¿Guns n’ Copies?

Anteriormente hemos dedicado algunas líneas a comentar casos como el de Bon Jovi vs. Blonde Jovi o el de Satriani vs. Coldplay, mismos que revelan lo comunes que son las demandas de plagio musical en la industria musical. En algunos casos aparentemente movidos por un afán de figuración y en otros   basados en evidencia sólida, lo cierto es que cada vez escuchamos y leemos más casos de este tipo donde, los demandantes solicitan  indemnizaciones con numerosos ceros.

En algunos casos incluso la trama de este tipo de casos es más curiosa.  Me refiero al caso entre Rolling Stones y K.D. Lang por las canciones «Anybody Seen My Baby» y «Constant Craving» respectivamente. En dicha oportunidad, los Stones luego de haber lanzado el single como parte de su album «Bridges to Babylon» notaron que el coro de las canciones era bastante similar (según indican, sin conocer la canción de Lang). Antes de enfrentar problemas de orden legal decidieron incluirla en los créditos de la canción sin que exista una controversia de por medio.

Hoy reviso mi correo y veo una nota que reporta la denuncia interpuesta por el sello británico Independiente contra Guns N’ Roses y Universal Music Group’s Interscope-Geffen A&M, su disquera. El sello británico es una disquera que representa a una banda alemana que indica que Guns N’ Roses plagió algunas canciones en su primer album luego de 17 años: «Chinese Democracy» (que, dicho sea de paso, suena a todo menos al clásico Guns N’ Roses) ¿La suma involucrada? 1 millón de US$.

Estos casos, sin duda, me generan muchas reflexiones más allá de si efectiva y legalmente existió plagio musical. Lo que tiendo a pensar es que en la actividad creativa musical es común que uno retenga melodías que influencien la composición y luego éstas se vean inevitablemente plasmadas en el producto final. Queda claro que si la intención es aprovecharse del trabajo intelectual del autor originario nos encontramos frente a un evidente caso de plagio. Sin embargo, ¿que ocurre cuando estas «copias» ocurren de manera inconsciente?¿existe la denominada «criptomnesia»? Este artículo de Newsweek, cuya lectura recomiendo, resulta muy ilustrativo al respecto e indica que si bien la criptomnesia existe y puede ocurrir, ésta no constituye patente de corso para salvarse de ser sancionado por plagio musical ya que existen diversas maneras de poder actuar con debida diligencia en estos casos.

En todo caso creo que el tema probatorio debe ser muy bien estructurado   por los abogados que defiendan un caso de plagio musical sobre la base de argumentos como la criptomnesia y la evaluación de las autoridades de dicha defensa más rigurosa aún.  De lo contrario nos encontraremos frente a los típicos casos del Derecho Penal donde los implicados encuentran espacios favorables en supuestas condiciones psicológicas que les permitan, cuando menos, atenuar considerablemente la pena.

Un mundo en guerra

Al alba del 1 de septiembre de 1939 el viejo acorazado alemán Schleswig-Holstein reposaba tranquilamente en el estuario del puerto de Danzig cerca de la desembocadura del Vístula. A las 4:30 de la mañana leva anclas y suavemente se traslada por el canal, hasta tomar posición de combate frente al fuerte polaco de Westerplatte. Imagino al capitán del barco, al todavía joven KzS Gustav Kleikamp, intuir apenas la silueta de la fortaleza con sus prismáticos y lo veo unos minutos después ordenando a su artillería escupir fuego contra los descuidados defensores. El cabo Ignacy Skowron se encontraba de guardia en ese momento, lo siento somnoliento y cansado ignorante de lo que se le vendrá encima, cuando observa desde su parapeto que una chispa sale de un costado del acorazado alemán. Décimas después, un proyectil de 280 mm impacta contra las defensas. La Segunda Guerra Mundial ha comenzado, hace casi exactamente 70 años.

Este es el mundo real y sabemos que la evolución de la humanidad es una historia de guerras y matanzas. Pero contrariamente a lo que podíamos pensar, el ciberespacio no ha estado libre de enfrentamientos, menos sangrientos tal vez pero igual de virulentos. Creo que mucho del Internet que tenemos y el que se está moldeando es y será fruto de estas guerras, de las que han sido y de las que vendrán.

La más famosa de todas es la Guerra de los Navegadores (The Browser Wars), algo así como la Gran Guerra de Internet. La Primera Guerra de los Navegadores (1996 – 2002) enfrentó a Microsoft, con su buque insignia el navegador Internet Explorer y Netscape, con su Navigator, por la dominancia del mercado de navegadores web. Microsoft con más recursos logró controlar las principales vías de aprovisionamiento de su contrincante hasta aplastarle y borrarlo del mapa. La Segunda Guerra de los Navegadores (2005 – 2007), nos permitió intuir lo que vendría después, en ella Internet Explorer enfrentó a los herederos de Nescape como Mozilla, FirefoxSafari Opera. La Tercera Guerra de los Navegadores (2008 – ) se disputa entre los cinco principales navegadores de la actualidad: Internet Explorer, Mozilla Firefox, Safari, Opera y Chrome. Ya hicimos el parte de guerra (Google Chrome y las Browser Wars).

No podemos pasar por alto a las Guerras de Competencia. La primera es la Sublevación de Washington (1998 -2001), 19 Estados de la Unión lideraron una sublevación en el corazón de los dominios de Microsof liderados por «Atila» Jackson. Una vez perdidos sus aliados políticos el ejército rebelde diezmado y agotado no logró que se sancionara a Microsoft por entorpecer la competencia en el mercado de Internet de los Estados Unidos. Luego estalló la Gran Guerra Europea de la Competencia, entre la Comisión Europea y la división oriental de Microsoft. La primera etapa de este enfrentamiento fue la Guerra del Reproductor (1999 – 2004). Esta vez Microsoft enfrentó a un rival de fuste que vengó sin paliativos a los valientes de Washington hasta imponerle una multa de 497.2 millones de euros por destruir el mercado de reproductores multimedia. Reconfortada por esta victoria, la Comisión intenta saldar viejas deudas y ha iniciado la Guerra Europea del Navegador (2008 – ) contra Microsoft por agregar a su sistema operativo el Internet Explorer. Tenemos parte de guerra (Microsoft y la UE: la guerra continúa).

Otro enfrentamiento trascendente es el de las Guerras de los Derechos de Autor (Intellectual Property and Copyright Wars). Lucha feroz donde los regulares de los derechos de autor se enfrentan no sólo a rivales de línea sino también a una enorme guerrilla que los hace retroceder constantemente. Las Guerras de los Derechos de Autor comenzaron en 1995 cuando la industria de contenidos (una alianza formada por la industria musical, la cinematográfica y la editorial) de los Estados Unidos elaboró una estrategia para defenderse del ataque de las tecnologías digitales. Entre 1997 y 1998 se aprobaron una serie de leyes destinadas a extender la vida útil de los derechos de autor, reforzar las sanciones penales y castigar el uso de tecnologías que trataban de eludir los sistemas de seguridad de los contenidos digitales. A estas leyes se sucedió una ofensiva litigiosa contra las entidades más representativas de esta amenaza como MP3.com y Napster. Luego, como el pueblo estaba armado, la alianza intentó reprimir a los internautas acusándolos de descargar música o permitir a otros a hacer lo mismo. Sólo en junio de 2006, la Recording Industry Association of América (RIAA) demandó a 17.587 personas por vulnerar los derechos de autor. Al día de hoy los combates continúan.

Un frente menor lo constituyen las llamadas Guerras de la Privacidad (Privacy Wars). Recordemos que la Primera Guerra de la Privacidad (1990 – 2001), comenzó cuando la Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission) fomentó inicialmente la autorregulación de la industria para luego pedir al Congreso de los Estados Unidos legislar para hacer cumplir la privacidad de los sitios web, finalmente no lo hizo. La Segunda Guerra de la Privacidad (2009 -) acaba de comenzar, una coalición de defensoras de los derechos de los consumidores vienen atacando los mecanismos de publicidad dirigida, exigiendo que el Estado instaure una suerte de privacidad preventiva deteniendo los anuncios en línea personalizados sobre la base de los hábitos de los consumidores. La crónica completa en Liberation Front (Privacy War II (Part 1): Attack of the Anti-Advertising Axis).

El panorama parece desolador y nuevos combates se vislumbran en el horizonte mejor dicho en el aire con la cloud computingo computación en nube, que nos promete una serie deserviciosdirectamente a través de Internet. Veremos que pasa, pero creo que a diferencia de las guerras del mundo real de éstas saldremos ganando todos.

Para los interesados les dejo la primera escena de la Segunda Guerra Mundial: el Schleswig-Holstein castiga la fortaleza de Westerplatte el 1 de septiembre de 1939.

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Coelho habla sobre Derechos de Autor

Paulo Coelho no necesita mayor presentación. El carioca guste o no es uno de los escritores más exitosos y prolíficos del momento. Desde la aparición de su primera entrega «Manual práctico del vampirismo» (1986) hasta la última «El vencedor está sólo» (2009) se han sucedido doce títulos que han situado a Coelho como uno de los escritores de más ventas en la actualidad.

De lo que no cabe duda, independientemente de la opinión que se tenga de su valía literaria, es que es nos encontramos ante un escritor que conecta con la sensibilidad de las mayorías y para sorpresa de algunos -me incluyo- anda espabilado en estas cosas de las nuevas tecnologías. Para muestra un botón, el discurso de Coelho en la Feria del Libro de Frankfurt (Frankfurter Buchmesse) nos presenta una visión acertada sobre los derechos de autor y el camino que tendría que seguir la industria editorial si quiere sobrevivir en este campo minado de redes P2P, espacio donde la industria musical viene cosechando estruendosos fracasos.

Para Coelho las tecnologías que tienen éxito son aquellas que permiten hacer circular las ideas y alcanzar a la mayor audiencia posible. Las Leyes se adaptaron a este contexto y no al revés. El concepto jurídico de derecho de autor creció de la mano con la era industrial, donde la producción y los costos de distribución eran relativamente altos.

Con la web, se impone una nueva forma de compartir las ideas que desafía al viejo modelo económico. Hay una diferencia, entre la web con las anteriores plataformas: la web no impone costos de producción y distribución. Las personas ya no son espectadores pasivos de las transformaciones de la sociedad, sino que interfieren en el proceso colectivo. Siempre y cuando se tenga una conexión a Internet, la criatura se convierte en el creador.

Coelho identifica bien que hay un elemento del que la mayoría de las personas no son plenamente conscientes: la gente está compartiendo lo que estima pertinente en forma libre y espera que lo mismo ocurra con todos los sistemas de comunicación de masas.

En este contexto la industria editorial parece más «protegida» en la web que la música o el cine. El libro se ha librado hasta ahora de la web, porque, en comparación con otros medios de comunicación, tiene ventajas en este nuevo entorno tecnológico. Los costos de producción son infinitamente más bajos que en el cine o la música. El negocio editorial se ha elevado gracias a un renacimiento por la lectura y lo que es más importante, todavía no ha visto la desmaterialización de la obra como un vaso de ideas.

Coelho señala que contrariamente a lo que dicta el sentido común la mejor fórmula para sobrevivir es el que más da, más gana. Sostiene esta afirmación con algunos ejemplos. Sus libros tuvieron un comienzo muy difícil en Rusia donde inicialmente las ventas fueron muy bajas. Con la aparición de una copia pirata digital de «El Alquimista» – que más tarde se incluyó en su web oficial – las ventas se dispararon de forma increíble hasta alcanzar el millón de libros. Hoy, han llegado a la marca de más de 10 millones.

El Coelho Pirata estuvo en la web durante tres años, siendo alimentado por lectores de todo el mundo, y nadie en la industria se quejó de ello, en parte porque las ventas siempre crecieron. Por ello una vez al mes desde el año 2008, sube uno de sus títulos, para ser leído en línea.

Para Coelho esta es la prueba viviente de lo que impulsa a la industria: el uso de la web como un mecanismo de promoción que se refleja en el mundo físico. Esta, es la idea detrás del sitio web Pirate Coelho, donde se compilan los enlaces torrent de todos los libros del autor para descarga. La gente puede decidir después si van a comprar el libro físico.

Finalmente, Coelho reflexiona sobre el futuro de los derechos de autor y la sostenibilidad de la industria editorial. No tiene una respuesta. Pero reconoce que aun cuando se gana la vida con sus derechos de autor tiene que adaptarse. No sólo por la posibilidad de generar una conexión más directa con sus lectores, sino también por el desarrollo de un lenguaje nuevo, basado en Internet, que será el idioma del futuro: directo, sencillo, sin ser superficiales. Internet enseña: no tener miedo de compartir las ideas.

Massé y Sifuentes a porrazos

Armando Massé es Presidente Ejecutivo de APDAYC y Marco Sifuentes -Ocram- es uno de los bloggers peruanos más influyentes (vid. Útero de Marita). A propósito del convenio que suscribiera el IRTP (Instituto Nacional de Radio y Televisión) con APDAYC para administrar sus contenidos y que comentáramos desde aquí (Radio Nacional en mis manos), encontré (Los Comechados… con todo respeto) una polémica entre Massé y Ocram en el programa que Jorge Bruce conduce desde Radio Capital (96.7 FM). Les diría el día y la hora pero la web de Radio Capital es un desastre.

La bronca se desarrolló más o menos de la siguiente manera. Andaba Bruce preguntándole a Ocram, delicada y dulcemente, sobre su parecer con relación al bendito convenio de Radio Nacional, y, cual programa de Laura Bozo irrumpe telefónicamente Massé. ¡Queeeeee pase el dueño de APDAYC! sólo le faltó vociferar a Bruce. Massé entra con todo y anuncia rápidamente algo así como: «por si acaso yo mecho rico ¡ah!«. Se le escucha decir que hablará no sólo como médico (Sic.) sino también como abogado (Sic. Sic.), así que conoce sus derechos. Canchita en mano sigo escuchando. Massé y Sifuentes se agarran a porrazos. Que el Estatuto… Que INDECOPI está investigando a APDAYC… Pero si yo soy un santo y tú no sabes nada de Derecho… Qué haces comprando radios… Yo chupo con mi plata… Y así discurre la polémica hasta que el mismo Bruce se cansa, deja su imparcialidad y mismo Chechelev coge una silla y se la tira a Massé por la cabeza…

Ignoro como terminó esta polémica, pues faltan los últimos minutos, pero he sido informado que Massé se hartó y terminó colgando.

Les dejo la polémica, que la disfruten:

Remix

Remix: Making Art and Commerce Thrive in the Hybrid Economy (Remix: Haciendo arte y comercio próspero en una economía híbrida) es el último libro del prolífico e influyente profesor de Stanford, Lawrence Lessig. Empezaré casi con una declaración de principios. Da gusto que quien aboga por el adelgazamiento de los Derechos de Autor e incentiva la producción cultural bajo la protección del Creative Commons, tenga el tino de publicar sus trabajos bajo este formato. Accionar consecuente que es menos común de lo que debiera.

Con relación a Remix, creo que la fórmula que tanto éxito le ha dado a Lessig empieza a dar signos de agotamiento. Si «El Código y las otras leyes del ciberespacio» deslumbra, «El futuro de las ideas» apasiona, Remix apenas interesa. Es como el último rebufo amatorio luego de una larga noche de copas al borde de la playa con la mujer deseada. No está mal pero la jornada tuvo momentos mejores.

Lessig sostiene que los Derechos de Autor, tal como están diseñados hoy, parecen anticuados para una sociedad digital, dado que cada vez que se utiliza un trabajo creativo en un contexto digital la tecnología hace una copia. Por lo tanto, gracias a las tecnologías digitales, el uso y apropiación de los contenidos se encuentra bajo el control sin precedentes por parte de aficionados.

Lessig cree que los niños y jóvenes de hoy crecen en un mundo en el que estas tecnologías forman parte de la vida cotidiana y, por tanto, son incapaces de comprender por qué «remezclar» contenidos digitales es ilegal. El resultado de esta constante tensión es de lo más corrosivo, pues estas generaciones crecen haciendo cosas que saben que son «ilegales», lo cual tendrá repercusiones sociales que se extenderá mucho más allá del tiempo de lo que llama «Las guerras de los derechos de autor«.

Lessig ve enfrentadas a dos culturas. La cultura de la sólo lectura (the read-only culture – RO) y la cultura de la lectura/escritura (the read/write culture – RW). La cultura RO es aquella que consumimos más o menos de forma pasiva. La información se nos ofrece a través de la industria de contenidos. Las tecnologías analógicas son el soporte de la cultura RO y el modelo de producción y distribución limita el papel del consumidor de forma importante.

A diferencia de la cultura RO, la cultura RW tiene una relación recíproca entre el productor y el consumidor. Para Lessig las tecnologías digitales proporcionan las herramientas para un renacer cultural y por ende una democratización de la producción cultural. Lessig utiliza el modelo de los blogs para extraer una conclusión amplia, la democratización de la cultura RW y lo que llama el ecosistema de la reputación proporcionan un espacio para que las voces de muchos talentos puedan ser oídos, lo cual no hubiera sido posible en el modelo RO.

Lessig describe el remix como fenómeno cultural y aporta una visión crítica de los medios de comunicación tradicionales. Pero, tal como están hoy diseñados, los Derechos de Autor inhiben estas formas de alfabetización digital. Sin embargo, reitera Lessig, el remix como forma de expresión no puede morir, sino sólo penalizarse.

Además de describir estas culturas, Lessig propone también dos economías: la comercial y la de distribución. La economía comercial se rige por la simple lógica del mercado, donde los productos y servicios tienen un valor económico tangible, ya sea en dinero o trabajo. Internet ha funcionado como un portal para el florecimiento de la economía comercial  que actúa como una plataforma para miles de nuevas empresas.

La economía de distribución no se rige por un indicador de precio, sino por un conjunto de relaciones sociales. Al igual que la economía comercial, la participación en la economía de distribución se extiende en el ámbito de lo digital. Las diez webs más visitadas se basan en contribuciones de los usuarios que no reciben dinero alguno por sus contribuciones.

En el medio, una serie de ejemplos híbridos como Dogster, Craigslist, Flickr, YouTubeUsenet Second Life. Lessig llega a la conclusión de que un sentimiento mixto de propiedad y la contribución altruista es vital para que las comunidades híbridas funcionen. Estas comunidades, no se sostienen en el sacrificio, sino en una mutua satisfacción en la que tanto el consumidor como el productor generan beneficios.

Lessig advierte que las economías híbridas harían bien en evitar lo que él llama la aparcería, es decir, renunciar a su creación (siempre que no posean los derechos para todos los componentes remezclados), aunque tengan previsto utilizar sus trabajos con fines comerciales.

El libro con licencia Creative Commons se puede bajar gratuitamente.

Presentación del Libro en New York University

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1984, veinticinco años después

Hacia finales de la década de los cuarenta, George Orwell escribió una novela sobre una pesadilla futurista llamada 1984. Se trataba del retrato de una sociedad sometida a un gobierno totalitarista y autocrático, cuya mayor expresión de poder radicaba en la posibilidad de monitorear al milímetro el comportamiento de cada persona dentro de su dominio. Todo, desde la historia anterior al régimen hasta lo que debían de pensar y la forma en la que debían de hablar, era impuesto y vigilado por ese Gran Hermano. Casi como una amenaza, en el exterior del edificio piramidal que albergaba al Ministerio de la Verdad se leía: la libertad es la esclavitud.

Veinticinco años después de 1984, vivimos en un mundo en el que mucha de nuestra información personal circula libremente (o casi) por la red. Hemos pasado de una red casi anónima en sus inicios hacia una red en la el nivel de anonimato es relativamente bajo, en gran medida por las necesidades del mercado de comercio electrónico. Este es un fenómeno que no tiene marcha atrás. Así, lo único que nos diferencia de la distopía controlista orwelliana es que creemos estar seguros de que no existe tal cosa como un ente único que nos vigila y que es capaz de controlar toda nuestra actividad. Sin embargo, están surgiendo nuevos modelos de productos y servicios on-the-cloud que podrían poner en riesgo esta seguridad.

Hace unas semanas Amazon decidió unilateralmente (muy al estilo del Gran Hermano) borrar de todos los Kindles del mercado las copias electrónicas de las novelas 1984 y Rebelión en la granja de George Orwell. La compañía se justificó diciendo que dichas copias habían sido vendidas a través de la tienda virtual del Kindle por una compañía que no tenía los derechos suficientes para hacerlo. Primero se justificó y luego pidió abiertamente disculpas calificando de “estúpido su comportamiento. Pero en los hechos, una serie de personas que pagaron por descargar los libros se encontraron con que de la noche a la mañana estos habían sido borrados, el precio devuelto y las marcas y anotaciones que ellos habían hecho sobre el libro habían quedado inservibles. Esto ha motivado que dos usuarios afectados, bajo la asesoría de la Electronic Frontier Foundation, promuevan un class action (.pdf) para lograr que una corte se pronuncie sobre el tema y deje bien claros cuáles son los límites de los proveedores de servicios en casos como estos y las medidas que deberían adoptar a nivel de arquitectura de código para evitar que situaciones como esta se repitan.

Obviamente, no solo se trata de la infracción de Amazon de sus propios Términos de Servicio y de la legislación estatal sobre protección al consumidor. Amazon ha demostrado el inmenso poder de control que posee respecto de su producto. Pensemos que pasaría si en el futuro el ejercicio de dicho poder puede llegar a ser asumido por un hacker o es solicitado judicialmente respecto de ciertas obras, ya sea por infracción a los derechos de autor o porque a alguien le resultan injuriosas o indecentes. Ahora sumemos este ingrediente al hecho irrefutable de que cada vez una porción mayor de nuestras decisiones de consumo se volcarán sobre productos y servicios on-the-cloud. No solo se podrá tener acceso a buena parte de nuestros hábitos, sino que será facilísimo regularlos, perseguirlos y condenarlos. ¿Lejano? Como lo señala Zittrain, el Kindle, el Google Chrome OS y el AppStore del iPhone involucran exactamente el mismo riesgo.

Vivimos en una sociedad libre. Merecemos una red neutral con productos y servicios coherentes con nuestra libertad. No queremos DRMs que nos impidan hacer copias de seguridad de los ebooks que compramos. No queremos que un tercero nos diga cómo debemos usar un hardware que es enteramente de nuestra propiedad. Tenemos el derecho como consumidores a un lenguaje claro y distinto sobre los contratos que regulan nuestras relaciones de consumo, y a que estos se respeten. Necesitamos una arquitectura de red que asegure el respeto irrestricto de nuestro derechos. Veinticinco años después, no podemos intercambiar nuestra libertad por esclavitud, no podemos regresar a 1984.

Ilustración de Mike Licht, CC-BY

Derechos de Autor por César Hildebrandt

No es común que en Blawyer se repitan comentarios realizados por otros autores sin ningún análisis, pero ya sea por la hora, las pocas ganas de estrujar el seso, o sabe Dios, que copio literalmente una de las últimas columnas de César Hildebrandt publicada en la edición del día Lunes 2 de agosto del diario La Primera.

Derechos de Autor

Un jurado de los Estados Unidos ha condenado al estudiante Joel Tennenbaum a pagar 675,000 dólares a cuatro casas discográficas que él pirateó desde la Red.

Tennenbaum se declarará en bancarrota para no pagar y el juicio será un proceso interminable.

Los sellos discográficos no tienen apuro en cobrarle a Tennenbaum, estudiante de 25 años y residente en Boston.

Lo que querían era que se enviara un mensaje policiaco-judicial a los que, como Tennenbaum, descargan música no para sí sino para “distribuir”, como si de un regalo se tratara, entre sus amigos.

Hace pocas semanas las disqueras habían obtenido su primer triunfo cuando un jurado federal de Minneapolis dictaminó que una mujer, que había trasegado música bajada del Internet, debía pagar dos millones de dólares como indemnización por un delito en contra de los derechos comerciales de terceros.

Aquí hay una discusión muy animada y aleccionadora sobre el asunto de los derechos de autor.

Por un lado están los ortodoxos e inflexibles señores feudales de instituciones que dicen velar por esos derechos. A ellos les cuesta mucho aceptar que la Red ha borrado fronteras y murallas y ha creado un capítulo nuevo en las relaciones humanas y en las condiciones del comercio.

No es posible castigar a quien descarga música para su consumo personal. Es como si una cafetería cobrase por el placer de pasar por su puerta y oler el aroma de sus mezclas.

Y lo mismo está pasando con las películas que ya agotaron su paso por el circuito de los cines.

Música y películas están allí, al costado de un vínculo y al alcance de una tecla. Y eso es demasiada tentación. Sólo un hombre ensimismado y sin tiempo, como el que escribe estas líneas, puede pasar de largo por ese convite que, además, tiene el atractivo del placer prohibido.

Sin embargo, los derechos de autor existen. Y los derechos de los sellos discográficos y de los estudios de cine, también están vigentes.

De modo que una cosa es esa felonía inocentona de bajarse música para el iPod o cine para la propia vista y otra es creer que estamos en el mundo de los piratas del caribe, con Johnny Depp de presidente y Cara de Pulpo de primer ministro.

O sea que una cosa es el usufructo íntimo de lo que es inevitable que circule por la chicotería de la aldea global, y otra -bien diferente- es alentar a las mafias chinas o rumanas (o peruanas) a hacer de la capa un sayo y del derecho una cagarruta.

Hay en el Perú unos criollazos disfrazados de anarquistas y de archiliberales que lo que pretenden es que no haya legislación sobre la piratería ni definición de lo que es monra electrónica, ni castigo alguno para el robo de los intangibles.

Porque el que crea arte, el creador de algo que primero es milagro y después es artículo de consumo, aspira, legítimamente, a vivir de lo que hace.

Y las empresas que patrocinan a los músicos populares, por ejemplo, esperan, con todo derecho, a recuperar sus inversiones y ganar dinero. Porque así de fenicias son las cosas.

¿Que deberían ganar mucho menos esos monstruos transnacionales? No tengo la menor duda. Pero esa es otra discusión. ¿Que el arte debería ser lo de más libre circulación en este mundo que se pudre con tantas cosas inútiles? Claro que sí. Pero entonces habrá que cambiar las leyes internacionales. Y hacerlo al unísono. ¿Que es un abuso elitista que una película nueva cueste 50 soles y otra pirateada 3? Seguramente.

Pero con esa lógica también podríamos comprar camionetas robadas, que siempre serán más baratas, y con esa ética no tendríamos ninguna autoridad moral para protestar cuando algunos pandilleros llaman pisco a su aguardiente y cebiche a su bocado.

Por ahora, quien se apropia de lo ajeno para obtener beneficios no es un ciudadano del mundo ni un globoaldeano que no requiere de visas ni permisos. Es más bien, modestamente, un ladrón. Que su ganzúa sea tan invisible como lo que sustrae -el derecho autoral- no lo exime de responsabilidad.

La Red ha borrado muchas cosas. Lo que no ha borrado es el Código Penal. Y los ciberpájaros fruteros, que satanizan a todo aquel que recuerde que los autores existen, deberían dejarse de pronunciar discursos gonzalezpradistas.

A veces pareciera que Abimael Guzmán hubiese ganado la batalla de los valores.

Tres historias sublevantes (sobre derechos de autor)

Confieso que me ha entusiasmado seguir la controversia suscitada entre cierto personaje adscrito a la administración de una Sociedad de Gestión Colectiva peruana y nuestra querida blogósfera casi en pleno (twittósfera incluída). Es una saludable señal. Creo que la única forma de lograr un cambio (en el sentido que sea) es empezar a discutir estos temas, lograr que la mayor cantidad de gente se involucre expresando su parecer, colar este tema en la agenda pública de los próximos meses y, ojalá, de la próxima campaña electoral. Espero que este debate se continúe enriqueciendo.

Ahora me gustaría contar tres historias. Tres historias que parecen sacadas de una novela de ciencia ficción pero que son absolutamente reales e ilustran, a mi parecer, el despropósito en el que ha terminado por convertirse la estricta aplicación de los cuerpos normativos sobre derechos de autor. Lo peor es que todas han sucedido hace menos de seis meses.

En octubre de 2008, la banda Deep Purple dio un concierto en Rusia en el marco de su gira Rapture of the Deep World Tour. Unos días después, recibió un aviso de la Sociedad de Autores de Rusia (NGO – Sociedad de Gestión Colectiva) en el que se multaba a la banda por no haber obtenido previamente una licencia para la ejecución de sus propios temas. Hace unas pocas semanas, un juez ruso confirmó la “infracción” y ordenó a la banda el pago de una cifra equivalente a casi mil dólares. En el colmo de la esquizofrenia, el estatuto señala que dicho monto servirá para “resarcir” a los compositores afectados por la infracción (es decir, a la propia banda). Aunque de él se deducirá un porcentaje que corresponde a la Sociedad de Gestión por los gastos incurridos en su labor de gestión. Osea que no solo son multados por ejecutar sus propias canciones, sino que además tiene que pagarle un adicional a la Sociedad de Gestión por tan buen trabajo. Alucinante.

Muchos lo vimos en los diarios. Barack Obama visitó hace unos meses a la Reina Elizabeth II de Inglaterra. Muy a su estilo, le llevó de regalo un iPod que contenía unas treinta canciones de los más aclamados musicales de Broadway. Este solo hecho, largamente típico en nuestra vida cotidiana, levantó bastantes interrogantes y demostró que nuestro sistema de licencias y derechos de autor no sabe aún adecuarse a los tiempos actuales. Sabemos que Obama o alguno de sus asistentes compró estas canciones a través de iTunes Store. Dado que los términos de uso de la tienda no indican si es que podemos disponer de ellas como queramos o si estamos sujetos a una licencia de uso estrictamente personal, la sola copia de esas canciones a un iPod podría configurar una infracción. Debemos recordar que las Oficinas de Derechos de Autor en todo el mundo han insistido en que, en el caso de obras contenidas en archivos, no existe una propiedad directa sobre el soporte (como en los CDs) sino solo una licencia de uso de la obra bajo ciertos términos. Peor aún, regalar el soporte físico en el cual hemos hecho la copia a un tercero (la Reina) podría configurar una distinta. Y ni hablar de lo que suceda cuando este tercero conecte el iPod a su propia computadora y pueda realizar copias de esas canciones a otros dispositivos. Fred von Lohmann de la Electronic Frontier Foundation utiliza este ejemplo para ilustrar cómo las leyes sobre derechos de autor resultan a veces tan anacrónicas y complejas que ni siquiera el Presidente de los Estados Unidos o la Reina de Inglaterra tienen idea de cómo diablos funcionan.

A la fecha, solo existen dos casos con pronunciamiento judicial en los que se han impuesto multas por infracción a los derechos de autor a través de redes P2P. Una madre de cuatro hijos, Jammie Thomas-Rasset, fue encontrada culpable de infringir los derechos de autor de veinticuatro (24) canciones y recientemente multada a pagar casi dos millones de dólares (Capitol v. Thomas). De la misma manera, el último viernes una Corte Federal de Massachusets ha dispuesto que el estudiante Joel Tenenbaun deberá pagarle un total de $675,00 a la Recording Industry Association of America (RIAA) por haber descargado y distribuido treinta canciones a través de la red KaZaA durante el año 2004 (RIAA v. Tenenbaum). El estudiante universitario de veinticinco años había admitido durante el proceso que deliberadamente había descargado y compartido las canciones. Su defensa, a cargo del profesor de Harvard Charles Nesson, se basaba en que ello constituía un fair use o uso permitido de las obras protegidas. La industria discográfica se esmera en señalar que estas, por sobretodo, son victorias morales, que educarán a la gente sobre lo que está bien y lo que está mal hacer con Internet. Yo creo que lo único que nos dejan es una radiografía de la pataleta tremenda que se han montado por no querer abrir los ojos a un nueva forma de entender el mercado. ¿Se vendrán más manotazos de ahogado?

Foto por Arguez, CC BY-NC-SA

Compensación por copia privada: estado del arte

Para no perder el hilo y seguir dándole a la madeja a ver que cosa sacamos, seguimos con el tema de la Compensación por Copia Privada. Sin embargo, esta vez no haremos un comentario respecto de alguno de los últimos acontecimientos -a los que reservaremos un respectivo post- sino para hacer un recuento de lo que hasta el momento ha aparecido sobre el tema, tanto en la blogosfera nacional como en la prensa peruana. No estarán todos los que son pero intentaremos no dejar a nadie en el camino, -o se dice en el tintero-.

Empezaremos, como corresponde, por nosotros que hemos dedicado varios posts al tema:

Habemus canon digitalis

Compensación por copia privada y eficiencia económica

Compensación por copia… In the beginning

¡Arde Troya!

Sin embargo, hemos de reconocer que el debate lo generó Ocram. Así tenemos, primero en Perú 21:

Armando Massé contra la nueva ola

Corsarios versus piratas

Y también en Utero:

¿Quién le teme a APDAYC?

No se puede dejar de lado a elmorsa y su no blog:

La ofensiva contrapirata

Viernes Digital 007

Massé, el aceitoso

La opinión de la industria también es relevante, aunque hasta el momento sólo podamos contar con dos raquíticos comentarios de Massé:

No hay peor ciego…

Un Marco sin fuentes

Hay más. Recomendable también es el post que publica en su casi un blog Eduardo Villanueva:

¿Derecho a la propiedad o la cultura?

No son los únicos comentarios que encontramos en la web, también hemos podido revisar:

En Cámara de Gas

Massé contra el mundo

En Cholorock

Armando Massé delira

Armando se Massera

En Manzarock

…¡¡apdayc no!!

En Caviar de Cianuro

Ese mounstruo llamado APDAYC

En El Blog de Oscar Gallo

En el Día de Internet: Todos somos piratas

En Economía de los Mil Demonios

Y nadie nos quitará lo pirateado

En Invazor C

Los dinosaurios no quieren desaparecer,

En Residentes del Mal

Apdayc y el efecto Massé

En Desde el Tercer Piso

¿Que ondas con la Apdayc?

Por el momento es lo que hemos encontrado, sin embargo, prometo seguir buscando a ver si encuentro a alguien que esté a favor de la posición de Massé.

¡Arde Troya!

En un blog anterior (Compensación por copia privada y eficiencia económica) comentamos cómo la imposición de la compensación en el Perú no interesaba prácticamente a nadie. Esta afirmación la hacíamos en la medida que la prensa y la blogosfera nacionales apenas habían dedicado tinta -o bites, según sea el caso- al tema. La única referencia era un raquítico artículo que Armando Massé publicó en La República (No hay peor ciego…).

Sin embargo, de un tiempo a esta parte la discusión parece haberse acentuado y tanto la prensa como la blogosfera dedican algunos espacios al asunto, hasta el punto que se ha desatado una polémica entre los que se oponen a este cobro y Armando Massé, que lo defiende a capa y espada.

Todo esto comenzó con elmorsa y un post (La ofensiva contrapirata) en mayo, luego aparece en Perú 21 un artículo donde Ocram cuestiona la posición de Massé (Armando Massé contra la nueva ola) a mediados de julio.

Ocram concluye su columna con un párrafo que bien sintetiza su posición sobre el particular:

«Tanto el canon digital como la criminalización de la copia sin fines de lucro son manotazos de ahogado frente a la verdadera nueva ola: toda esa producción cultural generada gracias a las nuevas tecnologías. Convendría que Massé busque en Google la conferencia en TED Talks de Lawrence Lessig, catedrático de Derecho en Stanford y fundador de Creative Commons. Le ahorramos el trabajo: está aquí abajito. Se trata de una explicación sumamente sencilla de cómo nunca antes la cultura estuvo más alcance de cualquiera. Mejor aún: ahora cualquiera puede apropiarse de la cultura, transformarla, producir creaciones originales, difundirlas por todo el mundo para que cualquier otro se apropie de ella y vuelva a iniciarse el círculo. Ésta es la verdadera nueva ola. Resistirse a ella sólo es garantía de terminar revolcado.»

Massé contraataca, como no en La República -eso de los diarios y sus ideologías parece cosa de otras latitudes-, con un artículo (Un Marco sin fuentes) del 21 de julio. Para Massé, Perú21 dedica media página a hacer apoogía de un delito que viola una serie de convenios suscritos por el Estado Peruano, y equipara a la actividad que consiste en vender una copia pirata en El Hueco, con el diseño de celulares por parte de las transnacionales con gran capacidad de almacenamiento de datos y la promoción de descargas P2P por parte de estas empresas.

Ocram contesta en su blog (¿Quién le teme a APDAYC?) fustigando a Massé.

Creo que la columna de Massé en La República, como bien apunta Ocram en su blog, apenas merece citarse. Lo cual sinceramente es una lástima porque sería importante que la industria pudiera decir algunas cosas inteligentes sobre el tema. Resulta penoso que tanto estudio y maestría en universidades extranjeras -como el propio Massé publicita (No hay peor ciego…)- no le permitan sustentar de forma decente su posición sobre la materia que defiende.

Sólo dos comentarios a la columna de Massé. No se puede asimilar vender CDs piratas en El Hueco a bajar música a través de redes P2P, hacerlo -además de una falacia-, es sacar las cosas de quicio, pues mientras que la primera es una práctica absolutamente deleznable la segunda tiene tantos matices que incluso se podría cuestionar su posible ilegalidad.

Estimo que antes de discutir si la Compensación por Copia Privada es una medida plausible debiéramos exigir que por lo menos que quienes la defienden -y lograron imponerla- nos digan cuál fue el análisis realizado para impulsar tal medida.

Me gustaría saber cuál es, por ejemplo, el daño estimado para la industria del entretenimiento que genera la importación de CDs, DVDs y equipos de almacenamiento de datos. También estoy esperando, cuánto es lo que pretenden recaudar con esta compensación y cómo es que se van a paliar sus efectos negativos en el bienestar de los consumidores. Finalmente, estimaría importante que se dijera por qué sí es pertinente esta compensación y no se toman otras medidas similares como un canon remunerativo a la importación de fotocopiadoras, al papel bond que las alimenta o a los operadores de telecomunicaciones por los servicios de banda ancha que ofrecen.

Sin embargo, gracias al desorden administrativo en el que viven las Sociedades de Gestión Colectiva en el Perú, no tendremos compensación por el momento, habrá que ver si se organizan antes que Massé haga lo propio con sus ideas.