privados han realizado inversiones y ofrecen servicio, y presenta una oferta a precio de cero o por debajo de los precios de mercado, sufragando esa red vía impuestos, parece evidente que no se están respetando las reglas del libre mercado. Esto no significa que un Ayuntamiento nunca pueda ofrecer gratuitamente estos servicios. Cuando un Ayuntamiento apueste por la gratuidad del servicio deberá: comunicárselo previamente a la CMT; explicar durante cuánto tiempo tiene intención de hacerlo y someterse a las condiciones que la CMT le pueda imponer.

La participación de las AAPP en la prestación de servicios públicos es un tema de particular relevancia en la actualidad y la forma en la ésta participación se materializa está generando un intenso debate. En anteriores posts hemos destacado algunas de estas discusiones (Banda ancha y propiedad, El Estado está de regreso, Monticello, de la escasez a la abundancia, !Chim Pum¡ Internet).

En el caso del Perú esta discusión recién empieza, les mantendremos informados.

Reguladores y cambio tecnológico

Hace unas semanas los países de la Unión Europea (UE) llegaron a un acuerdo para reformar su sector de las telecomunicaciones. Este paquete busca armonizar las prácticas regulatorias de los Estados miembros y fomentar la competencia.

Sobre este tema ya escribimos recientemente un post (Unión Europea regula SMS), en particular con relación a la nueva regulación del roaming en el mercado del servicio de mensajes móviles (Short Message Service – SMS). Pero la reforma es mucho más profunda y ya habrá tiempo para escribir sobre ella. 

Con ocasión de la aprobación de dicha dicha reforma – anunciada el 27 de noviembre del mes pasado-, Dean Bubley de Disruptive Wireless ha realizado algunas notas (EU intervention in mobile – a double-edged sword) que me parecen de lo más oportunas y que no se aplican solamente a la reforma que impulsa la comisaria Viviane Reding, sino también a las iniciativas y tentaciones que suelen tener la mayoría de los organismos reguladores. Nos encontramos también ante una crítica razonable al propio Estado, que entiende muchas veces que la inventiva y el desarrollo se pueden implementar de espaldas al mercado, cuando lo cierto es que las más de las veces los esfuerzos privados progresan a pesar del propio Estado.

Para Bubley, muchas de las decisiones gubernamentales sobre cuál es la tecnología más conveniente o los intentos por armonizar las legislaciones de la UE se sustentan en posiciones pasadas de moda. El llamado «paquete de telecomunicaciones» incluye muchas demandas onerosas, y, autoritarias. Pero, afortunadamente, el Consejo de Ministros de Telecomunicaciones de la UE ha descartado algunos de los más ridículos aspectos de la propuesta, incluyendo la sugerencia de crear un regulador centralizado europeo y la política de espectro.

En particular, debe tenerse en cuenta que nos encontramos en el cambio de un modelo verticalmente integrado y centrado en la industria de las telecomunicaciones vocales a un modelo de capas, datos/Internet, íntimamente ligado con las tecnologías de la información y la industria del entretenimiento. De esta forma los intentos para imponer requisitos legales en las capas tecnológicas puede introducir sobrecostos, retrasos y fallas de mercado. Como ejemplo, señala la intervención en el mercado de televisión móvil, donde la insistencia en el formato DVB-H contradice la política de «neutralidad tecnológica».

Los últimos esfuerzos de la Comisión para entrometerse en el mercado se sitúan en torno a la armonización de la política del espectro radioeléctrico. Si bien es un objetivo que podría ayudar a crear economías de escala a los proveedores, desconoce que cada mercado europeo es muy diferente, dadas las distintas preferencias tecnológicas, la psicología del cliente y las políticas de Estado. La creación de una autoridad centralizada con sede en Bruselas que pueda vetar algunas regulaciones nacionales, es un anatema para la mayoría de los observadores.

Para Bubley algunas de las ideas en torno a la «net neutrality» parecen bastante cuestionables, teniendo en cuenta el surgimiento de innovadores modelos de negocio en los mercados más competitivos. No hay nada de malo en la no neutralalidad si los modelos permiten cambiar de proveedor. Por tanto, la legislación sobre apertura y transparencia de la no-neutralidad sería bienvenida, lo que es una distinción muy importante -estamos de acuerdo-.

La Comisión Europea y Viviane Reding en general, deben limitarse a atender aquellas cuestiones que limitan la protección de los consumidores y la competencia. En este contexto, la reciente declaración de la comisaria Reding es otra garantía de fracaso: «Debemos asegurarnos de que la Web 3.0 se realize y utilice en Europa«. Para Bubley, es la declaración más megalómana que ha escuchado de un burócrata en largo tiempo, y es casi una segura garantía de que no se va a producir. El único paso que Europa tiene que tomar para responder a la próxima ola de la revolución de la información es salir del camino, y dejar la innovación a los innovadores.

Berlusconi quiere regular Internet

Leyendo la prensa de hoy nos encontramos con la noticia (adn, la Repubblica y abc) que el Primer Ministro italiano, en una visita al parque tecnológico de Roma de la empresa de correos Poste Italiane, habría adelantado su intención incluir en la próxima cumbre del G8 una propuesta para establecer una regulación internacional de Internet.

Berlusconi plantea llevar a la cumbre, que tendrá lugar en la isla italiana de la Magdalena el próximo mes de julio de 2009, la idea de «reglamentar el sistema de internet en el mundo. A internet le hace falta una reglamentación«.

La regulación de Internet es un tópico sobre el que se han escrito un número inemnso de documentos por los más variopintos ponentes. Allí tenemos a Lessig y su Código y Perry Barlow y su famosa declaración de independencia del ciberespacio. Pero más allá de que en los inicios de la Red se anunciara lo dificil e imprevisible que sería su legislación, lo cierto es que nos encontramos ante un ecosistema bastante regulado.

Haciendo un recuento, tenemos normas específicas contra la piratería de música y software, que prohíben la apropiación de dominios, penas elevadas para el fraude cibernético y los delitos Informáticos, límites a la publicidad en Internet en especial contra el spam, normas que regulan el comercio electrónico, sentencias que modelan el despido de trabajadores por uso de elementos informáticos en el centro de trabajo (Internet y correo electrónico), también existe legislación para proteger la intimidad y los datos personales. Como normas emblemáticas tenemos a la española la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), la Directiva sobre Comercio Electrónico de la Unión Europea, la Anticybersquatting Consumer Protection Act (ACPA), la alucinante USA Patriot Act, la Digital Millennium Copyright Act (DMCA), tambièn la Children’s Online Privacy Protection Act (COPPA) o la fallida Child Online Protection Act (COPA). La lista es enorme.

Es curioso, pero hace sólo unos meses Berlusconi reconocía abiertamente que Internet era un medio que no conocía. Parece que en pocos meses la situación ha cambiado. Habrá que ver la propuesta, pero poco crédito tiene el magnate italiano, si tomamos nota que hace unos días (El País) su Gobierno subió el IVA a los clientes de la televisión paga y a los canales que emiten por Internet. Nótese que las empresas de Berlusconi compiten directamente con estos medios. Como decía el Mariscal Óscar R. Benavides, militar peruano que llegó a ser presidente (1914-1915 / 1933-1939), «para mis amigos todo, para mis enemigos la ley«.

Unión Europea regula SMS

El día 27 del mes pasado la Unión Europea (UE) aprobó una reducción de las tarifas para el roaming de los mensajes móviles (Short Message Service – SMS) y la descarga de datos desde otro país (CMT, La Vanguardia y Finanzas).

Los ministros de Telecomunicaciones respaldaron la propuesta de la Comisión Europea de rebajar los precios del roaming de los SMS enviados desde el extranjero de una media de 0,29 euros a un tope de 0,11 euros para la tarifa minorista; y, por descarga de datos, 1 euro por megabyte. Asimismo, aprobaron que las llamadas realizadas y recibidas en otro país se facturarán por segundo, a partir del medio minuto de recibidas.

España y la República Checa se mostraron contrarios a la propuesta. Francisco Ros, secretario de Estado español de Telecomunicaciones, consideró que los países no son homogéneos ni en orografía ni en densidad, por lo que los costos de sus redes son distintos y no se puede imponer el mismo límite de precios en todos los casos.

De acuerdo con los analistas, la Eurocámara se pronunciará a favor del texto aprobado en primera lectura en el 2009, de tal forma que la nueva legislación (tendrá una duración de tres años) entraría en vigor el 1 de julio de 2009.

¿Es siempre una rebaja de tarifas motivo de alegría? Depende. Si pensamos como consumidores, no cabe duda que pagar menos es una noticia recibida con agrado, y más aún si tenemos en cuenta el periodo recesivo por el que atraviesan algunas de las economías más importantes de Europa. Sin embargo, cuando las rebajas son utilizadas para beneficiar artificialmente a algunos operadores (tratándose de tarifas mayoristas) o para satisfacer gritos populistas (en el caso de las tarifas minoristas), el resultado no suele ser alentador pues genera como consecuencia una desaceleración en las inversiones.

Recordamos algunas de las críticas que realizara Enter (Nota Enter No 52) en abril del 2007 con ocasión de la aprobación por la Unión Europea de las tarifas de roaming para las comunicaciones de voz. De acuerdo con Enter, cada país tiene un régimen propio para la concesión de licencias y uso del espacio radioeléctrico. De igual forma, las tasas por el uso de estas licencias son diferentes. Tampoco son iguales las reglas de funcionamiento y la regulación. Las diferencias entre aquellos países receptores (España, Italia, Francia) de grandes contingentes de itinerantes, con la necesidad de provisionar recursos de red adicionales para atender a esta demanda estacional, son aspectos que no han sido considerados.

En principio, las operadoras tienen libertad para negociar acuerdos de acceso sobre sus redes. La interoperabilidad entre las distintas redes tiene costos estructurales y los ingresos por roaming deben repartirse entre tantos operadores como redes hayan cursado la comunicación. El precio final al cliente incluye tanto una retribución -libre- por el uso de la red propia y lo que se haya pactado, de igual, forma con el operador extranjero por el uso de su red.

La cuestión, radica en determinar hasta qué punto los márgenes resultantes excedían a lo que pudiera considerarse razonable y cómo es que las autoridades de Bruselas se muestran más competentes para determinar la tarifa de roaming que las propias fuerzas del mercado.

Banda ancha y propiedad

«La banda ancha se ha convertido como la maternidad y la torta de manzana; nadie está en contra de que le den más«. La frase es de Robert Atkinson y está citada en un reciente paper de Tim Wu y Derek Slater (Homes with Tails, What if you Could Own your Internet Connection?), donde desarrollan un nuevo mecanismo para incentivar el acceso de banda ancha en los hogares. El problema es cómo obtener un mayor ancho de banda agregado nacional, sin utilizar dinero público o destruir los incentivos privados para desplegarla.

Existen básicamente tres enfoques para el despliegue de banda ancha en el mundo. El de Corea y Japón, con incentivos fiscales e inversión pública para el despliegue de fibra, principalmente por parte de empresas nacionales de telecomunicaciones, como Korea Telecom o NTT. En Europa, se permite el acceso a las instalaciones del titular de la red de transporte, con la esperanza que el mercado estimule la demanda de banda ancha. En Estados Unidos se ha reducido al mínimo la participación del gobierno.

Wu y Slater proponen otro enfoque: que los hogares inviertan en fibra a partir de lo que han llamado «Homes with Tails» (casas con cola). Los usuarios adquieren las conexiones de fibra hasta sus hogares y podrán conectarse a una gran variedad de servicios como: Internet, televisión, telefonía, así como ultra-ancho de banda para futuros servicios. 

Los aspectos más importantes de este enfoque incluyen:

1. Un régimen de «condominio» en la titularidad de la fibra, donde se venden conexiones de fibra individuales a los consumidores y el mantenimiento se gestiona conjuntamente,

2. Las empresas privadas y los municipios podrían considerar la venta de conexiones de fibra sobre este modelo, y

3. Los gobiernos podrían utilizar diversos mecanismos para apoyar la compra de fibra por los usuarios, incluyendo un crédito fiscal a los que adquieren una conexión de banda ancha.

En este modelo, un cable de fibra óptica se convierte en la cola del hogar y pasa a formar parte de la casa como un accesorio. Pero un cable troncal, debe atravesar todo un barrio con el fin de servir a muchos hogares. La fibra requiere una estructura de propiedad, tanto individual como colectiva. El régimen de propiedad en este modelo es un condominio. Cada usuario sería titular de su propia línea, pero con relación a la red troncal que atraviesa el barrio sería una propiedad colectiva. Después de instalada la fibra, la comunidad debe suscribir un contrato con una sociedad de gestión para su mantenimiento. 

Para demostrar la viabilidad de la propuesta citan el experimento de 400 casas que está siendo probado en el centro de Ottawa, donde se ha desplegado una red troncal y puntos para la distribución de las conexiones domiciliarias. La venta de fibra parte de una iniciativa entre una empresa de construcción y revendedores de electricidad.

Videojuegos y piratería

Asteroids, Defender, Donkey Kong, Pac-Man, Parachute y Space Invaders, de los que recuerdo, fueron algunos de los juegos más populares de los ochenta. Las consolas utilizadas Sega y Nintendo y la más popular de todas Atari. Como ocurre regularmente en este tipo de industrias, la forma como las empresas obtienen la mayor parte de sus ingresos no es con la venta de consolas sino con los videojuegos. Como los videojuegos eran caros, la opción de intercambiarlos con algún amigo del colegio o del barrio era una opción natural: – Te doy Asteroides y me das Space Invaders. Pero, los juegos no tenían el mismo valor y era posible que ante semejante propuesta se escuchara por respuesta: – No, Space Invaders vale tanto como Asteroides y Pole Position. Era un intercambio justo. Después, el chino de la esquina se enteró de cómo iba la cosa y rápidamente se agenció de algunos videojuegos para la sección tecnológica de su tienda, donde compartieron sitio con las cintas de las películas de moda en formato Betamax

Como para que los melancólicos tomen nota, muchas de las formas de los ochentas todavía perviven en la industria del videojuego. Los usuarios intercambian, revenden y alquilan sus juegos para lo cual apelan algunas veces a comercios especializados. La particularidad de este mercado secundario, es que se realiza sin la participación de la industria. Sin embargo, este panorama podría cambiar. Michael Capps, presidente de Epic Games se queja de que su principal distribuidor obtenga la mayor parte de sus ingresos de las ventas de segunda mano. De igual forma se han expresado Jens Uwe Intat vicepresidente senior para Europa de Electronic Arts y David Braben creador de Elite.

Sin embargo, aún cuando la práctica de revender y alquilar videojuegos se encuentra muy difundida, muchas legislaciones la restringen. Por ejemplo, la Belgian Entertainment Association (Asociación Belga del Entretenimiento – BEA) advierte en su web que la legislación otorga a los titulares de los videojuegos un derecho de explotación exclusivo para autorizar su alquiler. Cabría entonces cuestionar por qué no se ataca directamente el mercado secundario aún cuando existen las herramientas legales para hacerlo.

En aquellas actividades donde existe un monopolio legal -el videojuego lo es- las empresas administran la escasez con la finalidad de maximizar sus ingresos. Por ejemplo, la industria editorial publica la primera edición de un libro en formato de pasta dura a un mayor precio, luego una edición rústica, para terminar con una edición popular. Esta segmentación se realiza con los videojuegos en el mercado secundario. Sin embargo, más allá de las declaraciones altisonantes que aparecen con regularidad, creemos que la industria es consciente que el mercado secundario no necesariamente le perjudica.

Este mercado permite que aquellos usuarios con una disposición de pago menor no opten por la piratería abierta, pues los principales beneficiados con esta práctica son los usuarios más jóvenes, los que por otro lado, suelen contar con presupuestos reducidos. La situación cambia cuando estos usuarios incrementan sus ingresos con el tiempo y como se encuentran enganchados al mundo del videojuego se permiten adquirir ejemplares nuevos.

Esta práctica también posibilita ampliar constantemente el número de jugadores activos lo que, al tratarse de una red, hace que el videojuego tenga un mayor valor y las siguientes versiones un mercado asegurado. Otro aspecto no desdeñable, es que el valor de los videojuegos está en relación con su valor de reventa, lo cual no sucede con las versiones on-line. Muchos jugadores financian la compra de nuevas versiones con la venta en el mercado secundario de las versiones más antiguas, en tal sentido una parte de los ingresos del mercado secundario terminan en manos de la industria.

Gobierno Regional lanza Callao TV (sólo por unos días)

El Gobierno Regional del Callao lanzó este siete de noviembre lo que ha venido a llamar «la primera televisión vía Internet» (www.callaotv.com) prometiendo una programación de contenido educativo, cultural y turístico. Este sistema, fue presentado por el vicepresidente regional Víctor Albrecht Rodríguez y promocionado en varios medios de comunicación como en El Comercio. El funcionario regional anunció que la programación incluirá aspectos tales como educativos, historia, cultura, entretenimiento, música y turismo.

Más allá de intentar entender qué es lo que habrá querido decir el Gobierno Regional cuando emplea el término «la primera televisión vía Internet«, lo cierto es que en principio nos encontramos ante una iniciativa que saludamos, sin embargo, no debemos olvidar que los esfuerzos que hace la administración pública en el Perú para con las nuevas tecnologías son tan insuficientes que tenemos que destacar noticias como ésta, que deberían ser ya parte de nuestra cotideaneidad.

Internet es una poderosa herramienta no sólo para presentar declaraciones o para solicitar certificados y formularios, sino también para democratizar la gestión pública en la medida que permite una mayor participación, fiscalización y control sobre las acciones de la Administración. Esto sin citar las maravillas que se puede hacer en colegios y universidades. 

En estas disquisiciones andaba el medio día de hoy. Pensaba cómo a través de las nuevas tecnologías, la Administración Pública podría atender las necesidades más elementales y a la vez más simples de sus ciudadanos. Es logico que andara en ese trance, pues me estaba soplando una cola interminable en el Banco de la Nación del crucero de las Avenidas Javier Prado y Arequipa para adquirir una especie valorada (un formulario) con la cual asentar una denuncia policial, trámite exigido para reemplazar el teléfono celular que me robaron hace unos días. Creo que con un poco de imaginación y menos esfuerzo las cientos de personas que estabamos haciendo esa cola frente al banco del Estado habríamos recibido un mejor servicio y no hubieramos tenido esa sensación de inevitable pérdida de tiempo. El problema es que cuando nos referimos a la Administración lo cotidiano parece ser la falta de imaginación y en muchos casos de responsabilidad.

Curiosamente hoy en la tarde intenté entrar en la página web de Callao TV, no funciona. En el site aparece un anuncio que nos advierte lo siguiente: «Estamos en mejoras, espere el re-lanzamiento (Sic.) del nuevo Callo TV«. Es decir, sólo unos días después del anuncio oficial en la prensa, Callao TV cierra y nos promete su próxima aparición. 

Anunciamos hace unas semanas cómo el Gobierno Regional de El Callao (!Chim Pum¡ Internet) proyecta instalar un backbone que permitirá iluminar toda la jurisdicción con servicios inalámbricos de banda ancha, ojalá lo haga mejor.

YouTube debe retirar videos de Telecinco, pero…

En julio de este año la cadena de televisión española TeleCinco demandó a YouTube por violar sus derechos de propiedad intelectual (YouTube en la telearaña). El Juzgado Mercantil número 7 de Madrid emitió un auto provisional ordenando a YouTube que dejara de ofrecer aquellas grabaciones de propiedad de la cadena española.

En el marco de este proceso y en particular en la discusión de las medidas cautelares solicitadas por TeleCinco el juzgado madrileño decidió que YouTube debe eliminar el material de propiedad de TeleCinco que emite su portal, pero será responsabilidad de esta última identificar y proporcionarle la lista de los videos infractores. Al parecer, el Juzgado habría situado las cosas en el lugar que se encontraban al presentarse la demanda. No tenemos a mano el auto definitivo y tampoco las declaraciones contradictorias que sobre el particular ambas partes han emitido, sin embargo, el hecho que en esta oportunidad TeleCinco no haya publicado en su web este pronunciamiento, como sí hizo con el auto provisional, podría ser sintomático de cómo ha encajado la medida.

Si tenemos en cuenta las notas de prensa que han emitido TeleCinco y YouTube, parece que la decisión del juzgado mercantil satisface a ambas partes. TeleCinco, de acuerdo con EcoDiario, «celebra este auto como un precedente de vital importancia en la lucha contra la piratería» y anuncia que el auto no hace sino ratificar las medidas adoptadas inicialmente dado que ordena a Youtube a retirar todas las imágenes de Telecinco de su portal. Por su parte, YouTube, en otro comunicado, ha mostrado su satisfacción por la decisión judicial, puesto que exige que sea Telecinco la que proporcione e identifique todos los vídeos de su propiedad, proporcionando su URL.

Falta ver todavía como resolverá el Juzgado Mercantil la demanda presentada por TeleCinco. Recordemos que las infracciones de las que se acusa a YouTube son básicamente dos: vulneración a la legislación de propiedad intelectual y competencia desleal. En el primer caso tengo particular curiosidad en saber cómo interpretará el Juzgado Mercantil la exención de responsabilidad para los prestadores de servicios de intermediación de acuerdo con la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) española.

Considero que existen algunos temas puntuales que debieran discutirse con relación al modelo de negocio de YouTube y los derechos de propiedad intelectual. Leyendo el blog de Enrique Dans para preparar este post, me detuve en los comentarios al post (Perdiste, Vasile…) relacionado con este auto. Algunos, no los de los hinchas de YouTube que son la mayoría, consideran que en realidad el portal hace un provechoso negocio a cuenta de desviar la responsabilidad hacia otros y de una suerte de expropiación de quienes ostentan los derechos de propiedad intelectual. Negocio redondo dicen. Es verdad, YouTube es un negocio redondo, pero no por permitir el alojamiento de material de terceros, muchos lo hacen y no ganan nada, sino por su enorme popularidad, si ésta se debe a la exhibición de material protegido es otra historia, casi como discutir si el huevo es antes que la gallina ¿o es al revés? En este contexto debemos decidir conscientemente qué es lo que queremos, si permitir el desarrollo de portales como YouTube con una enorme cantidad de información estableciendo en casa del copiado la obligación de identificar su material o el modelo inverso, que se exija la prueba de la titularidad de cada vídeo cada vez que se cuelgue. Si elegimos este último paradigma tenemos que ser conscientes de su costo y por lo mismo de la pérdida del valor y utilidad social no sólo de YouTube sino de cualquier iniciativa de similar naturaleza.

En particular, considero – en parte porque lo uso asiduamente- que YouTube es una herramienta muy útil e interesante y si nuestras instituciones gubernamentales estuvieran más espabiladas podrían explotarla mejor puesto que permite, de forma casi gratuita, tener un canal de comunicación muy robusto. Pero debo reconocer que su funcionamiento genera algunos inconvenientes, no sólo en aquellas legislaciones como la peruana que carecen de una norma que exime de responsabilidad a los prestadores de servicios en el marco de la sociedad de la información, sino incluso cuando ésta existe, los casos de Viacom y de TeleCinco son un ejemplo de ello.

El asunto de fondo, al menos en estos casos, parece ser que algunos propietarios de contenido audiovisual entienden que la popularidad de YouTube constituye un freno para el desarrollo de sus propios negocios en la Red. Ya tendremos oportunidad de comentar más sobre el particular.

El día que finalizó la guerra de Iraq, o lo parecía

En la mañana del 12 de noviembre los residentes de las ciudades de Nueva York y Los Ángeles se desayunaron con una inesperada pero alentadora noticia: la Guerra de Iraq llegaba a su fin. El «New York Times» -de filiación demócrata- anunciaba en su primera plana el «Fin de la Guerra de Irak«, pero no era la única noticia sorprendente, también advertía la creación de un modelo de «economía sana«, la nacionalización de las grandes compañías petroleras para destinar sus ingresos a luchar contra el calentamiento global y unas declaraciones de la ex-Secretaria de Estado, Condoleeza Rice, en las que aseguraba que la Administración Bush conocía que Saddam Hussein carecía de armas de destrucción masiva. Sin embargo, los lectores más espabilados seguro notaron que el lema del diario no era el acostumbrado «Todas las noticias que deben imprimirse«, sino «Todas las noticias que queremos imprimir«, también es probable que se percataran que la fecha del diario correspondía al 4 de julio del 2009. Efectivamente, se trataba de una magnífica edición pirata o bamba como decimos por aquí. Los esmeros puestos en esta adulteración han sido tales que incluso sus impulsores crearon una página web del falso Times muy parecida a la web del diario suplantado. Hemos recogido las reacciones de CBS y de la CNN.

La edición fue promovida por asociaciones contra la guerra, pro derechos humanos, protección del medio ambiente y la justicia económica. El éxito de la edición ha sido tal que el ejemplar del falso Times se puede conseguir en e-Bay a 120 dólares.

El falso Times no carece de publicidad, la cual tiene las mismas características de las notas contenidas en el diario, en la edición de 14 páginas encontramos fotos de anuncios reales cuyos textos han sido alterados. Por ejemplo De Beers anuncia que con la compra de un diamante se provee una prótesis para un africano tullido en los conflictos desatados por el control de los diamantes. También encontramos a Monsanto, la conocida fábrica de pesticidas, que anuncia la venta de mariquitas para luchar contra las plagas que afectan la agricultura.

Una vez revisado el falso Times y además de alabar su prolijidad cabría conocer respecto de la legalidad de la iniciativa. Derek Bambauer de Info/Law, nos advierte que la legislación de derechos de autor reconoce a la parodia como una práctica válida, es decir si entendemos que nos encontramos ante una parodia estamos ante un uso justo (fair use), pero si se trata de una sátira estamos ante otra historia. Los tribunales parecen pensar que la sátira es gratuita: alguien que utiliza una creación artística para burlarse de un objetivo completamente distinto. Cuando el trabajo se utiliza como un arma arbitraria infringe los derechos de autor. Sin embargo, el análisis es más difícil cuando la parodia se burla tanto de sus anfitriones como de la sociedad en general. La violación de la marca sería menos clara de acuerdo con la doctrina del uso leal. Debemos realizar un doble análisis respecto del interés público a la libertad de expresión contra el interés público de evitar la confusión del consumidor. El problema es que una crítica social como la que realiza el falso Times depende si los consumidores son confundidos. En este caso el falso Times, idéntico al real, está en la capacidad de confundir a los consumidores precisamente una práctica no permitida por la legislación marcaria.

Creo que más que una violación de las normas de derechos de autor, nos encontramos ante una posible infracción a los signos distintivos. Supongamos que nos encontramos en el Perú y en lugar de un falso Times se edita un panfleto sin los formatos y tipografía de algún diario conocido, al cual se le pone por nombre “Noticias”, esa publicación no tiene ninguna relevancia jurídica. Sin embargo, si aparece con el nombre de “El Comercio”, se imitan sus formatos, su tipografía y se edita una página web idéntica a la del diario, cuando menos evita que se cumpla con el objeto de la marca, cual es, diferenciar en el mercado los productos y servicios de una persona de los productos o servicios de otra. Es decir, los consumidores podrían no identificar al falso  «El Comercio» del original, o cuando menos podrían identificar los contenidos del falso diario con el grupo empresarial que edita la versión original.