Derechos de autor y protección al consumidor

www.proconsumers.com.ar

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Este post es para comunicarles que hemos sido invitados a participar con una ponencia en  la reunión regional de América Latina sobre Acceso al Conocimiento «Diálogo Global entre Consumidores y red de educación acerca de los temas de Acceso al Conocimiento«, misma que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago de Chile los días 30 y 31 de marzo y que es parte de un proyecto organizado por Consumers International, entidad internacional que agrupa a las principales asociaciones de consumidores del mundo (incluída ASPEC) cuya filosofía para este proyecto es la siguiente: 

«El trabajo de Consumers International sobre Acceso al Conocimiento (A2K) está basado en el hecho que los Derechos de Propiedad Intelectual son un tema de los consumidores y no una materia exclusiva de las empresas. Por ejemplo, la expansión del alcance y ejecución de los derechos de propiedad intelectual a instancias de los tenedores de derechos, impacta en los consumidores inhibiendo el desarrollo y la participación en la cultura, negando a los consumidores la libertad para utilizar bienes en la forma en que ellos -razonablemente- esperan hacerlo».

Como siempre nos encontramos en un tema donde es necesaria la búsqueda de un equilibrio entre el derecho de autor y el acceso a la cultura. Estaremos blogueando los principales temas del evento a través de este espacio.

La legalidad según Indecopi

En noviembre del año pasado fue lanzada una campaña de medios destinada a informar a los empresarios peruanos de los peligros que el software “pirata” acarreaba para su empresa. La campaña fue promovida por Bussiness Software Alliance (BSA), un lobby de productores de software internacionales como Microsoft, Adobe o Macromedia, e Indecopi. Participando en la campaña, las empresas recibían un kit informativo y, a la vez, contaban con asesoría especializada por parte de BSA a través de sus especialistas con la finalidad de identificar los potenciales peligros dentro de los sistemas de la empresa con la finalidad de su “regularización”. La campaña incluyó una agresiva estrategia de difusión en periódicos, publicidad mural y radio. Aunque no fue puesto nunca en términos tan claros, el empresario común y corriente terminaba por entender que la única forma de proteger los sistemas informáticos de su empresa era a través de la compra de un software original. Considero absolutamente válido que esta alianza empresarial, con los resultados de sus propias proyecciones, desplieguen una campaña publicitaria dirigida a atraer consumidores. Sin embargo, ¿por qué una iniciativa de este tipo merece el respaldo del Instituto Peruano de Defensa de la Competencia y la Propiedad Intelectual? ¿Defender el respeto por la propiedad intelectual es lo mismo que promover el consumo del software de pago producido ciertas empresas?

Admito que estoy estirando un poco el mensaje. Lo que intento señalar es que el contenido de la campaña se ha dado en sentido negativo. Lo que el consumidor final percibe es que el software producido y vendido por estas empresas constituye la única solución frente a los riesgos denunciados por BSA. ¿Y el software libre? No solo no se habla de software libre en ningún momento, sino que a través de argumentos falaces se intenta desviar las preferencias del consumidor hacia los software de pago. Peor aún, parte de su estrategia de asesoría implica que, si detectada la necesidad de adquirir licencias por parte de las empresas, copia de las facturas correspondientes le sea remitida a BSA.

Es conocido que parte de las obligaciones asumidas por el Estado Peruano tras la suscripción del Acuerdo de Promoción Comercial con Estados Unidos es la promoción del respeto por la propiedad intelectual, pero considero que de ahí a hacer propaganda subliminal sobre el consumo de productos de determinadas empresas resulta hasta intervencionista en el mismo mercado de software. ¿Por qué una organismo del Estado tendría que parcializarse con ciertas empresas en un sector? Absolutamente todos los riesgos que BSA advierte respecto de la utilización de copias no licenciadas de software pueden evitarse a costo cero a través del uso de software libre. Es más, la utilización de ciertos tipos de software libre de código abierto (ej. Linux) podría hasta reducir costos en las empresas ya que éstas logran tener una herramienta informática que se adecue a sus necesidades de logística y a los recursos disponibles de hardware. Aunque parezca raro, cada vez son más las empresas que descubren y aprovechan el software libre  Nuevamente, la neutralidad del Estado queda en entredicho y las dos  razones que se me ocurren son igual de nefastas: (i) o nuestras autoridades no tienen idea de que existe un software que no sea Windows y que no tenga que pagarse, (ii) o no quieren que el resto de la gente lo sepa.

En la otra orilla, y solo como contraejemplo, la Estrategia Digital del Gobierno de Chile ha publicado la semana pasada el primer estudio sobre Uso de Software Libre en el Estado, contando con el apoyo legal de la ONG Derechos Digitales. Me pregunto cuánto tiempo pasará hasta que el software libre sea tomado a ese nivel de seriedad, tanto hacia dentro como hacia fuera del aparato estatal como en Brasil o Chile.

El gobierno holandés y las descargas P2P

Foto publicada en el portal Cafeytren.com

Hace algunos meses tuvimos acceso a la siguiente nota publicada uno de los blogs chilenos que lideran el debate en temas de derecho y tecnología: Quemar las naves, dirigido por Claudio Ruiz. En ella se comentaba la publicación  de un informe preparado por una consultora holandesa a requerimiento de los Ministerios de Economía, Justicia y Cultura de dicho país que traía interesantes conclusiones respecto de las descargas a través de redes P2P. Tal como indica Ruiz:

«El informe (…), preparado por la consultora TNO, el centro de investigación económica SEO y el Instituto de Información Legal de la Universidad de Amsterdam, cuenta con más de 140 páginas sostiene que las descargas de canciones, películas y juegos genera más beneficios que pérdidas, echando por tierra el discurso de titulares de derechos como las discográficas multinacionales representadas por la IFPI. Y de pasadita el de unos otros amigos de la casa obsesionados con los cobros«.

Ambos nos pusimos en contacto con la referida consultora a fin de obtener el informe (al menos) en inglés. Claudio ha colocado el informe en el siguiente enlace para consulta. Recomendamos revisarlo.

Muere la prensa

La prensa escrita ha sido uno de los mecanismos para que los ciudadanos ejerciten uno de sus derechos políticos más importantes: el derecho a la información. Si bien desde antiguo existían páginas impresas que se repartían a los ciudadanos, recordemos la llamada Acta diurnapopuli Romani («eventos del día») establecida por Julio César en el año 59 a.C. que consistía en un folio el cual se colocaba en distintos lugares de acceso público del Foro, bajo el cuidado de dos legionarios, tendremos que esperar hasta el siglo XVIII para conocer la aparición de la prensa tal como la conocemos en la actualidad.

El primer periódico diario nace en 1702 en Inglaterra, fue el Daily Courrant (1702). Es en los Estados Unidos donde se desarrolla la idea de la prensa unida al ejercicio de los derechos democráticos. A mediados del siglo XIX ya habían más de 2.300 diarios en dicho territorio. Tal fenómeno asombró a Tocqueville quien señaló que «en los Estados Unidos, apenas existe una aldea que no tenga su periódico», y añadiría «la prensa ejerce un poder inmenso en Norteamérica. Hace circular la vida política en todas las partes de ese vasto territorio. Ella es con sus ojos siempre abiertos la que fuerza a los hombres públicos a comparecer, por turno, ante el tribunal de la opinión».

Podemos definir al diario como a una publicación periódica que presenta una serie de noticias y artículos de opinión esquematizados en diferentes secciones de acuerdo con la naturaleza de la información: política, economía, espectáculos, deportes, etc. Básicamente, los diarios se sostienen financieramente a través de dos fuentes: la venta directa de los ejemplares y en los espacios publicitarios.

En líneas generales la prensa escrita ha funcionado de la misma forma desde que apareció. Sin embargo, el modelo de prensa tal como lo conocemos parece estar cambiando hasta tal punto que podríamos señalar al año 2008 como el punto donde se empezó a materializar esta transformación, pues puede bien considerarse (en lo que sigo a Enrique Dans) como el annus horribilis de la prensa.

La lista de diarios en problemas o simplemente cerrados es enorme: The Chicago Tribune, The Hollywood Reporter, L.A. Daily NewsNew Haven RegisterThe New York SunThe Rocky Mountain News, The San Antonio ExpressSeattle PostStar TribuneThe Ventura Star y The San Francisco Chronicle. De acuerdo a algunos informes, sólo el año pasado se perdieron 15.704 puestos de trabajo en la prensa americana y en lo que va de este año 6,169 más. Incluso existen algunas páginas que recogen el día a día de la crisis en los Estados Unidos (paper cuts) y en España (meipi.org).

¿Cuál es la causa de tanto dolor? Como siempre son varias, las mismas que han venido acentuándose en los últimos tiempos. Una de las principales es la aparición de las tecnologías digitales, pues los ciudadanos recurren cada vez en mayor medida para informarse respecto de la actualidad diaria a Internet. Un informe elaborado por Pew Research Center (Internet Overtakes Newspapers as News Outlet) de diciembre del año pasado destacó que el 40% de los encuestados señalaba a Internet como su principal fuente de noticias, frente al 24% de septiembre de 2007. Por primera vez un mayor número de personas indicaron a Internet como su fuente de noticias frente a la prensa escrita (35%).

El efecto de la pérdida de audiencia es evidente, a un menor número de lectores el medio se vuelve menos interesante para los anunciantes que optan por recurrir a los medios alternativos de información. La otra causa es la crisis económica, la cual afecta por partida doble el mercado publicitario y debilita aún más, si cabe, a la industria de la información tradicional. En el tercer trimestre del año pasado los ingresos publicitarios se redujeron en 18% lo cual significó casi dos mil millones de dólares menos para el trimestre con relación al ejercicio anterior (Surowiecki: News You Can Lose).

En un escenario de gran incertidumbre y fuerte crisis económica, la imagen tradicional de aquel empleado que plácidamente toma su café mientras lee su periódico de la mañana en el café de la esquina de la oficina puede convertirse rápidamente en una estampa del pasado. Si a través de Internet se obtiene la misma información que en la prensa escrita, carecerá ya de sentido recurrir a esta última fuente, dado que Internet es gratuito. La información es un bien público, no lo olvidemos, y su valor no depende de la fuente del cual se obtenga.

¿Dónde hay un teléfono público?

Hace un par de semanas estuve por Madrid. Un día quedé en visitar temprano a quien había incentivado mi viaje. Como yo andaba alojado en casa de mi prima en la calle Mesón de Paredes en el madrileñísimo barrio de Lavapiés, opté -como es lógico- por emplear el magnífico sistema de Metro de la ciudad. Así que me metí en las fauces del Metro por la boca de Conde de Romanones en la estación de Tirso de Molina de la Línea 1, hice un cambio en la estación de Chamartín donde cogí la Línea 10 con dirección al Hospital Infanta Sofía, trasbordo obligado en la estación de Tres Olivos y abajo en Las Tablas.

Raro en mí -la verdad no tanto- llegaba tarde. Creo que el cambio de horario me estaba pasando todavía factura.  Así que después de caminar unos diez minutos desde la salida de la boca del Metro llegué a mi destino. El primer problema vino cuando vi el comunicador del edificio. ¿Cuál era el departamento? No sabía o no me acordaba del número. Aparecía al lado del comunicador una lista de bloques A, B, C, D y una serie de números desde el 101 hasta el 616. La primera opción preguntar al portero. Esfuerzo vano, no me supo dar razón. Pasemos al plan B, toco cada uno de los departamentos y seguro que pronto doy con el departamento que quiero. Pero me apiadé de los moradores de aquellos edificios, decidí descartar esta opción para pasar a mi más civilizado plan C. 

El plan C no era otra cosa que buscar un teléfono público, comunicarme con quien quería visitar con tanto ahínco y al mismo tiempo que me disculpaba por la tardanza obtener la información que necesitaba. Así que ingenuo yo puse manos -en realidad pies- a la obra buscando el dichoso teléfono. No olvidemos que nos encontramos en los alrededores de la estación de la Línea 10 de Las Tablas.

Vi unas tiendas de flores y de víveres frente al edificio donde me encontraba, así que fui a por ellos. Nada, no tenían teléfono. – En un bar, me advirtieron. Un bar, cosa fácil, Madrid está lleno de bares y el barrio no era la excepción. Así que a preguntar por los bares de la localidad. Subí por la Avenida de Santo Domingo de la Calzada, donde pululan bares de distintas categorías y nada, hice lo mismo en Palas de Rey, identico resultado. Anduve por la Glorieta del Monte del Gozo (supongo que debe su nombre a lo que en algún momento debió ser algo parecido a la Pera del Amor al final de la avenida Salaverry en Magdalena)  donde se sitúan varios restaurantes. El resultado, el mismo.

Noté un supermercado en la avenida del Camino de Santiago, casi con el cruce con Santo Domingo de la Calzada. Nada. Al costado una farmacia. No hay. La estación del metro debe contar con un teléfono público me dije casi como única opción. No tiene. Una hora en este trance me habían convertido en una suerte de moderno Ricardo III bramando esta vez por un teléfono público, así que decidí regresar donde había comenzado, en el edificio con el comunicador lleno de algoritmos indescifrables. 

Llegué nuevamente a mi edificio. Esta vez las cosas pintaba peor pues el portero había desaparecido. Pero, invocación a San Judas Tadeo de por medio, apareció la solución. Llegó con un camión de una empresa de limpieza de alfombras. Así que cuando entraron los hombres para dejar los tapices recién lavados, me colé con ellos. Un vecino piadoso me dio la información que necesitaba y listo dos horas y media después de salir de Lavapiés alcanzaba mi destino. Lo curioso de todo esto es que me encontraba sólo a unos cientos de metros del local principal de Telefónica en Madrid en la Ronda de la Telecomunicación.

Google saca navaja a Microsoft

Hace unos meses  dimos cuenta (Microsoft y la UE: la guerra continúa) que la Comisión Europea había iniciado una investigación en el marco de las normas de libre competencia contra Microsoft por la vinculación de su Internet Explorer (IE) con el sistema operativo Windows. Pues bien, a fines del mes de febrero Google habría decidido acompañar a Opera Software y Mozilla Foundation en el mencionado proceso como tercero. De esta forma, al participar en el procedimiento, Google tendría a la mano las acusaciones contra Microsoft lo cual le permitiría presentar sus observaciones a los reguladores europeos.

De acuerdo con una nota de Jessica E. Vascellaro y Peppi Kiviniemi publicada en el The Wall Street Journal (Google Joins Probe Into Microsoft’s Browser) la Comisión Europea estaría considerando exigir a Microsoft que ofrezca a los usuarios del sistema operativo Windows la posibilidad de elegir otros navegadores además del Internet Explorer.

Este es un capítulo más en el enfrentamiento que desde hace tiempo vienen teniendo Google y Microsoft. Es conocida la disputa que sostuvieron estos dos gigantes por el mercado de la publicidad en Internet. Recordemos que el año pasado Microsoft se declaró contrario a una asociación entre Google y Yahoo, iniciativa que fue dejada de lado luego que Departamento de Justicia de los Estados Unidos mostrara su intención de revisar el acuerdo (El Mundo: El Departamento de Justicia de EEUU planea revisar el acuerdo Google-Yahoo!).

Un año antes, en el 2007, Microsoft también se opuso a la adquisición de Google de la empresa de publicidad en linea DoubleClick, bajo el argumento que esta operación daba a Google una cuota muy grande del mercado de publicidad en Internet. La fusión fue autorizada sin problemas por las autoridades de competencia de la Unión Europea a pesar de los problemas detectados a la libre competencia y a la protección de datos de los usuarios (El País: Doubleclick ya es de Google).

Siguiendo el artículo del The Wall Street Journal, Sundar Pichai, Vice Presidente de gestión de productos de Google, advirtió que Google había decidido participar en el proceso, dado que los navegadores son fundamentales para el desempeño de los usuarios en Internet y en la medida que Google cree que el mercado de navegadores sigue siendo poco competitivo y que frena la la innovación para los usuarios. Esto último debido a que el IE vinculado al sistema operativo de Microsoft, le otorga una ventaja injusta sobre otros navegadores.

Algunos de los remedios que debería imponer la Comisión Europea a Microsoft han sido analizados p0r Mitchell Baker, presidenta de Mozilla Foundation, en un su blog (EC: List of Potential Principles) recogido por Enrique Dans (Google se persona como parte en el caso contra Microsoft), listamos los remedios más importantes:

(1) Windows no debe influenciar en la libre elección de una persona por un navegador alternativo.

(2) Windows debe permitir que los usuarios escojan otros navegadores, presentando opciones para su descarga cuando el usuario actualiza Windows o el IE, incluyéndolos en Windows y no establecer el IE como navegador por defecto.

(3) Microsoft debe educar a los usuarios acerca de otros navegadores.

(4) Las herramientas de desarrollo de Microsoft no deberán producir resultados específicos para IE o para Windows

(5) IE deberá cumplir específicamente con los estándares web.

Ya en anteriores posts hemos deslizado algunos comentarios sobre nuestra posición. En particular, creemos que la decisión de sancionar a Microsoft en el caso Windows Media Player fue un error y este precedente viene siendo utilizado por los competidores de Microsoft para intentar que la autoridades de competencia de la UE le impongan una suerte de obligación a colaborar con ellos, algo que está lejos del espíritu de las normas de competencia y que en el largo plazo no benefician a los consumidores.

Llama la atención que Google siendo una empresa americana, como Microsoft, no resuelva sus entuertos apelando a los tribunales de su país  y cruce el Atlántico para formar parte de un proceso en el marco de las normas comunitarias europeas. Parece evidente que nos encontramos ante una actitud oportunista del gigante de Mountain View en la medida que las autoridades americanas suelen ser más restrictivas al momento de imponer sanciones por violación a las normas de competencia, basta para ello recordar el desenlace del procedimiento que iniciaran contra Microsoft 19 Estados y el Distrito de Columbia.

Derechos de autor en Internet en veinte viñetas

Foto de Omar Sosa Tzek

Foto de Omar Sosa Tzek

A raíz del debate surgido por algunos eventos ocurridos en la blogósfera vinculados con el uso no autorizado de obras protegidas por derechos de autor (ver aquí, aquí, aquí y aquí), me he visto en la necesidad de aclarar un poco el panorama y asumir el reto de explicar como funcionan los derechos de autor en 2o viñetas y en un lenguaje simple (como debe ser). Ojalá funcione.

1. El derecho de autor te otorga una protección automática desde el momento en que creas algo (no desde el registro, el registro es recomendado por un tema probatorio pero no otorga el derecho). En simple, ganas el derecho desde la creación. Parafraseando el famoso video explicativo de Creative Commons, desde el momento en que haces ese dibujo en una servilleta ó desde el momento en que tomas la foto. En el Perú el derecho de autor está regulado por el Decreto Legislativo N° 822 y normas complementarias.

2. El derecho de autor no protege las ideas sino la forma en que estas se expresan y se materializan. Por ejemplo,  no se protege la idea de un ratón que habla sino concretamente protegería a Mickey Mouse o al Super Ratón.

3. El derecho de autor protege no cualquier creación intelectual sino aquellas que tengan ORIGINALIDAD, es decir que tengan una cuota de valor agregado de su autor  o como lo dice un conocido precedente del INDECOPI «refleje la impronta de la personalidad del autor«, un tema por cierto discutible que dependerá de cada caso concreto.

4. Esta protección automática te otorga derechos de dos tipos: (i) patrimoniales (de explotación de la obra) y (ii) morales.

5. Entre los derechos patrimoniales destacan el de reproducción (nadie puede copiar tu creación sin tu autorización),  el de comunicación publica (nadie puede comunicarla abiertamente al público sin tu permiso), distribución (nadie puede distribuir la obra si tu autorización), entre otros. Estos derechos duran la vida del autor más 70 años y son disponibles, es decir, el autor puede explotarlos, por ejemplo, mediante el otorgamiento de licencias.  Eso sí, en materia de licencias y cesiones de derechos patrimoniales, lo que no se autorizó o cedió en blanco y negro, es decir, por escrito no forma parte de este mundo.

6. ¿Son los derechos patrimoniales absolutos? No. Existe un régimen de limitaciones y excepciones al derecho patrimonial: el famoso derecho de cita, el de copia privada, usos informativos y otros más puntuales que permiten, en términos generales, utilizar una obra en algunos casos sin autorización y en otros sin derecho a compensación por parte de los autores lo cual revela que el derecho de autor también tiene por objeto guardar un equilibrio con el derecho constitucional de acceso a la cultura.

7. Entre los derechos morales destacan el derecho de paternidad (nadie puede atribuirse la autoria ajena de una obra) y el de integridad (nadie puede cortar, modificar, alterar la obra sin la autorización del autor). Estos quedan siempre en cabeza del autor y son intransferibles, inalienables, imprescriptibles, IN-etc. Son tuyos por siempre así no los quieras.

8. Con el avance tecnológico surgieron derechos también para aquellos que si bien no participan en el proceso creativo ayudan a difundir las obras de los que crean. A este grupo de derechos se les denomina derechos conexos. Son tres los derechos conexos: derechos de los radiodifusores sobre sus emisiones, derechos de interpretes, valga la redundancia, sobre sus interpretaciones (por ejemplo, Luis Miguel,  no compone la mayoría de sus canciones pero el valor agregado está en la interpretación que hace de aquellas compuestas por terceros) y derechos fonográficos, es decir, aquellos que corresponden a los productores de fonogramas ó «disqueras».

9. Este sistema legal funcionó relativamente bien acorde con un modelo de negocio basado en el control de la copia…..hasta qué….

10. ¡Apareció INTERNET…….!

11. Y con ella…. la portabilidad de contenidos, copy pasteo a discreción, linking, framing….como diría Lessig una nueva oportunidad para recrear el universo de contenidos existentes y agregarles valor aprovechando las libertades que ofrece la web.  La arquitectura abierta end-to-end ahora permite que el contenido no sea centralizado sino que se alimente desde la periferia y con ello vemos el nacimiento de nuevas formas de creatividad. Este sistema legal que protegía el mundo analógico se estrella contra una realidad distinta: la digital. Ahora, no todo es color de rosa porque esas libertades mal utilizadas conducen también a producir algunas distorsiones e incluso conllevan a  infracciones a las normas vigentes sobre derechos de autor.

12. ¿Cual fue la reacción por parte de la industria ante el fenómeno de Internet? Un intenso lobby a efectos de lograr mayor protección legal. Lejos de pensar que el Derecho debe adaptarse a la realidad (y no al revés) la industria del entretenimiento estadounidense buscó mayor protección legal. Lejos de pensar que el quid del asunto estaba en ser creativos y crear un nuevo modelo de negocio (pensemos en cuanto tiempo demoró Apple en lanzar I-Tunes). Así surgen en el marco de la OMPI, los Tratados Internet (más protección legal para los autores en el entorno digital) y su primera hija fue la Digital Millenium Copyright Act (DMCA). Dicha norma permitía combatir las descargas ilegales de música y los «craqueos» de sistemas anticopia o DRM.

13. ¿Las posiciones jurídicas? Los anarquistas dijeron «abajo las leyes de derechos de autor, no sirven en Internet». Los proteccionistas dijeron «mayor protección, Internet es una maquina copiadora que nos va a matar» (igual que cuando Jack Valenti, representante de la Motion Picture Association of America (MPAA) comparó en los años ochenta a las cintas de VCR, con tenias que terminarían minando la propiedad intelectual). Las posturas intermedias: «Creative Commons es una alternativa», postura con la que me identifico.

14. Ahora, lamentablemente el terreno del derecho de autor en el Perú es hasta esotérico para el propio mundo legal. Sin embargo con un TLC aprobado y en marcha esperemos que el tema concentre mayor atención, ya que hemos importado las principales disposiciones de la DMCA a nuestro marco normativo.

15. Si en un contexto analógico las normas de derechos de autor, dado su poco carácter intuitivo, han generado debate y polémica en torno a su onda expansiva, imaginemos lo que ocurre en el contexto digital. Ahora, el hecho que sean normas poco intuitivas y que muestren una evidente tensión con el contexto tecnológico actual no puede permitirnos legitimar una actitud infractora bajo la filosofía de  «si todos se pasan la luz roja, entonces yo también«. Las normas están ahí y hay que conocerlas y respetarlas, eso sí, educando antes que reprimiendo. Promovamos, en todo caso, una mayor flexibilización de las normas por las vías regulares que existen para ello porque, en definitiva, un mundo 2.0 requiere reglas 2.0.

16. Normalmente uno se queja como usuario pero cuando uno es directamente afectado por una infracción a sus derechos intelectuales la escena cambia. Cuando uno deja de ser sólo consumidor para convertirse en productor de contenidos, el enfoque cambia.

17. El caso de la descarga de música a través de redes P2P es más complejo aún porque la excepción de copia privada o personal es la que uno hace del soporte original para fines exclusivamente privados (tú y solo tú). Se deberá analizar caso por caso pero, tal como ha sido concebida, no es una excepción que tolere muchos usos informáticos sobre obras protegidas.

18. El tema del plagio no es más que una infracción al derecho moral de paternidad. Aunque a veces puede implicar también una infracción al derecho de reproducción o distribución para quien copia el artículo plagiado y lo circula. Cuando alguien dice ser autor de algo que no es, se atribuye una autoria sobre algo que no ha hecho. Es tan plagio el que hace un blogger de videos cuya titularidad no le pertenece como la que hace un canal de televisión de contenidos que no le pertenecen.

19. Finalmente lo que comúnmente se denomina «piratería» es una de las más grotescas infracciones al derecho de reproducción y distribución con la agravante que existe lucro de por medio.

2o. Existe una falsa creencia que todo lo que se coloca o se encuentra en Internet es o se convierte inmediatamente en material de libre acceso y disposición cuando ello no es así. La mejor recomendación para cualquier persona involucrada en el negocio de los contenidos es, aunque resulte incomodo o pesado, mejor preguntar antes de utilizar.

Bien, espero haber cumplido mi objetivo inicial y no haber muerto en el intento.

Nokia y las telcos, enemigos íntimos

Los equipos móviles gozan en la actualidad de gran popularidad y forman parte de una industria que compite constantemente en innovación y diseño. Son conocidos los equipos terminales con firma como los de Agatha Ruiz de la PradaGiorgio ArmaniDolce & GabbanaVictorio & Lucchino. Estos aparatos han evolucionado rápidamente desde aquellos «ladrillos» de los años ochenta hasta los nuevos equipos como el iPhone conjugan una gran cantidad de prestaciones y aplicativos con un diseño vanguardista e innovador.

Sin embargo, esta carrera innovativa podría estar ocasionando algunos problemas. Tal como detalla el diario español Expansión (Nokia se enfrenta a Telefónica por integrar Skype en sus móviles), en el Reino Unido se habría generado una controversia con ocasión del lanzamiento del Nokia N-97, el nuevo producto estrella del fabricante finlandés, que incluye la aplicación Skype, uno de los programas más conocidos para realizar llamadas de voz usando la red de Internet. A través de Skype es posible realizar llamadas telefónicas a una fracción de los costos tradicionales.

¿Cual es el origen del problema? Pues, que aprovechado que los nuevos terminales permiten el acceso a Internet, se pretende que a través del Skype se puedan realizar comunicaciones de voz que compitan directamente con el principal servicio ofrecido por los operadores, con lo cual los ingresos de las empresas móviles se podrían ver mermados.

Los operadores móviles temen que los fabricantes de equipos se introduzcan en los negocios de telecomunicaciones con mayor margen -y menor riesgo- desplazando a los operadores de telecomunicaciones tradicionales al papel de meros transportistas de señales. Es decir, los operadores móviles se limitarán únicamente a proporcionar capacidad de red mientras que otros actores que no invierten en la construcción de las redes, como Nokia, Microsoft o Google, se apoderan de los ingresos procedentes de los servicios de valor añadido y publicidad.

La polémica surgida en el Reino Unido se agudiza desde que la Comisión Europea anunció una investigación entre los operadores para averiguar si las prácticas para bloquear el uso de la voz IP en las redes de datos de 3G o con las conexiones Wi-Fi suponen una infracción de la legislación comunitaria. 

Como se podrá advertir el problema es sumamente complejo y aunque a primera vista podríamos deducir que el tráfico sobre las redes de Internet no es de competencia de los operadores móviles, un análisis más profundo nos podría llevar a una conclusión diametralmente distinta.

En principio nos encontramos ante un mercado de dos caras (Twosided market) donde se encuentran consumidores y proveedores de contenidos. Pero para que este encuentro sea factible es necesario que alguien desarrolle una plataforma. Esta plataforma no es otra cosa que la red de telecomunicaciones móvil. Sin esta red de telecomunicaciones el encuentro entre consumidores y proveedores de contenidos no sería factible. El inconveniente radica en que esta plataforma no es gratuita, es necesario que alguien invierta en su despliegue. Si los proveedores de contenidos proveen servicios distintos que los del operador móvil no hay mayor problema, pues ayuda a generar una mayor oferta de servicios. Sin embargo, si los contenidos compiten directamente con los servicios provistos por los operadores de telecomunicaciones nos encontraremos ante una caída en los rendimientos de operación y por consiguiente ante un encarecimiento del costo de la red. Lo cual en el largo plazo podría desincentivar el despliegue de nuevas redes. 

Los problemas continúan si consideramos que los operadores móviles prestan estos servicios en virtud de unas licencias otorgadas por los Estados. Licencias que en el caso europeo se pagaron a precio de oro en polvo con incrustaciones de diamantes. En este caso, parte de los precios suponían unos márgenes de explotación que no serían tales si los servicios con mayores ingresos son brindados por quienes no asumieron los costos de despliegue de la red y tampoco el pago de las licencias.

No perece saludable, en este escenario, que quien disfrutará de mayores ingresos no ayude a solventar los costos de las infraestructuras o de las licencias.

¿El nuevo blogueo? (Parte II)

 

Hoy por la mañana me llegó éste artículo publicado por Brian Solis en la sección de tecnología del Washington Post. En el artículo se habla sobre bases estadísticas proporcionadas por Technorati, uno de los principales directorios de blogs a nivel mundial, acerca de cierta caída en el nivel de autoridad de los blogs como fuentes de información dada la prevalencia de mecanismos más interactivos de comunicación (rapid fire interaction) como los provistos por las redes sociales tipo Facebook y servicios como Twitter . Según se desprende de la referida nota al parecer los internautas consumidores de información y blogs estarían trasladando las principales discusiones e intercambios de opinión de la denominada blogósfera hacia las redes sociales.

Al respecto la nota indica «There are supposedly 133 million blogs created, with far less in real use today. There are reportedly 175 million users on Facebook and another six million (and growing) on Twitter. The online social populace is necessitating the need for a new generation of establishing and measuring authority in the blogosphere before current blog metrics inaccurately paint a grim picture that they’re influence is declining?again as measured today».

El artículo sugiere que el nivel de autoridad de los blogs debe ser conceptualizado y medido no sólo en función a los debates que se promueven dentro del mismo blog o en otros blogs sino también en base al impacto que generan en otros espacios virtuales o redes sociales. Interesantes vaticinios a los que será interesante hacer seguimiento.

Cholotube y la policía militar

Ya que somos lo que somos y si no lo quieres ver. ¡Eres tonto!  (El Canto del Loco)

La historia que abordaremos en este post ha sido desarrollada por nuestro amigo Miguel (La responsabilidad de Cholotube) con singular certeza, esperamos y merecemos leerlo por aquí más seguido. Pero el problema generado por el vídeo colgado en Cholotube de cuatro suboficiales femeninas del escuadrón Fénix de la Policía Nacional no se agota en la responsabilidad de los Proveedores de Servicios en Internet (ISPs por sus siglas en inglés), tiene también otra arista, de cómo cuatro mujeres agraviadas en su intimidad -un Derecho Fundamental- terminan convirtiéndose en agresoras de un código militar inexistente y por lo mismo condenadas al escarnio público con la complicidad de las autoridades competentes.

Listaré sólo algunas partes de esta novela. Cuatro chicas juguetean en su cuadra. Una de ellas armada de un teléfono móvil, se encarga de tomar imágenes de sus compañeras desnudas y en ropa interior. Nada de extraordinario, lo hacen millones de jóvenes hoy en día y nadie debe escandalizarse por eso. Seguro que después del relajo natural, alguna de las suboficiales filmadas vídeo recordó a la camarógrafa aficionada que borrara las imágenes. Pero ésta no tuvo la prudencia de hacerlo.

Qué pasó después. No está muy claro. Parece evidente que la propietaria del equipo celular no fue quien colgó las imágenes en Hard Sex Tube. Supongamos que la propietaria del celular  enrumbó rutinariamente a casa en su combi después del trabajo, y es en ese tránsito donde le fue robado el equipo. Siguiendo el derrotero acostumbrado por estos equipos robados, el aparato de marras va a parar al campo ferial Las Malvinas, donde se vende a otro usuario al que le han robado también su equipo. ¿Y el contenido? Los propios reducidores se encargan de colgarlo.

El vídeo con las imágenes en calzones de las cuatro suboficiales estuvo durante meses embebida en la página de Hard Sex Tube, hasta que para mala suerte de estas chicas algún aficionado criollo a imágenes pornográficas caseras lo vio y lo enlazó en Cholotube. El escándalo se convirtió en tal cuando las imágenes fueron reproducidas en el programa “Enemigos íntimos” de Frecuencia Latina.

La reacción. Desproporcionada, equivocada e ilegal. La flamante Ministra del Interior, Mercedes Cabanillas, ordenó la suspensión sin goce de haber de las cuatro policías. Algunas de las declaraciones de la Ministra no tienen desperdicio: “Eso no se puede permitir en una institución como la Policía Nacional y menos dentro del centro del trabajo; (…), estamos relajando la disciplina que tenemos que recuperar”, la ministra subrayó “(…) se va a ser drástico en las sanciones; con este hecho, el régimen lo vamos a cambiar, va ser mas drástico; el reglamento de la policía va variar, es muy blandengue”.

Nos encontramos ante varias conductas antijurídicas. La primera de ellas, la vulneración al derecho a la intimidad personal, Derecho Fundamental cuya vulneración esta castigada por el Código Penal peruano. Por otro lado la intención declarada por la Ministra Cabanillas de sancionar a las cuatro policías sin que las normas internas de la institución lo permitan.

Con relación a la vulneración al derecho a la intimidad, reconocida en el numeral 2 del artículo 7 de la Constitución peruana, el Código Penal tipifica en su artículo 154° el delito contra la intimidad personal. Tal como ha señalado nuestro Tribunal Constitucional (Exp. N° 6712-2005-HC/TC, Magaly Medina Medina Vela y Ney Guerrero Orellana), el delito no sólo se restringe a la responsabilidad por captar imágenes, sino que avanza hasta la difusión de las mismas. Por lo tanto, bien harían nuestras autoridades en identificar, y de ser el caso sancionar, a los responsables de vulnerar la intimidad de las cuatro policías. Es en este extremo, donde la posible responsabilidad de Cholotube adquiere relevancia. ¿Se asimila el caso Cholotube con el de las Prostivedettes?

Pero como hemos visto, este caso tiene tintes kafkianos desde que la Ministra en lugar de hacer cuerpo con las agraviadas, las sanciona, sin contar para ello con el amparo de norma legal alguna base fundamental del derecho sancionador. Y es tanto que no existe ningún dispositivo que habilite a la Ministra que ésta reconoce la necesidad de reformar el reglamento de la policía por blandengue, seguro con la idea de militarizar aún más a la Policía Nacional.

Bonito caso, si acaso fuera visto por nuestro Tribunal Constitucional que gusta tanto de dar la razón a obreros borrachines y empleados felones.