En las últimas semanas se han filtrado al público una buena cantidad de mensajes de correo electrónico y documentos privados del distintos funcionarios del Poder Ejecutivo, incluyendo al anterior y a la actual Primer Ministro. En una de sus últimas entregas, LulzSecPeru incluso ha demostrado tener acceso a las cuentas de correo de las propias personas encargadas de investigar las vulnerabilidades.[1] Con independencia de las responsabilidades y particularidades de estos casos, una trama se distingue: que la información estatal resulte expuesta o comprometida a este nivel no sorprende a nadie. ¿Es responsabilidad de algunos funcionarios o del sistema en general?
Miguel Morachimo
Transparencia de mentira y #CornejoLeaks
A propósito de la difusión de un grupo de correos electrónicos del ex Primer Ministro, se viene discutiendo la posibilidad/legalidad de que todas las comunicaciones de los altos funcionarios del gobierno sea públicas. Dado el estado actual de nuestra cultura política, me parece una idea bien intencionada pero inocente.
Actualmente, existen muchas obligaciones de transparencia específicas para los altos funcionarios. En este grupo, destaca la obligación de publicar las agendas diarias de cada funcionario en la página web. (Artículo 5 de la Ley de Transparencia) Sin embargo, cualquiera que ha intentado sacar algo valioso de esto se habrá dado cuenta de que esta obligación se cumple poco y mal. ((Hat tip para Llenametuagenda.pe)) Estas agendas no son más que una versión editada y políticamente correcta de lo que hace un funcionario en su día a día. Si un funcionario va a tener una reunión para concertar una decisión o dejarse influenciar por fuera de las vías regulares, no lo va a escribir en su agenda. En los casos en los que se cumple, se llena una o varias semanas después de que las reuniones se llevaron a cabo.
Hablando de dinero electrónico y crowdfunding, en Derecho & Sociedad
El número 41 de la revista Derecho & Sociedad está dedicado al Mercado de Valores e incluye una entrevista que me hicieron sobre distintos temas en materia de comercio electrónico y pagos como crowdfunding, dinero electrónico y bitcoins.
Así puede quedar la Ley de Derechos de Autor
Han sido unos meses interesantes para quienes seguimos el debate sobre los derechos de autor en Perú. Luego del escándalo de APDAYC, se presentaron hasta doce proyectos de ley buscando modificar el Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor. Estos proyectos fueron asignados a la Comisión de Defensa del Consumidor, que este mes los ha condensado en un solo Dictamen proponiendo modificar varias decenas de artículos de la ley.
Este Dictamen se anuncia como un texto concertado de todos los Proyectos de Ley, aunque está mucho más enfocado en las reformas al sistema de gestión colectiva. El nuevo texto no es todo lo que hubiésemos deseado, pero definitivamente aporta varios cambios positivos y necesarios a nuestro sistema de derechos de autor. Para ser un proyecto tan ambicioso ha merecido muy poco debate y comentarios dentro y fuera del propio Congreso. Sin embargo, a pesar de las omisiones y errores que detallo, que ojalá puedan arreglarse en el Pleno, el Dictamen constituye un paso adelante en nuestra transición hacia un sistema de derechos de autor coherente con la realidad nacional y con una gestión colectiva más transparente, para beneficio de creadores y usuarios por igual.
Para una ley con dieciocho años de vigencia, toda reforma es bienvenida. Casi todas sus reformas han sido a propósito del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, donde no necesariamente lo que ha primado ha sido el interés público. Después de mucho, esta reforma no nace por una obligación internacional sino por un auténtica necesidad pública expresada en todas las historias de abusos y conflictos que nos reveló la investigación de #IntervenganAPDAYC. Sin embargo, no puedo dejar de pensar que se está desaprovechando la oportunidad de actualizar completamente el régimen de excepciones y limitaciones, así como de añadirle más garantías procesales expresas a los procedimientos llevados a cabo en Indecopi por infracciones a los derechos de autor. Esta reforma no es todo lo que queremos pero, salvo excepciones, ofrece un panorama mejor que el que tenemos.
Formalmente, el Dictamen espera ser incluido Agenda del Pleno del Congreso para su discusión y aprobación. Sin embargo, es posible que su debate no alcance a llevarse a cabo durante esta legislatura, que fue recientemente ampliada hasta el 27 de junio.
El análisis completo, incluyendo el texto del Dictamen, en la web de Hiperderecho.
¿Es ilegal usar la Marca Perú para criticarla?
Hoy está circulando en redes sociales el correo enviado por la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y Turimsmo (PromPerú) al ilustrador Álvaro Portales sobre su supuesto uso indebido de la Marca Perú. Para el representante estatal, el que Álvaro haya usado una marca de propiedad de PromPerú sin autorización constituye una infracción a la propiedad intelectual y genera confusión entre los usuarios que buscan la marca en Google Images. Por ello, lo invita a cambiar dichas imágenes por el logotipo oficial. ((No puedo dejar de mencionar que lo que más le molesta a PromPerú es que dichas imágenes aparezcan en Google Images. El que un blog alojado en Blogger tenga un mejor SEO que las mil páginas estatales que usan efectivamente la marca debería darnos una idea de cómo van las cosas por casa.))
Comisión de la Mujer cambió para mejor la Ley Chehade
Esta semana se hizo público el Dictamen de la Comisión de la Mujer y Familia del Congreso sobre el Proyecto de Ley No. 2511/2012-CR presentado por el congresista Omar Chehade que planteaba un esquema de censura previa de contenidos en Internet y ponía en riesgo la libertad de expresión en línea en Perú.
El nuevo texto se aleja de la mirada pesimista de la tecnología del proyecto original y reconoce que la propuesta original era insostenible. En cambio, se enfoca hacia una solución más profunda y documentada del problema, superando el modelo de prohibición e intervencionismo estatal. En esa línea, el Proyecto ahora propone que el Estado juegue un rol facilitador en alianza con la empresa privada para desarrollar estrategias que eduquen a las familias sobre la importancia del uso responsable de Internet. Sigue leyendo
El creciente ecosistema de páginas web sobre Derecho en Perú
Compruebo con entusiasmo que en los últimos años ha crecido en cantidad y calidad el número espacios dedicados al comentario legal escritos desde Perú. Cuando Oscar y yo empezamos este blog en el 2008, parecía una idea temeraria que un abogado invierta tiempo y esfuerzo en un proyecto de este tipo. ((No voy a caer en la miopía de pensar que fuimos los primeros o creer que “abrimos el camino” al resto. De hecho, en esa época ya existían blogs y páginas web que tocaban de una u otra manera asuntos jurídicos o escritas por abogados, como el constante Desde El Tercer Piso de José Alejandro Godoy. Formamos parte de una tendencia pero no la iniciamos.)) No porque no existan las competencias o el interés de hacerlo, sino porque Internet era consistentemente mal vista como un espacio informal y esencialmente recreativo. Incluso existían (y deben de seguir existiendo) abogados que prefieren no tener ningún tipo de presencia en Internet. Como estudiante me sorprendía la gran cantidad de artículos y comentarios originales que se publicaban a través de boletines y revistas pero que tenían una difusión limitadísima debido a las restricciones del medio impreso. Por suerte, hoy existen espacios de este tipo dentro de periódicos y revistas y también de forma independiente que se publican semanalmente a través de Internet.
Quiero dedicar este post a listar algunas de las páginas web de Derecho que leo seguido y/o que me parecen más interesantes en temática, frecuencia de actualización y estilo. ((Para otras dos listas similares, ver mis posts Blogs peruanos de Derecho y Escribir un blog siendo estudiante.)) Realmente el panorama se ha diversificado bastante y creo que hay comentaristas y espacios para todos los gustos. Si algo me gustaría es ver más blogs escritos con soltura, más cerca de un tono conversacional que de uno propio de un libro de texto.
Cuatro semanas que podrían cambiar los derechos de autor en Perú
El boletín Digital Rights LAC que publican un grupo de ONGs latinoamericanas incluye este mes un artículo mío sobre #IntervenganAPDAYC y su posible impacto en el régimen de derechos de autor en Perú. En el artículo, resumo las principales consecuencias que ha traído la investigación de Marco Sifuentes y Jonathan Castro sobre los malos manejos de sociedad de gestión colectiva: desde las audiencias en el Congreso hasta el cambio del Director de la Oficina de Derechos de Autor.
Lo mejor que puede pasar tras el escándalo de APDAYC no es la renuncia de sus directivos o la desarticulación de la sociedad de gestión colectiva. Sin perjuicio de las responsabilidades individuales existentes, quizás lo mejor que nos pueda pasar sea que APDAYC nos sirva de excusa para tener una conversación que traíamos pendiente como país. Un estado que busca construir su política cultural y promover el respeto por la propiedad intelectual no puede darse el lujo de cerrar los ojos a su realidad, que se resume en pequeñas cosas como que el mayor centro de comercialización minorista de copias ilegales del país (Polvos Azules) esté a pocas cuadras de la Corte Suprema.
Perú necesita identificar los problemas actuales de su sistema de derechos de autor y discutir posibles soluciones. Es un debate que muy pocas veces nos hacemos en voz alta y, sin embargo, con frecuencia actuamos como si lo tuviésemos muy claro, en espacios de negociación secretos como el del Acuerdo Trans Pacífico (TPP) donde Perú está sentándose a asumir obligaciones que pesarán tanto o más que una ley dada por el Congreso.
Sobre el tema, hay dos ideas importantes que no han recibido suficiente atención. La primera tiene que ver con que muchas de las “denuncias” realizadas como parte la investigación no eran tanto denuncias contra APDAYC sino contra las leyes de derechos de autor mismas. El ejemplo más claro es el polémico caso de cobro por uso de música en matrimonios o en eventos de carácter benéfico. No se trata de algo que APDAYC haya inventado sino que es algo que la ley le autorizó a hacer o, mejor dicho, no le prohibió hacer vía una excepción. Mucha de la indignación contra APDAYC realmente debió ir dirigida contra quien escribió la Ley de Derechos de Autor en 1996 y se preocupó muy poco por estos casos. Por suerte, como señalo en el artículo, hay trece proyectos de ley esperando discusión en el Congreso que intentan cambiar parte del marco legal que permite esto. Con independencia de cuál sea mi opinión personal sobre el fondo del asunto, creo que un debate público sobre el tema va a ser muy saludable.
Un Derecho para robots
En El Cristal Roto, el blog de la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico, me pidieron comentar la posibilidad de reconocer ciertos derechos a robots. A primera impresión la pregunta podría parecer banal o un mero ejercicio de la imaginación. Sin embargo, en el fondo se encuentra la interrogante sobre qué es aquello que nos distingue a los humanos como los únicos que directa o indirectamente (ej. sociedades conyugales) pueden ser objetos de derecho.
La pregunta sobre la posibilidad de considerar a ciertos tipos de máquinas o robots como sujetos de derecho es compleja y puede ser abordada desde distintos planos. En este artículo explico y planteo algunos supuestos, con la plena certeza de que estoy realizando primero un ejercicio de pensamiento lateral antes que un auténtico análisis jurídico. Al mismo tiempo, reconozco que este problema pertenece a la categoría de cuestiones en las que la ley se instituye como un reflejo de la moral, la ética o la filosofía dominantes en cierto periodo histórico. Con esto, quiero decir que la auténtica respuesta a si en el futuro existirán o no derechos para los robots será respondida inicialmente por la ética o la filosofía antes que por el Derecho mismo y probablemente será una regla en constante evolución.
Pueden leer el artículo completo desde aquí. Gracias a Germán Gomez, Óscar Súmar y al equipo de El Cristal Roto por invitarme a participar.
Enlace | ¿Un Derecho para robots?
Interviniendo la Ley peruana de Derechos de Autor
El número 63 de la Revista Jurídica editada por Thomson Reuters Perú incluye un artículo mío sobre las cambios más urgentes a la Ley sobre del Derecho de Autor en Perú. Mi artículo parte de la investigación de Marco Sifuentes y Jonathan Castro denominada #IntervenganAPDAYC pero se centra en un grupo de cambios que resultan urgentes a la Ley y que podrían haber evitado una crisis como la descrita en los reportajes.
En mi artículo explico las razones por las que creo que deben de cambiarse los artículos referentes al uso de obras en ámbitos domésticos, en actos oficiales y religiosos, bibliotecas y también las reglas sobre el cobro por uso de obras fuera del catálogo de las sociedades de gestión colectiva. Algunos de estos puntos ya son parte de los trece proyectos de ley que plantean reformar la Ley sobre el Derecho de Autor y que fueron presentados el año pasado. En el artículo no me extiendo sobre ellos porque lo escribí cuando todavía no se habían presentado algunos y porque eso es materia de otro informe que estamos trabajando en Hiperderecho.
Gracias a Elizabeth Barreda y al equipo editorial de la Revista Jurídica Thomson Reuters por invitarme a participar y por permitirme compartir este artículo con ustedes. La revista semanal es uno de los varios beneficios exclusivos de sus suscriptores. Para mayor información pueden visitar su página web.
Descarga | Intervniendo la Ley Peruana de Derechos de Autor, 8 páginas [PDF]