Internet para un buen guiso de lentejas

Cuando apareció Internet se nos prometía un mundo mejor, se adelantaba la muerte de la distancia y se ofrecía la llegada de una nueva economía. Sin embargo, aunque muchas de estas promesas se han materializado, los medios de comunicación tradicionales (de martillo y mortero) y los virtuales (web 2.0) notician el día a día de otra forma. Pareciera que el mundo prometido sólo se circunscribe a la aparición constante de un paquete de herramientas para el disfrute edonista de un grupo de afortunados geeks.

Como ejemplo, basta ver cómo se han sucedido las noticias por el lanzamiento del iPad de Apple, un consumidor de contenidos interactivo que parece ser la apuesta de Jobs contra el Kindle de Amazon. No se ha hablado de otra cosa, incluso la salida en sociedad de este cacharro mereció más atención que el discurso del presidente Obama sobre el Estado de la Unión (Mashable: Steve Jobs vs. Obama: Who Got the Bigger Buzz?). La prensa tradicional y la 2.0 parecían calcadas. Lo cual no deja de tener sentido, si el dinero está en la publicidad no existe razón para comentar cómo Internet es útil en un pueblecito del Congo o si sirve para hacer más eficiente la comercialización de café en el valle del Chanchamayo.

Sin embargo, siempre hay algún asintónico que nos informa cómo las nuevas tecnologías ayudan a mejorar los mercados y a superar el problema de la pobreza. Gracias a The Economist (Worth a hill of soyabeans) sabemos que recientes estudios macroeconómicos sugieren que Internet y la telefonía móvil están impulsando el crecimiento económico y cómo este efecto es mayor en los países en desarrollo.

En un estudio publicado en 2009, Christine Zhen-Wei-Qiang del Banco Mundial  encontró que un incremento de diez puntos porcentuales en la teledensidad móvil genera un mayor crecimiento del PIB per cápita de 0,8 puntos porcentuales en un país en desarrollo. Para el acceso a Internet vía dial up, las cifras fueron de 1,1 y, si el acceso era de banda ancha, 1,4 puntos porcentuales.

The Economist cita también el caso del precio del pescado en la costa de Kerala en la India entre 1997 y 2001. Robert Jensen, de la Universidad de Harvard (The Digital Provide: Information (Technology), Market Performance, and Welfare in the South Indian Fisheries Sector), demostró que la telefonía móvil permitió una mayor eficiencia en las capturas, una reducción de los precios en un 4 por ciento y un aumento de las ganancias de los pescadores en un 8 por ciento.

En otra experiencia, Jenny Aker de la Universidad de Berkeley (Does Digital Divide or Provide? The Impact of Cell Phones on Grain Markets in Niger), analizó los mercados de cereales en Níger. Encontró que luego de la introducción de la telefonía móvil (2001 y 2006) se redujeron las variaciones de precios entre los distintos mercados. Esta estabilidad redujo los costos de transacción, generó menores precios para los consumidores y mayores para los comerciantes.

Finalmente, Aparajita Goyal del Banco Mundial ha realizado un estudio (Information Technology and Rural Market Performance in Central India) sobre la introducción de cabinas de Internet en la región india de Madhya Pradesh. En esta región los agricultores venden la soya a los intermediarios en mercados regulados llamados mandis, un sistema creado para evitar los abusos de los especuladores. ITC Limited, uno de los mayores compradores de soya, introdujo una red de quioscos de Internet, llamados e-Choupal. A fines de 2004 había instalado 1,704 de ellos. En estos quioscos se obtiene información agraria de interés, como el precio pagado por la soya en los diferentes mandis o las previsiones meteorológicas. De esta forma los agricultores pueden comprobar si los precios locales se ajustan a los de los demás mercados, estabilizándolos y eliminando, de esta forma, la posibilidad de abuso por parte de los especuladores.

Estas experiencias revelan lo que pueden hacer las nuevas tecnologías para regular los mercados y luchar contra la pobreza.

Alentado por estas experiencias me puse a buscar estudios similares para el caso peruano. Como sabemos, en el Perú existen numerosas iniciativas para ampliar la cobertura de telefonía móvil en zonas rurales y brindar acceso a Internet a comunidades alejadas (Banda Ancha para Localidades Aisladas). Qué encontré. No mucho. Un Informe de la Defensoría del Pueblo (Informe Defensorial Nº 117, El Desafio de la telefonía rural: una mirada desde los ciudadanos), algunas presentaciones y un paper del año 1996 en la web de FITEL (Fondo de Inversión en Telecomunicaciones) sobre el desarrollo de la telefonía rural en el Perú. En Osiptel nada -desde que cambió el diseño de su web es casi nada lo que se puede encontrar en ella- y en la del MTC lo mismo.

Ignoro cuál es la razón por la cual las autoridades, universidades o centros de investigación en el Perú no realizan investigaciones sobre el desempeño de las inversiones públicas. Sería interesante saber cual fue la evolución económica de las localidades que fueron dotadas de infraestructuras con fondos públicos y cómo es que éstas sirvieron para apalancar modelos de negocio locales. Esta información permitiría obtener la rentabilidad social de los proyectos ejecutados y afinar los modelos de inversión, lo cual incentivaría a que las ONGs y empresas privadas se animaran a desarrollar proyectos similares. Pero según entienden algunos su tarea se acaba con la entrega del dinero y la construcción e implementación de la obra.

Control social o “linchamiento” 2.0

El día de ayer, aproximadamente a las 7:30 p.m., a través del twitter el periodista Roberto Bustamante (@elmorsa) nos informó de la existencia de un video en el que un grupo de menores se divertían destruyendo la Huaca del Dragón en Chan Chan.

Esta noticia fue publicada por Roberto en su página web y recogida de inmediato por Lamula.pe mientras se generaba la inmediata reacción de la twitosfera peruana exigiendo sanciones para los culpables de este atentado.

Casi inmediatamente, el video fue eliminado de la cuenta de Youtube en la que se encontraba originalmente. Sin embargo, algunos tuiteros guardaron copia del video y lo volvieron a colgar en Youtube. Mientras tanto, otros tuiteros, revisaron la filmografía de los menores en Youtube y encontraron un video desde el que copiaron una foto de todos los partícipes. Otras fotos se colgaron en twitpic.

Al mismo tiempo, la tuitosfera y la página del que colgó el video se llenaron de insultos y amenazas contra los causantes del destrozo. Algunos tuiteros descubrieron, además,  el colegio al que pertenecían estos muchachos.

Anoche, la noticia rebotó en 90 segundos y a las 2 de la mañana, probablemente atormentado por la exposición que el caso había alcanzado, uno de ellos pidió disculpas a través de su cuenta en Twitter.

Finalmente, el día de hoy, el director del colegio al que pertenecían hizo públicos los nombres de los alumnos que dañaron las ruinas durante su viaje de promoción y el Viceministro de Educación, Idel Vexler, anunció que los estudiantes serían sancionados con la “retención de sus certificados de estudios”.

Resulta muy interesante la rapidez con la que las redes sociales, cumpliendo un rol de control social (similar al que corresponde a la prensa), hicieron eco de esta noticia, obtuvieron las pruebas necesarias, difundieron el hecho y, finalmente, lograron la sanción a los culpables.

No es propósito de este artículo defender ni menos aún, justificar, la execrable acción cometida contra nuestro patrimonio cultural ni impedir la implacable aplicación de las sanciones que correspondan a los culpables; pero, como abogado, debo resaltar algunas cosas sobre las que he tenido oportunidad de reflexionar en estas horas respecto a este caso.

He utilizado la palabra “rapidez”, en lugar de la palabra “eficacia”, pues –en un Estado de Derecho como el que vivimos—el cargamontón o linchamiento de alguien a quien consideramos culpable no resulta aceptable. Por el contrario, para vivir en sociedad, los seres humanos hemos establecido ciertos límites que cumplir y ciertos derechos que respetar antes de determinar la culpabilidad de una persona. Por ello es que se crean las normas y procedimientos, finalmente queremos que exista seguridad jurídica también en el juzgamiento de las faltas o delitos.

En este caso en particular, el público (quizá motivado por la naturaleza de las infracciones y el hecho de que los mismos autores hubieran colgado el video como un trofeo de sus tropelías) inició un ataque masivo y furibundo contra los desadaptados adolescentes. Casi como un linchamiento “justificado” por la inacción de las autoridades y la ausencia de sanción contra los causantes de la inseguridad, violencia y falta de respeto por los demás que diariamente tenemos que soportar los peruanos.

Me preocupa que toda esa violencia genere otra violencia en la forma de un juzgamiento masivo sin presunción de inocencia, sin derecho a la defensa, sin debido proceso, y, principalmente, sin la protección que corresponde a los niños y adolescentes. En efecto, conforme a lo dispuesto por el artículo sexto del Código de los Niños y Adolescentes: “… cuando un niño o adolescente se encuentren involucrados como víctimas, autores, partícipes o testigos de una infracción, falta o delito, no se publicará su identidad ni su imagen a través de los medios de comunicación…

Podremos discutir si las cuentas de los usuarios Facebook, Youtube, Twitter o Twitpic son o no son medios de comunicación. Podremos discutir si publicar las imágenes y nombres de los estudiantes involucrados constituye el ejercicio de la libertad de opinión de los antes referidos usuarios. Podremos discutir acerca de las razones o justificativos que pueden hacer que nuestra sociedad responda buscando el linchamiento de los culpables. Pero, lo que no entiendo es como pueden el Viceministro de Educación, el Director del Colegio y algunos medios de comunicación “tradicionales” publicar las imágenes o nombres de estos pandilleros sin tener en cuenta la legislación que están obligados a cumplir.

Sin que ello implique que abogamos por la impasividad o que buscamos que los peruanos dejemos de denunciar las faltas o delitos que nos afectan o que presenciamos; no dejemos que la desesperación nos obligue a buscar la justicia por nuestras propias manos.

Control social o “linchamiento” 2.0

El día de ayer, aproximadamente a las 7:30 p.m., a través del twitter el periodista Roberto Bustamante (@elmorsa) nos informó de la existencia de un video en el que un grupo de menores se divertían destruyendo la Huaca del Dragón en Chan Chan.

Esta noticia fue publicada por Roberto en su página web y recogida de inmediato por Lamula.pe mientras se generaba la inmediata reacción de la twitosfera peruana exigiendo sanciones para los culpables de este atentado.

Casi inmediatamente, el video fue eliminado de la cuenta de Youtube en la que se encontraba originalmente. Sin embargo, algunos tuiteros guardaron copia del video y lo volvieron a colgar en Youtube. Mientras tanto, otros tuiteros, revisaron la filmografía de los menores en Youtube y encontraron un video desde el que copiaron una foto de todos los partícipes. Otras fotos se colgaron en twitpic.

Al mismo tiempo, la tuitosfera y la página del que colgó el video se llenaron de insultos y amenazas contra los causantes del destrozo. Algunos tuiteros descubrieron, además,  el colegio al que pertenecían estos muchachos.

Anoche, la noticia rebotó en 90 segundos y a las 2 de la mañana, probablemente atormentado por la exposición que el caso había alcanzado, uno de ellos pidió disculpas a través de su cuenta en Twitter.

Finalmente, el día de hoy, el director del colegio al que pertenecían hizo públicos los nombres de los alumnos que dañaron las ruinas durante su viaje de promoción y el Viceministro de Educación, Idel Vexler, anunció que los estudiantes serían sancionados con la “retención de sus certificados de estudios”.

Resulta muy interesante la rapidez con la que las redes sociales, cumpliendo un rol de control social (similar al que corresponde a la prensa), hicieron eco de esta noticia, obtuvieron las pruebas necesarias, difundieron el hecho y, finalmente, lograron la sanción a los culpables.

No es propósito de este artículo defender ni menos aún, justificar, la execrable acción cometida contra nuestro patrimonio cultural ni impedir la implacable aplicación de las sanciones que correspondan a los culpables; pero, como abogado, debo resaltar algunas cosas sobre las que he tenido oportunidad de reflexionar en estas horas respecto a este caso.

He utilizado la palabra “rapidez”, en lugar de la palabra “eficacia”, pues –en un Estado de Derecho como el que vivimos—el cargamontón o linchamiento de alguien a quien consideramos culpable no resulta aceptable. Por el contrario, para vivir en sociedad, los seres humanos hemos establecido ciertos límites que cumplir y ciertos derechos que respetar antes de determinar la culpabilidad de una persona. Por ello es que se crean las normas y procedimientos, finalmente queremos que exista seguridad jurídica también en el juzgamiento de las faltas o delitos.

En este caso en particular, el público (quizá motivado por la naturaleza de las infracciones y el hecho de que los mismos autores hubieran colgado el video como un trofeo de sus tropelías) inició un ataque masivo y furibundo contra los desadaptados adolescentes. Casi como un linchamiento “justificado” por la inacción de las autoridades y la ausencia de sanción contra los causantes de la inseguridad, violencia y falta de respeto por los demás que diariamente tenemos que soportar los peruanos.

Me preocupa que toda esa violencia genere otra violencia en la forma de un juzgamiento masivo sin presunción de inocencia, sin derecho a la defensa, sin debido proceso, y, principalmente, sin la protección que corresponde a los niños y adolescentes. En efecto, conforme a lo dispuesto por el artículo sexto del Código de los Niños y Adolescentes: “… cuando un niño o adolescente se encuentren involucrados como víctimas, autores, partícipes o testigos de una infracción, falta o delito, no se publicará su identidad ni su imagen a través de los medios de comunicación…

Podremos discutir si las cuentas de los usuarios Facebook, Youtube, Twitter o Twitpic son o no son medios de comunicación. Podremos discutir si publicar las imágenes y nombres de los estudiantes involucrados constituye el ejercicio de la libertad de opinión de los antes referidos usuarios. Podremos discutir acerca de las razones o justificativos que pueden hacer que nuestra sociedad responda buscando el linchamiento de los culpables. Pero, lo que no entiendo es como pueden el Viceministro de Educación, el Director del Colegio y algunos medios de comunicación “tradicionales” publicar las imágenes o nombres de estos pandilleros sin tener en cuenta la legislación que están obligados a cumplir.

Sin que ello implique que abogamos por la impasividad o que buscamos que los peruanos dejemos de denunciar las faltas o delitos que nos afectan o que presenciamos; no dejemos que la desesperación nos obligue a buscar la justicia por nuestras propias manos.

Una biblioteca en las manos

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Los abogados usualmente nos hemos caracterizado por ser una profesión que se desenvuelve rodeada de papeles, nuestro trabajo se sustenta normalmente en el uso de papeles, las pruebas de los juicios son generalmente papeles físicos. Injustamente, algunos hasta nos tildan de papelucheros sin la previa verificación de que el sistema o el mundo jurídico en los que nos desenvolvemos nos exijan guardar en papel todos los pasos que vamos dando en cualquier negocio, proceso judicial o informe.

Habemos algunos que tratamos de digitalizar nuestra actuación profesional manteniendo archivos electrónicos de nuestro trabajo pero, mientras las autoridades den mas peso al papel que a los archivos digitales, ésta será una lucha ardua. Inclusive, en el trabajo diario discrepo constantemente con colegas que aman archivar todo papel que encuentran en su camino—así sean sus propias notas—para tenerlos a la mano llegado el momento (…que nunca llega).

En ese sentido (y para efectos de este pequeño artículo), me atrevo a proponer que en nuestro discurrir diario encontramos, tentativa y preliminarmente, tres clases de documentos: (1) documentos de trabajo (incluye borradores, notas, informes, opiniones, etc.); (2) documentos con valor probatorio (incluyendo documentos emitidos por autoridades, contratos originales, cartas, tirulos valores, etc.); y, (3) documentos de consulta (incluye libros, revistas, jurisprudencia, etc.).

No es propósito de este artículo pronunciarme sobre los dos primeros pues entiendo que hay profesionales mucho mas capacitados que yo para opinar (i) sobre materia de archivo documental y las herramientas que pueden hacer que los documentos de trabajo puedan mantenerse en un formato digital que a la vez sea accesible (oportuna y eficientemente) para todos los que lo necesitan así como (ii) sobre normas, doctrina, y jurisprudencia relacionada con el valor jurídico de los documentos electrónicos y la firma digital.

En esta oportunidad quería referirme a los libros y documentos similares que el imaginario popular asocia inexorablemente con los abogados y que, queramos o no, nos acompañan muy de cerca desde nuestras épocas estudiantiles. Estos compañeros que engalanan nuestras bibliotecas y que adoramos subrayar, anotar y comentar se están acercando a su extinción o, al menos, así lo cree Jeff Bezos, el mísmisimo creador de la librería mas exitosa de la historia de la humanidad –Amazon.com.

En efecto, en estas fiestas navideñas tuvimos acceso a una noticia que, según afirman algunos videntes, sería el inicio del fin de los libros de papel y es que el Kindle batió un record y, por primera vez, los libros electrónicos opacaron a los libros de papel en las ventas de esta temporada. Conforme lo señala la sala de prensa de Amazon.com: “[…] Por primera vez, nuestros clientes compraron mas libros para Kindle que libros físicos. La tienda Kindle incluye ahora mas de 390,000 títulos y la selección más grande de los libros que la gente quiere leer […]”. Ojo, el Nook de Barnes & Noble se agotó para navidad y anunciaron que no volverían a reponerlo hasta el próximo año

Esta noticia fue comentada por algunos en twitter y se generó una pequeña (aunque ya tradicional) discusión “libro físico vs. libro electrónico” en la que ambas partes plantearon sus argumentos a favor o en contra de dichos soportes; aunque finalmente quedo claro que los libros electrónicos no tienen nada que envidiar a los libros físicos pues nos permiten hacer con ellos prácticamente todo a lo que estamos acostumbrados con éstos. Es decir, se puede leer bajo el sol, se pueden marcar páginas, hacer anotaciones, subrayar texto, comentar, etc. (sin contar aquellas cosas que sólo se pueden hacer en los electrónicos: consultar diccionario interactivo, acceder a wikipedia, descargar otros libros, etc.).

El día de hoy leo una entrevista a Bezos en la que, preguntado acerca del fin de los libros en papel, sentencia que éstos van camino a la extinción. Señala, “tu sabes que a todos nos gusta las historias de amor, la narrativa, perdernos en el mundo del autor. Esto no va a cambiar, esto va a continuar. Pero el libro físico ha tenido una existencia de 500 años. Es probablemente la tecnología mas exitosa de la historia.[…] Sin embargo, no existe tecnología, ni siquiera una tan elegante como el libro, que dure para siempre.”

En un artículo anterior, comentábamos acerca de la necesidad de que los abogados nos mantengamos actualizados con las nuevas tecnologías y aprendamos a sacar el máximo provecho de las herramientas con las que ahora contamos. Creemos que el libro electrónico será, sin duda, una de ellas así que tendremos que prepararnos tal como viene haciendo el Practicing Law Institute en Estados Unidos. En un reporte de Geeklawblog se informa que los estudios de abogados en ese país ya están entregando Kindles cargados con el National Reporter, el US Code, CFR y el Federal Register a sus abogados y paralegales. En palabras del representante del estudio “hace mas sentido permitir a nuestros abogados una biblioteca portátil al alcance de sus manos.”

El kindle ya está disponible para el Perú pero, mientras Amazon obtiene las licencias correspondientes, la biblioteca a la que podremos tener acceso es todavía limitada aunque nos prometen todos los esfuerzos para equipararla a la oferta en los Estados Unidos. Inicialmente, el browser no estará disponible en nuestro país aunque tendremos acceso a Wikipedia y podremos comprar libros online. El problema ahora es el contenido …. habrá alguien pensando en hacer disponible contenido legal peruano para facilitar nuestro trabajo???

Comunicación y poder

Comunicación y poder (hay edición en inglés: Communication Power) es el último trabajo del sociólogo albaceteño Manuel Castells.

Castells es uno de los más importantes teóricos de la sociedad de la información. Su principal aporte, la sociedad red, se nos presenta como una superestructura (no son extrañas las referencias al análisis marxista) interactiva para la transmisión de información y organización del entorno social. He tenido la oportunidad de leer los altamente recomendables «La Galaxia Internet. Reflexiones sobre Internet, empresa y sociedad» y la monumental trilogía, «La era de la Información»: «La Sociedad Red«, «El poder de la identidad» y «Fin del Milenio«.

Como ocurre con este tipo de publicaciones, para revisar «Comunicación y poder» tendremos que esperar a que alguien nos traiga el título desde España, lo compre alguna universidad local o que Crisol importe un par de ejemplares. Es por esta razón que los comentarios de esta entrada son de segunda mano o de un artículo seminal del autor publicado en el International Journal of Communication (Communication, Power and Counter-power in the Network Society).

Para Christian Fuchs (Some Reflections on Manuel Castells’ Book “Communication Power”) de la Universidad de Salzburgo la finalidad que Castells impone al libro, es responder a la siguiente inquietud: ¿Dónde reside el poder en la sociedad red global? Es decir, trata de demostrar que la comunicación es el poder central en la sociedad contemporánea.

Castells analiza lo que denomina la sociedad red desde la perspectiva del poder y cree que las redes (globales y sociales) mediante las redes mundiales de comunicación digital son la fuente de poder y contrapoder. Esta relación se ejerce desde la contradicción entre las redes de comunicación tradicionales y lo que él llama la «audiencia creativa», que trata de establecer un control ciudadano de Internet sin la participación de las empresas.

La forma primordial de poder en la sociedad en red, se ejerce a través de los programadores y enlaces. Los programadores tienen el poder «para constituir la red, y para programar / reprogramarla de acuerdo con los objetivos asignados«. Los enlaces tienen el poder de «conectar y asegurar la cooperación de las diferentes redes, compartiendo objetivos comunes combinando recursos, mientras que se defienden de la competencia de otras redes mediante el establecimiento de una cooperación estratégica«. Castells da numerosos ejemplos de «programación» y «reprogramación» de redes con el fin de establecer esquemas de poder y contrapoder.

Sin embargo, el trabajo de Castells también ha recibido algunas críticas. En opinión de Jan van Dijk de la Universidad de Twente (Are Communication Networks Mainly Liberating?) los casos de estudio no demostrarían de manera convincente la tesis de Castells. Ello en la medida que no aporta información detallada sobre las redes científicas, activistas y celebridades que habrían impuesto sus tesis en los medios de comunicación tradicionales. Para van Dijk la opinión pública y la iniciativa de los medios desempeñan un papel tan importante como el de la audiencia creativa. Las organizaciones del tipo del movimiento anti-globalización -muy activos en Internet- ya han demostrado su escaso poder. Cuando su momento parecía haber llegado con ocasión de la crisis financiera mundial, el colectivo estuvo prácticamente ausente en los medios y en la calles.

Un SMS llamando a una movilización contra el gobierno de Aznar, contribuyó a la derrota electoral del Partido Popular en el 2004. Sin embargo, algunos de los viejos medios (periódicos y emisoras de radio) también desempeñaron un papel importante en la denuncia pública. El papel de Internet en la campaña electoral de Obama parece también exagerado. Obama no ganó la presidencia de los Estados Unidos sólo gracias a Internet, sino como una reacción a la crisis financiera que explotó apenas dos meses antes de las elecciones.

Claramente, Internet y otros medios digitales son cada vez más importantes. Sin embargo, el trabajo de Castells también demuestra lo contrario: el control de los medios de comunicación es muy importante para los gobiernos y sus intentos por censurar a los medios de comunicación nuevos es una evidencia de ello. Van Dijk considera inaceptable hablar del poder de las redes de comunicación sin tratar de la privacidad, la seguridad y la vigilancia. Los registros y el control centralizado son importantes en las redes de poder.

Finalmente, otro tema que habría ignorado Castells, tenemos a la brecha digital y la falta de competencias digitales, situación que afecta a la mitad de los usuarios de Internet. El potencial liberador de Internet se ve desde otro punto de vista cuando su uso sólo sirve para reforzar a las élites y encontramos enormes problemas de grandes sectores de la población para participar en estos debates.

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Los mejores libros del 2009

En diciembre del año pasado reprodujimos un extracto de una entrada de Adam Thierer en The Techonology Liberation Front (Los mejores libros del 2008). Convertido en un clásico de Blawyer repetimos la selección que Thierer hace para este año (The 10 Most Important Info-Tech Policy Books of 2009). Lamentablemente sólo he podido encontrar uno de ellos en línea y otro traducido al español. Reproducimos la lista:

(1) Chris Anderson – Free: The Future of a Radical Price. [crónica del artículo base: En el mundo del todo es gratis, Microsoft ¿Un pionero?].

(2) Larry Downes – The Laws of Disruption: Chaos and Control in Your Virtual Future.

(3) Dawn C. Nunziato – Virtual Freedom: Net Neutrality and Free Speech in the Internet Age.

(4) David Bollier – Viral Spiral: How the Commoners Built a Digital Republic of Their Own.

(5) David Post – In Search of Jefferson’s Moose: Notes on the State of Cyberspace.

(6) Dennis Baron – A Better Pencil: Readers, Writers, and the Digital Revolution.

(7) Mark Helprin – Digital Barbarism: A Writer’s Manifesto.

(8) William Patry – Moral Panics and the Copyright Wars.

(9) Gary Reback – Free the Market! Why Only Government Can Keep the Marketplace Competitive.

(10) Tyler Cowen – Create Your Own Economy: The Path to Prosperity in a Disordered World y John Freeman – The Tyranny of E-Mail: The Four-Thousand-Year Journey to Your Inbox.

Mención destacada: Manuel Castells – Communication Power (Comunicación y poder, Alianza Editorial, Madrid: 2009); James Boyle – The Public Domain: Enclosing the Commons of the Mind (disponible en línea) [nuestra crónica: El movimiento de cercamiento y el dominio público]; Randall Stross – Planet Google: One Company’s Audacious Plan to Organize Everything We Know; Ken Auletta – Googled: The End of the World As We Know It; Scott Rosenberg- Say Everything: How Blogging Began, What It’s Becoming, and Why It Matters; John W. Dozier Jr. and Sue Scheff – Google Bomb.

De César Vallejo a la ética en días de Facebook

Esta entrada se debiera titular: «En La Florida, los jueces no pueden aceptar como amigos en Facebook a abogados litigantes«, pero era un nombre muy largo y decidí por algo más breve aunque dijera menos. La entrada es sobre jueces y cómo es que se entiende la ética judicial desde las dos orillas del Río Grade. Pero antes, giremos hacia atrás algunos decenios.

En mayo de 1920, César Vallejo (1892 – 1938) regresa a Santiago de Chuco. Apenas unos meses después ya andaba metido en problemas. En agosto, desconocidos incendian y saquean la casa de la familia Santamaría ubicada en el pueblo. Nuestro crédito nacional es acusado de participar en el suceso y va a parar a la cárcel de Trujillo donde permanece enjaulado 112 días entre 1920 y 1921. Durante ese tiempo, como Cervantes, Marco Polo o Sade, Vallejo se dedica a escribir los poemas de Trilce.

Noventa años después, una universidad peruana decide «desagraviar» al poeta, y no sólo eso, estima que este acto debe hacerse no en los claustros limeños o en la tierra de Vallejo. No, debe hacerse a todo pasto a los pies de su tumba en París. El homenaje se realizó en la Casa de América Latina (Maison de l’Amérique Latine) de la ciudad del Sena. Como fue nuestro Poder Judicial el que encauzó y condenó a Vallejo, se invita a participar de la ceremonia parisina a dos vocales de la Corte Suprema.

Que la Universidad Alas Peruanas decida y realice este descabellado fasto parisino no tiene más importancia que la de evidenciar los delirios de quienes la dirigen. Sin embargo, no es tan anecdótico cuando se revela que esta institución discute más de un centenar de procesos ante el Poder Judicial y solventó los gastos de viaje y estadía, no sólo de los magistrados supremos, sino también de sus esposas. No parece por tanto que nos encontremos ante un accionar muy ético, por decir lo menos (la noticia en El Comercio y José Miguel Cárdenas en enfoqueDERECHO).

Casi al mismo tiempo que nuestros vocales supremos viajaban a París gracias a la generosidad de un litigante, en los Estados Unidos el Comité Asesor de Ética Judicial (Judicial Ethics Advisory Committee) de la Corte Suprema de la Florida discutía como debían proceder los magistrados frente a las redes sociales como Facebook, MySpace o LinkedIn.

Producto de estas deliberaciones el Comité decidió que los jueces con página abierta en una de estas redes sociales deben evitar aceptar como «amigos» a abogados litigantes. Tampoco los jueces pueden ser «amigos» virtuales de abogados.

El razonamiento que se esconde detrás de esta proscripción es evitar que se genere la impresión que estos abogados «amigos» están en la capacidad de influenciar en las decisiones del juez. Esto último considerando que las listas de amigos tienen un importante grado de publicidad en las redes sociales.

Para el Comité, la aceptación de la solicitud de amistad de un abogado litigante viola el artículo 2B del Código de Conducta Judicial del Estado (Code of Judicial Conduct), que dice: «Un juez no prestará el prestigio del cargo judicial para promover intereses privados del juez o de terceros; un juez tampoco dará ni permitirá que otros den la impresión de que están en una posición especial para influir en el juez «.

Cuestión de matices, por el contrario sí se permite que un abogado se declare «fan» de un juez. Para el Comité ello es posible en la medida que las redes sociales no otorgan las herramientas para que el juez pueda aprobar explícitamente al litigante o la facultad de rechazarlo.

Un tema interesante, cómo responderían las autoridades judiciales locales frente a retos como el que acabo de describir. Pero antes, bien podrían registrar en los códigos limitaciones del tipo: «Un juez no se prestará al desprestigio de la carrera judicial aceptando viajes pagados con el dinero de los litigantes«.

Derechos digitales, algunas reflexiones…

Eduardo Villanueva con la lucidez de siempre publicó el pasado jueves un artículo muy interesante en su blog, mismo que recomiendo revisar, denominado «Derechos digitales: tal vez sea el momento» . En el artículo se inicia con un planteamiento muy interesante, mismo que cito a continuación: «Estamos en una etapa, globalmente hablando, muy peligrosa para el desarrollo de la vida digital. La presión desde los conglomerados de contenidos está haciendo que surgan iniciativas que pueden ser muy dañinas para nosotros, los ciudadanos que usamos la Red; estas iniciativas toman la forma de legislación agresiva en la escala nacional, o peor aún, tratados completamente opacos y aún más peligrosos en la escala multilateral. Para variar, en el Perú no tenemos política pública clara ante esto, ni mucho menos discusión pública sobre el tema. Si esperamos a que algún congresista se preocupe del tema, mejor nos mudamos a la isla de Sodor. Y si esperamos que algún organismo público se entretenga, lo más probablemente es que terminemos firmando lo que nos digan y legislando lo que sea necesario para armonizar con los tratados de libre comercio«.

En anteriores publicaciones hemos advertido que efectivamente, la respuesta del Derecho (o de los grupos de interés que promueven cambios normativos en aras de una mayor protección) frente al fenómeno digital ha sido la expedición de mayor regulación y de mayor enforcement o represión frente a la denominada «piratería digital». Los economistas nos explican que, los derechos de carácter monopólico generan efectos rentistas («rent seeking»), es decir, incentivos para prolongar el mantenimiento del privilegio legal. Al parecer ello ocurre con la propiedad intelectual, lo cual se puede apreciar con la histórica extensión de los plazos de protección del derecho de autor a lo largo del tiempo y más recientemente con la expedición de normas orientadas a brindar mayor protección a los titulares de derechos de autor en entornos digitales, entre las que destacan normas que reprimen a quien eluda el acceso autorizado a medidas de protección tecnológica sobre obras protegidas por derechos de autor y aquellas que buscan desconectar de la red a aquel internauta que sea detectado tres veces descargando contenidos protegidos por derechos de autor (three strikes law, cuyo debate es extenso en estos días en España y lo fue oportunamente en Francia cuando la norma entró en vigencia).

Nuestra posición ha sido expuesta en diversos foros en el sentido que la represión como fin en sí mismo y la estrategia de «lo que le pasó a él te puede pasar a ti» no es la mejor estrategia para enfrentar los retos de los nuevos entornos digitales, sobre todo porque los hábitos de consumo, el acceso y la portabilidad de contenidos no pueden seguir siendo medidos legalmente con la misma vara con la que se medían en tiempos analógicos, donde gran parte de las normas de derechos de autor a nivel mundial fueron concebidas y donde el negocio se basaba principalmente en el control de la copia. Hoy, gracias a la tecnología, consumimos contenidos hasta sin darnos cuenta. Por ello, es necesario entender la dinámica de la red en busca del tan deseado equilibrio entre protección y acceso. Hemos dicho también que el centro de este debate debería estar en el terreno comercial y no precisamente en el legal ya que es la industria quien debe adaptar su modelo de negocio a las nuevas necesidades del mercado y no al revés. De hecho hay muchas iniciativas sumamente creativas rondando por la red como ésta que siempre me gusta citar. Hay que aprovechar la gran  potencialidad de la red de manera inteligente, creativa y con responsabilidad.

Muy importante además es tomar en cuenta que el derecho de autor tiene una doble perspectiva. Por un lado se trata de otorgar protección a los autores y titulares de obras y por otro lado es necesario hacer posible el acceso a esas creacciones (en base a nuestra experiencia podemos decir que el enfoque respecto a la propiedad intelectual cambia notablemente cuando uno es usuario y luego se convierte en creador de contenidos o al revés). No nos encontramos frente a derechos de propiedad física sino frente a derechos con una protección distinta, exclusiva pero temporal donde el acceso a las creaciones es fundamental incluso para los propios creadores a quienes les interesa difundir su obra (¿de qué otra manera se beneficiarian económicamente?). Prueba de la importancia de dicho acceso se puede apreciar en el hecho que al vencer el plazo de protección otorgado por la ley, la obra pasa al denominado dominio público. Lo anterior no implica que bajo la bandera del proteccionismo más radical se limite el derecho de los usuarios  a acceder al conocimiento y la cultura mediante la expedición de normas irracionales y tampoco que, bajo la bandera del acceso a la cultura, se fomente la utilización no autorizada de obras por sus autores o titulares. Menos aún la promoción de la denominada piratería. El autor o titular de los derechos finalmente decidirá si guarda su creación en un cajón o si decide difundirla en Internet. Si se niega a esto último habrá que respetar dicha decisión. Por otro lado si consideramos que nuestros derechos de acceso como usuarios y consumidores de propiedad intelectual se encuentran limitados, promovamos cambios normativos pero no incurramos en conductas ilegales en forma de protesta (algo que es muy común en nuestro país).

Sobre este último punto Villanueva advierte algo más importante, el hecho que no exista en nuestro país debate alguno sobre el tema, lo cual es sumamente GRAVE.  Si la discusión se concentra sólo en un lado de la balanza el tema sencillamente no funcionará. En un contexto donde dos universidades de reconocido prestigio han abierto facultades para la enseñanza profesional de la música (ver aquí y aquí), donde existe un interesante proyecto de ley sobre mecenazgo cultural en el Congreso y hablamos de la creación de un Ministerio de Cultura, donde vemos un auspicioso crecimiento del consumo y creación de productos culturales y de entretenimiento peruanos y donde algunos se animan a señalar que nos encontramos en los pininos de la conformación de una industria peruana de base cultural, el debate y la discusión en torno a la propiedad intelectual y su traslado al campo de las políticas públicas son una necesidad. Hoy más que nunca necesitamos involucrarnos activamente en dicho proceso y sobre todo escuchar las voces que normalmente no se escuchan en este debate para luego no quejarnos del «copy-pasteo» de normas ajenas a nuestra realidad.

El mismo jueves en que Eduardo publicó el artículo bajo comentario, asistí a una charla organizada por la Cámara de Comercio Americana del Perú denominada «El Talento Peruano y la Propiedad Intelectual» bajo un formato que no habiamos tenido la oportunidad de apreciar anteriormente. En nuestra opinión, destacables los testimonios de los representantes de Dolphin Films y de Jaime Cuadra quienes contaron su exitosa experiencia pese a las diversas limitaciones que lamentablemente aún presenta el mercado peruano en términos del consumo legal de sus productos. El éxito no sólo se limita a nuestro país sino que en ambos casos ha trascendido nuestras fronteras, lo que demuestra por otro lado los beneficios de la propiedad intelectual como herramienta de desarrollo. Un tema interesante es que en un momento una persona del público precisamente preguntó sobre qué hacer con la piratería y como combatirla, sobre todo en el caso de Internet. Uno de  los expositores respondió: reprimir menos y concentrarnos en crear más propietarios de propiedad intelectual, quienes serán los mejores aliados para contribuir a su disminución.

Con esto quiero plantear algunos comentarios y dudas que pueden servir para prolongar el debate:

  • La aplicación de una política moderada de propiedad intelectual y, en concreto, de derechos de autor pueden ser factores de desarrollo de industrias muy prósperas que contribuyan al crecimiento económico del país constituyéndose en parte importante del PBI. En ese sentido, la propiedad intelectual como aliada de la innovación y la creación del conocimiento,  no es el «cuco» de los pueblos, muy por el contrario, es una herramienta de desarrollo fundamental.
  • Sin duda, puede convertirse en el «cuco» si no se aplica de manera razonable y se fundamenta únicamente en la represión y el enforcement sin tomar en cuenta la realidad tecnológica actual y el hecho de no tratarse únicamente de la protección del autor sino además de un tema de acceso a la cultura. Nos encontramos frente a un tema de EQUILIBRIO entre PROTECCIÓN y ACCESO donde la razón debe primar.
  • La piratería es a todas luces indeseable y condenable. Sin embargo, más que sólo reprimir y seguir expidiendo más y más regulación en un sólo sentido me inclino por proponer la búsqueda de modelos de negocios que permitan remunerar a los autores y creadores por la difusión y explotación de sus obras en la red. Quienes no lo deseen de ese modo podrán recurrir a mecanismos intermedios como los propuestos por licencias abiertas como, por ejemplo, Creative Commons. Finalmente debemos respetar la decisión del autor.
  • Desde hace varios años vengo leyendo sobre propuestas relacionadas con el establecimiento del cobro de tarifas planas que permitan al usuario hacer uso de contenidos por Internet. En algunas de dichas propuestas se indica que los llamados a cobrar por esta tarifa serían los prestadores de servicios de Internet (ISPs). Aunque dudo que dichas  entidades quieran involucrarse en esta tarea de cobranza, interesantes sinergias podrían coordinarse con las entidades del sistema de gestión colectiva. En todo caso someto a discusión esta interesante propuesta del EFF sobre licenciamiento colectivo voluntario de derechos de autor. En todo caso es fundamental en todo este proceso la transparencia de la entidad recaudadora.
  • Abrir el debate y promover la participación activa de todos los interesados en la materia (incluyendo a los creadores) y así evitar la mudanza a la Isla de Sodor.
  • Una pregunta abierta adicional, ¿cómo creamos más propietarios de propiedad intelectual? ¿que tenemos que hacer? ¿sería una solución razonable al problema?

No lo he hecho antes de manera expresa pero me parece necesario hacerlo esta vez y convocar a Marco Sifuentes, Roberto Bustamante, Techtulia, al equipo de Por Piedad Intelectual, a Henry Spencer (quien más de una vez ha mostrado mucho interés en el tema), a Santiago Alfaro, Enrique Bardales, al Cuy Tecnológico, al equipo de CC Peru, a mis compañeros de esta tribuna y a todos aquellos interesados en la materia a extender esta discusión en sus respectivas columnas. Es la única manera de abrir el debate de manera democrática y de iniciar esta participación activa que comentaba líneas atrás. Bienvenida la discusión, las coincidencias, discrepancias y todo lo que pueda contribuir a los fines antes mencionados.

España se queda sin Google???

Esta es la cataclísmica predicción que podría hacerse en base a lo reportado el día de ayer por algunos medios españoles (GenBeta, Alt1040, Merodeando, El Blog Salmón, Periodistas 21, Netoratón, Público, Enrique Dans o El País) a raíz de la publicación del anteproyecto de Ley de Economía Sostenible mediante el cual se otorga a la “Comisión de Propiedad Intelectual” la facultad de bloquear páginas web que pudieran vulnerar derechos de propiedad intelectual. En ese sentido, llevando el caso al extremo, páginas como Google –que cuentan con infinidad de vínculos a archivos que infringen directamente los derechos de propiedad intelectual o links a páginas en donde se ofrece acceso a dichos archivos —podrían verse afectadas al cortarse sus accesos sin posibilidad de defensa y solo con la mera decisión de dicha comisión.

Felizmente el día de hoy me entero (gracias a mi amiga @techtulia) que la Ministra de Cultura ha tranquilizado a los internautas señalando que las preocupaciones existentes en relación a un mal uso o abuso de esta norma deben tenerse en cuenta y que «si hubiera derechos fundamentales implicados lo derivaría automáticamente a un juez, cumpliendo con la ley, como no puede ser menos». En la misma línea se pronunció el Ministro de Justicia señalando que “el cierre de páginas web que exploten los derechos de autor sin autorización deberá contar siempre con un control judicial, a la que la Comisión de Propiedad Intelectual tendrá que comunicar sus decisiones”.

Tan complicado se puso el asunto que el mismísimo presidente del gobierno español, Jose Luis Rodríguez Zapatero ha tenido que salir a calmar las aguas rechazado la posibilidad de que se vayan a cerrar páginas web o blogs sin respetar los derechos ciudadanos.

Habrá que estar atentos.

Octavio Salazar, Twitter y el peso de la red

Hace unas semanas todos seguimos por la prensa el caso de la banda de los Pishtacos, supuestos ladrones de grasa humana que operaban en la zona de Huánuco y Pasco. Con el paso de los días, la noticia ha sido largamente discutida en distintos medios y a la fecha su veracidad ha sido totalmente descartada por la opinión científica mundial y, recientemente, por la propia policía nacional. La verdad es que ha sido un roche al más puro estilo de Masías presententando a los Malditos de Larcomar. Ya más por imagen que por convicción, la agencia de noticias del Estado (¿subsidiariedad?) informa hoy que el Ministro del Interior ha declarado que la Policía continuará investigando el caso de los Pishtacos. ¿El esfuerzo por mantener una cortina de humo para que no se investigue a Salazar por el Escuadrón de la Muerte de Trujillo?

El asunto es que Octavio Salazar, actual Ministro del Interior, se ha convertido esta tarde en el centro de las bromas de la twittósfera peruana. A través de la inclusión del hashtag #octaviosalazar en los mensajes de los usuarios, cientos de personas le han atribuido al Ministro distintas responsabilidades como “estar en capacidad de pegarle a Chuck Norris”, “abrirle investigación al Cuy Mágico por lavado de dinero”, “haber mantenido una relación sentimental con Candy antes que Anthony” o “tener listo un Plan Especial para capturar al Grinch esta navidad”, entre otros planes casi mesiánicas.

En el año en el que Twitter ha sido declarada la palabra más popular usada en Internet, creo que cualquier autoridad debería hoy pensárselo dos veces antes de tratar de presentar una investigación a medias y sin mucho fundamento con la finalidad de distraer la atención pública. No quiero caer en el aburrido lugar común de decir que el Perú es la Opinión Pública, que la Opinión Pública es Internet, e Internet es Twitter (como le encanta decir a algunos periodistas). Más allá de Twitter en sí, creo que las herramientas de interacción social tan populares actualmente en Internet pueden empezar a cambiar la forma se interactúa en los espacios sociales. ¿Hubiese tenido tanta repercusión la leyenda del Monstruo de los Cerros el verano de 1999 si hubiese existido Twitter?

Sobre la posible responsabilidad que podría derivarse de las burlas difundidas a través de Twitter, recordemos que el ámbito de protección de los derechos al honor y a la imagen se encuentre largamente flexibilizado en el caso de personas que ejercen cargos públicos. No sorprendería, sin embargo, leer mañana en las noticias que el Ministerio ha decidido abrirle investigación a Twitter por difamación.

La caricatura es de Mario Molina, publicada en El Comercio el 24 de noviembre de 2009.