Economía de pares e informalidad

La economía de pares o sharing economy es la tendencia que agrupa a los servicios que permiten reducir los costos de transacción entre consumidores y ofertantes en distintos mercados, desde el transporte privado hasta la comida gourmet. Bajo este modelo, empresas intermediarias como Uber o AirBnB permiten la coordinación entre proveedores de ciertos servicios y potenciales consumidores a cambio de una comisión. En todos los casos, los servicios finales son directamente prestados bajo cuenta y riesgo por terceros, no por las empresas intermediarias. Esto hace que uno de los principales cuestionamientos que se le hagan a las empresas de la economía de pares es que promueven la informalidad.

Sus críticos sostienen que en una economía de pares son más numerosas y más pequeñas las empresas o personas con negocio que prestan servicios de transporte, alojamiento o de restaurante y, por ende, resulta más difícil y costoso fiscalizarlas. Bajo este razonamiento, era relativamente sencillo fiscalizar a las empresas formales de taxis o de servicios turísticos porque estaban registradas, identificadas y operaban a vista de todo el mundo. Sin embargo, gracias a los servicios de la economía de pares, cualquier persona con un auto puede prestar el servicio de transporte de pasajeros a través de Uber y cualquiera con un cuarto libre puede empezar a alojar personas por días o semanas a cambio de un pago usando AirBnB. [1] En este nuevo esquema, hay mucho más espacio para el incumplimiento de obligaciones laborales, tributarias, municipales y de protección al consumidor.

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La economía de pares versus el Estado

La economía de pares o la economía de la compartición es la tendencia dominante entre los nuevos servicios que se prestan a través de Internet. Bajo este término se agrupan a todos los servicios que permiten reducir los costos de transacción entre consumidores y ofertantes en distintos mercados, desde el transporte privado hasta la comida gourmet. Gracias a la tecnología, es posible disponer temporalmente de transporte, alojamiento, alimentación o servicios generales en muchas ciudades del mundo a través de empresas que centralizan la información sobre los ofertantes de esos servicios y procesan el pago. De la misma manera en la que servicios como eBay o Mercado Libre permitieron a cualquiera convertirse en vendedor, servicios como Uber, AirBnB, Breather o EatWith están permitiendo que cualquiera pueda prestar servicios de transporte o alojamiento gracias a un inteligente sistema sustentado en la facilidad y la confianza en la comunidad.

Este fenómeno ha llegado ya hace varios años a Perú, aunque a un ritmo moderado. En Lima, si uno no quiere tomar un taxi puede pedir un auto de Uber desde su smartphone y ser recogido por un conductor privado que cobra por distancia en un auto en óptimas condiciones. De esa manera, el usuario peruano se ahorra el peligro de tomar un taxi de la calle, el terrible trámite de negociar la tarifa y hasta la necesidad de portar efectivo porque la aplicación descuenta el costo del viaje directamente de la tarjeta de crédito del usuario. Del otro lado, conductores para quienes antes no resultaba atractivo prestar el servicio de taxi porque los márgenes eran muy bajos ahora pueden hacerlo sabiendo que su inversión será valorada por sus pasajeros.

La controversia entre los nuevos gigantes de la economía de pares y el Estado debe de ser una de las discusiones legales más interesantes de nuestra época. En junio de este año, una huelga coordinada de miles de taxistas pidiendo mayor regulación para Uber paralizó las principales ciudades europeas y en San Francisco son frecuentes las manifestaciones contra AirBnB por la forma en la que distorsiona el mercado inmobiliario. Desde el punto de vista legal, el surgimiento de estos servicios nos plantea varias preguntan cuyas respuestas nos obligan a cuestionarnos principios y sistemas que hasta hace poco parecían escritos en piedra.

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Las empresas de acceso a Internet versus la Internet

A propósito de las recientes declaraciones del Presidente de Telefónica España, se ha revivido en nuestro contexto la discusión sobre la relación entre empresas operadoras y empresas de Internet. En particular, varios artículos aparecidos en el diario La República (1, 2, 3, 4) introducen una serie de conceptos e ideas que vale la pena discutir en detalle.

A nosotros tanto y a ellos tan poco

Lo primero que hay que saber es que los comentarios exactos del presidente de Telefónica, César Alierta, y el consejero delegado de Vodafone, Vittorio Colao, estaban orientados específicamente a la diferencia entre el marco regulatorio aplicable en Europa a las empresas que proveen el servicio de acceso a Internet (ej. Claro o Vodafone) respecto del aplicable a las empresas que brindan contenidos o servicios en Internet (ej. Facebook o BuzzFeed). En corto, a ambos empresarios les parece injusto que a sus empresas les exijan cumplir con tantas reglas mientras que a otras se les exija tan poco. Para llegar a esta conclusión, se asumen varias ideas que no necesariamente son ciertas o que no se ajustan a nuestro sistema legal y económico. Me explico.

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Open class de derechos de autor

openclassComo acostumbramos cada semestre, éste miércoles 10 de setiembre a las 07:00 p.m. abrimos una de nuestras clases de ‪derecho de autor via streaming (por Internet). 
 
El tema que abordaremos serán los derechos morales de autor y sus alcances. Podrán revisar los materiales de esa sesión con anticipación y participar activamente en la clase desde la comodidad de tu casa o trabajo. Todo de manera gratuita y gracias al apoyo de la Maestría de Propiedad Intelectual y Competencia de la PUCP en su interés por difundir la cultura jurídica con el apoyo de la tecnología.
 
Los detalles en el afiche a continuación y en el siguiente enlace: http://goo.gl/bSffGq

En Brazil mandan bloquear una aplicación para smartphones

Hace dos semanas, un juez brasileño ordenó a Apple, Google y Microsoft retirar de sus repositorios de aplicaciones a una aplicación que permite el intercambio de mensajes públicos en forma anónima. Secret, una aplicación también disponible en Perú, ha sido determinada como ilegal por la corte brasileña por permitir que los usuarios participen en forma anónima y de esa manera facilitar la violación de los derechos al honor y la privacidad. Adicionalmente, la medida cautelar del juez Paulo Cesar de Carvalho también ordena a las empresas de tecnología retirar o hacer inutilizable la aplicación de los dispositivos donde ya se encuentre instalada.

Quizás la mejor forma de explicar Secret es decir que funciona como un Facebook donde todos los usuarios son anónimos y pueden compartir mensajes y fotos con amigos, amigos de los amigos y gente geográficamente cerca, pero donde lo único que un usuario sabe de otro es si es que son amigos o no. Esta sensación de anonimato entre conocidos o en círculos sociales cercanos permite desde la discusión sobre asuntos personales difíciles de discutir en público en Facebook (ej. ¿Cómo debo reaccionar si me acosan en mi trabajo?) hasta chismes y ofensas hacia otras personas. En resguardo de lo último, los términos de servicio de Secret prohiben el segundo tipo de comentarios y existe la posibilidad de que los usuarios reporten conductas abusivas. Sin embargo, estas garantías no parecen haber sido suficientes para la justicia brasileña.

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¿Por qué siempre hackean al Estado?

En las últimas semanas se han filtrado al público una buena cantidad de mensajes de correo electrónico y documentos privados del distintos funcionarios del Poder Ejecutivo, incluyendo al anterior y a la actual Primer Ministro. En una de sus últimas entregas, LulzSecPeru incluso ha demostrado tener acceso a las cuentas de correo de las propias personas encargadas de investigar las vulnerabilidades.[1] Con independencia de las responsabilidades y particularidades de estos casos, una trama se distingue: que la información estatal resulte expuesta o comprometida a este nivel no sorprende a nadie. ¿Es responsabilidad de algunos funcionarios o del sistema en general?

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Transparencia de mentira y #CornejoLeaks

A propósito de la difusión de un grupo de correos electrónicos del ex Primer Ministro, se viene discutiendo la posibilidad/legalidad de que todas las comunicaciones de los altos funcionarios del gobierno sea públicas. Dado el estado actual de nuestra cultura política, me parece una idea bien intencionada pero inocente.

Actualmente, existen muchas obligaciones de transparencia específicas para los altos funcionarios. En este grupo, destaca la obligación de publicar las agendas diarias de cada funcionario en la página web. (Artículo 5 de la Ley de Transparencia) Sin embargo, cualquiera que ha intentado sacar algo valioso de esto se habrá dado cuenta de que esta obligación se cumple poco y mal. ((Hat tip para Llenametuagenda.pe)) Estas agendas no son más que una versión editada y políticamente correcta de lo que hace un funcionario en su día a día. Si un funcionario va a tener una reunión para concertar una decisión o dejarse influenciar por fuera de las vías regulares, no lo va a escribir en su agenda. En los casos en los que se cumple, se llena una o varias semanas después de que las reuniones se llevaron a cabo.

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To tweet or not to tweet?: el uso de redes sociales por abogados

La semana pasada la revista «La Ley» publicó su primera edición impresa. En ella presenta el artículo «Twitter, socio para el desempeño del Derecho» donde aborda un tema muy interesante y vigente relacionado con el uso de las redes sociales en la profesión legal revisando el caso puntual del Perú. El artículo inicia citando una estadística realizada por la propia publicación donde se indica que 89% de los abogados peruanos encuestados señalan que usan el Internet para revisar las normas legales y un 73 % considera que plataformas como Facebook o Twitter son útiles como medios habituales de información.

A continuación el artículo advierte tres beneficios concretos sobre participar activamente en redes sociales: (i) ayuda a mejorar la reputación profesional del abogado, (ii) permite compartir ideas y opiniones generando debate y permitiendo la retroalimentación, (iii) permite extender la red de contactos del abogado y (iv) sirve como espacio de influencia y defensa de causas y posiciones. El artículo concluye con una idea muy interesante según la cual es necesario romper el mito de ese aparente divorcio entre los abogados y la tecnología y, por el contrario, sacarle provecho a esta herramienta.

Sin duda, y esto lo podemos confirmar quienes escribimos en este espacio, es importante promover el uso de la tecnología por parte de los abogados. Por tanto es importante estar presentes lejos de mostrar indiferencia por este medio nuevo de interacción social. Sin embargo la estadística elaborada por la publicación, si bien es muy relevante, no explora las razones de la aparente distancia por parte de abogados peruanos en el uso de redes sociales.  Sería muy interesante ahondar en aquellas razones y sumar las respuestas al análisis.

Creo que el aparente distanciamiento por parte de abogados peruanos en el uso activo de redes sociales no se agota en un desconocimiento de las indudables ventajas advertidas por la citada publicación. La participación activa en redes sociales por abogados es un tema de debate mundial a través de diversos foros internacionales y asociaciones de profesionales del Derecho y va más allá del simple desconocimiento de sus ventajas. Se trata de un asunto que involucra aspectos muy sensibles relacionados con la ética y la responsabilidad profesional.

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De Kirchneristán a Perusalem: Madeinusa (iii)

Existen algunas falsedades que de tanto repetirse uno termina por creerselas. Pero como ya lo decía Anatole France «sin mentiras la humanidad moriría de desesperación y aburrimiento».  Más de lo segundo que de lo primero, que la desesperación mate no estoy tan seguro, pero el aburrimiento no cabe duda que mata. Una de estas inexactitudes es la referida a que el cine de los Estados Unidos no recibe subvenciones. No lo hace ciertamente a la usanza europea o sudamericana, con su entramado de instituciones pública, dependencia de los presupuestos del Estado y espesas referencias intelectuales a la tan mentada excepción cultural, pero que está subvencionado sí que lo está.

En los Estados Unidos parece haberse desatado una verdadera carrera entre sus diversos Estados para ver quién es el que más beneficios fiscales otorga al cine en un claro intento de arrebatar protagonismo a Hollywood.

Adam Thierer (Film Industry Tax Incentive Race to the Bottom Continues) señala que en el 2013 sólo dos películas con presupuestos de producción superiores a los 100 millones de dólares se filmaron en Los Angeles. Gracias a esta carrera estatal de subvenciones el número de días de producción en Los Angeles, que alcanzó su cima en 1996, se ha contraído considerablemente el año pasado, hasta situarse en el orden de un 50 por ciento. Como natural correlato de este hecho, cerca de 120 mil californianos trabajaban en la industria en el 2012, frente a los 136 mil que lo hacían en el 2004.

Esta migración se ha producido en gran parte debido a que California compite hoy con los incentivos fiscales desarrollados por más de 40 Estados para atraer a las producciones que otrora se realizaban de forma natural en Hollywood. Cabe destacar que hace poco más de 10 años (en el 2002), sólo cinco estados ofrecían incentivos para la producción de películas.

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