Tras cuernos, palos

The Pirate Bay (TPB) es el mayor tracker de BitTorrent del mundo. Gracias a TPB es posible realizar búsquedas de material multimedia en archivos del tipo .torrent (enlaces a la red P2P de BitTorrent). Como ha sido ampliamente difundido por distintos medios (Pirate Bay Founders Found Guilty: One Year Jail Sentence, Likely To Appeal), un tribunal sueco (donde domicilia TPB) condenó hace un par de semanas a los titulares del sitio a un año de cárcel y al pago de 30 millones de coronas suecas (US$ 3 millones 724 mil dólares aproximadamente) por la violación de la legislación de los derechos de autor. Ya nos estaremos ocupando de esta decisión.

Pero los problemas para TPB no se detienen aquí. Pocos días después del cuestionado fallo de la justicia sueca, se reportó en Inglaterra que diversos operadores británicos de telefonía móvil estarían procediendo a bloquear la página desde su servicio de banda ancha (BT Blocking Pirate Bay To Dongle Users Due To ‘Adult’ Content). Aun cuando muchas empresas móviles restringen el acceso a estas páginas alegando que congestionan sus redes, aparentemente la medida se habría producido como una forma de protección a los usuarios menores de edad.

Un portavoz de British Telecom (BT says Pirate Bay block is ‘nothing to do with filesharing’) señaló que la razón del bloqueo, se sustentaba en la necesidad de regular este tipo de contenidos en un entorno de banda ancha móvil, pues a diferencia de los servicios de banda ancha en el hogar donde los contratantes son mayores de edad, los usuarios de algunos servicios de banda ancha móvil (como mobile broadband dongle) no necesitan tener más de 18 años. 

Este bloqueo se habría realizado en el marco del código de prácticas para la autoregulación de nuevas formas de contenidos en la telefonía móvil (UK code of practice for the self-regulation of new forms of content on mobiles) suscrito por las operadoras móviles británicas (OrangeO2T-MobileVirgin MobileVodafone 3) en enero de 2004. Este código obliga a las operadoras a restringir el acceso de aquellos contenidos considerados inadecuados para sus clientes menores de 18 años. 

Según el código, los operadores de telefonía móvil deben designar a un órgano independiente (Internet Watch Foundation) encargado de clasificar los contenidos comerciales inadecuados para clientes menores de 18 años. La clasificación debe ser compatible con los estándares utilizados en otros medios para la clasificación de material equivalente, como revistas, películas, vídeos y juegos de computador. 

Por defecto, todos los contenidos comerciales no clasificados como inadecuados para menores de edad no deben estar restringidos. Sólo podrán ser accesibles los contenidos vedados para menores de edad, una vez que el operador de telefonía móvil se ha cerciorado – a través de un proceso de verificación de la edad- que el solicitante tiene más de 18 años.

Uno de los grandes problemas de la telefonía móvil, es que a diferencia que los servicios contratados para el hogar como telefonía fija o la banda ancha, que suelen estar bajo algún nivel de control por parte de padres o tutores, en el mundo móvil los terminales son entregados libremente a los menores de edad de tal forma que éstos pueden utilizarlos sin ningún tipo de control.

En el Perú, dado el régimen de contratación restrictivo impuesto por el organismo regulador, sólo es posible contratar un servicio de telecomunicaciones si se es mayor de edad, con lo cual posible el acceso a menores de material adulto no tendría el mismo origen que en Inglaterra. Sin embargo, podría evaluarse la implementación de una medida de esta naturaleza dado que muchos padres contratan el servicio para entregárselos a sus hijos, los cuales podrían tener un equipo sin ninguna restricción a material adulto. Claro que en el Perú, al menos por el momento, los equipos con capacidad de banda ancha todavía no están al alcance de la mayoría.

La criminalización de la «pornografía extrema»

Hace unos cinco años, Jane Longhurst, una profesora de Brighton en la costa sur de Inglaterra fue asesinada violentamente. El asesino, Graham Coutts, era un compulsivo consumidor de páginas web como Club de los Muertos (Club Dead) y Violación en Acción (Rape Action), las cuales contenían imágenes de mujeres maltratadas y violadas. Durante el juicio confesó que tenía una obsesión fetiche con la estrangulación.

Luego del juicio la madre de la mujer asesinada, comenzó una campaña para prohibir la posesión de este tipo de imágenes en el Reino Unido. Gracias a ella se aprobó la Ley contra la pornografía extrema (Extreme Pornography Act) que restringe la tenencia de «pornografía violenta y extrema» por los ciudadanos británicos. Esta norma forma parte de la Ley de justicia criminal e inmigración de 2008 (Criminal Justice and Immigration Bill) y entrará en vigencia este 26 de enero, es decir mañana.

La industria del porno inglesa, no los consumidores, se rige por la Ley para publicaciones obscenas de 1959 (Obscene Publications Act, OPA). La OPA seguirá vigente, pues la nueva legislación está diseñada para aquellas imágenes alojadas en sitios web fuera del Reino Unido.

La Extreme Pornography Act regula aquellas «imágenes de naturaleza tal que debe razonablemente suponerse que se ha producido únicamente o principalmente con el fin de la excitación sexual«, que es «sumamente ofensiva, desagradable o de lo contrario de un carácter obsceno«, en particular están prohibidas las imágenes de:

(a) un acto que pone en peligro la vida de una persona,

(b) un acto que resulte o pueda resultar, en lesiones graves a una persona en el ano, los genitales o los senos,

(c) un acto que involucre o parezca involucrar una interferencia con cuerpo humano,

(d) una persona que realice o que parezca realizar un acto sexual o sexo oral con un animal (ya sea vivo o muerto).

En los casos (a) y (b) la pena máxima que se aplicará es de 3 años, en los casos (c) y (d) es de 2 años. Aquellos adultos condenados a un mínimo de dos años, serán inscritos en el Registro de Delincuentes Sexuales y Violentos (Violent and Sex Offender Register, ViSOR).

La prohibición de imágenes pornográficas en Internet es casi una obsesión, y algunos Estados han dictado numerosas leyes para limitar su difusión en Internet, por ejemplo en los Estados Unidos se aprobaron la Ley para la decencia de las comunicaciones (Communications Decency Act de 1996, CDA), la Ley de Protección de niños en línea (Child Online Protection Act de 1998, COPA) y la Ley para proteger a los niños en Internet (Children’s Internet Protection Act de 2000, CIPA). Sin embargo, la difusión de pornografía no ha hecho más que crecer e Internet a ayudado mucho para su difusión.

El famoso juez John Marshall Harlan nos dijo alguna vez «la vulgaridad de un hombre es la lirica del otro«. Pornografía, vulgaridad y obscenidad son conceptos difíciles de atrapar. No están exentas de subjetividad las definiciones que nos trae la ley británica, por lo que muchas de las imágenes que poseen el colectivo BDSM (Bondage, Discipline, Domination, Submission, Sado-Masochism), van a ser consideradas ilegales algunas de cuyas aristas son resumidas por Heather K. Adams (England’s Extreme Pornography Act and BDSM), la BBC (When does kinky porn become illegal?) y Noder – Hazelnut (Jane Longhurst and the Extreme Pornography Wrangle).

Sospecho que en la aprobación de la Extreme Pornography Act tiene que ver más la presión mediática que un análisis de la verdadera naturaleza del problema. No existen estudios que revelen concluyentemente que existe una relación entre el visionado de imágenes violentas y la agresión, aún cuando se trate de una creencia muy popular. Un perturbado que agrede a otra persona, lo hace por la profunda patología que padece, no por el consumo de determinado material visual pues no causaría el mismo efecto en una persona normal.

Bajas música, videojuegos y porno: paga

De acuerdo con una nota que publica la BBC (Cash demand over ‘porn downloads’) y que recoge bandaancha.eu, (Protestas de los internautas británicos poniendo el caso español Promusicae vs. Telefónica como ejemplo) en el Reino Unido seis millones de personas descargan música y archivos de películas de forma gratuita cada año, más de la mitad de éstos son menores de 25 años y las redes más utilizadas: Gnutella, eDonkey y BitTorrent.

Esta noticia no tiene nada de novedosa, pero lo curioso de ella ver cómo en la mayoría de países la industria musical o del entretenimiento sigue el mismo patrón para intentar disciplinar a aquellas personas que bajan contenidos de Internet sin pagar los correspondientes derechos de autor. La polémica empezó cuando la Corte Suprema británica decidió que los ISP estaban obligados a proporcionar los datos personales de los clientes que intercambiaban archivos protegidos de una serie videojuegos. Recordemos que en España, la Asociación de Productores de Música de España (Promusicae) intentó hacer lo mismo pero el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas no lo permitió. Ya comentamos este caso en su oportunidad (Operadores de acceso pueden mantener el anonimato de quienes decargan música).

Con estos datos, las empresas propietarias de los contenidos tienen todo un abanico de posibilidades para presionar a los internautas para que paguen por los videos que han descargado. El método empleado en Inglaterra, de forma similar a las políticas seguidas por la Recording Industry Association of America (RIAA) en los Estados Unidos, consiste en el envío de cartas por correo en las que se acusa al destinatario de intercambiar archivos ilegalmente y exigiendo por ello el pago de 500 libras por concepto de compensación. Estas comunicaciones advierten que si no se realiza el pago se tomarán las medidas legales correspondientes, las cuales podrían derivar en un pago superior.

Lo interesante del caso es que mientras que, de acuerdo con la experiencia de los Estados Unidos, en la mayoría de los casos los denunciados se han negado a pagar por el material que han bajado gratuitamente, en Inglaterra podría ocurrir lo contrario, en la medida que una de las compañías que está enviando las comunicaciones es la alemana DigiProtect, la cual acusa a los destinatarios de descargar películas para adultos, en otras palabras de bajar pornografía. Una cosa es que se acuse a las personas de bajar canciones o películas y otra de formar parte de una red que intercambia porno duro.

Una de los principales problemas de la industria del porno antes de la aparición de las nuevas tecnologías era su carácter marginal. Sin embargo, si alguna industria de contenidos puede sentirse satisfecha, en alguna medida, con la aparición de Internet es la del porno. Los portales de Internet y las redes P2P han tomado el lugar de revistas, DVDs y videos VHS. Las posibilidades de búsqueda casi infinita de material porno, el aumento en la cantidad del material sexual transmitido a los usuarios, la velocidad de entrega y la privacidad que se percibe al consumir este tipo productos en Internet han logrado un aumento considerable de la demanda de productos pornográficos (Fabio D’Orlando).

Si el anonimato es una de las características que más valora el usuario que consume pornografía a través de Internet, coincidiremos que DigiProtect es consciente que gran parte de los que han recibido sus comunicaciones pagarán sin chistar el importe requerido, ello por el pánico que tienen de ser relacionados como consumidores de pornografía.

Sin embargo, el problema del tipo de mecanismo empleado por DigiProtect para identificar el uso de sus películas es su falta de confiabilidad. Por ejemplo, tal como señala la nota de la BBC, la creciente popularidad de las tecnologías inalámbricas, Wi-Fi o home networks implican la posibilidad de compartir una conexión de internet con una serie de personas, lo cual dificulta la plena identificación de los posibles consumidores de las películas de DigiProtect.

Si bien es comprensible y hasta entendible que las empresas exijan el pago de estos derechos, el mecanismo empleado por DigiProtect para exigirlos es cuestionable pues afecta una serie de derechos fundamentales como a la reputación y la privacidad. No son los únicos problemas. La perdida de la lealtad de sus posibles consumidores es otro, aunque tratándose de la industria del porno esta última afectación no creo que le importe mucho a DigiProtect.

Separación funcional de Telecom Italia

Este último 11 de diciembre el regulador italiano de las telecomunicaciones, AGCOM (Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni – Autoridad para la Garantía de las Comunicaciones), anunció un paquete de medidas conducentes a que el operador dominante de la telefonía fija, Telecom Italia, desagregue en dos unidades de negocio su red troncal y los accesos mayoristas de los accesos locales. De esta forma se pone fin a una larga disputa entre la compañía de teléfonos y el regulador italiano, que de no haber tomado la iniciativa Telecom Italia, habría terminado irremediablemente con la desagregación de las actividades mayorista y minorista de la empresa, sólo que impuesta manu militare. 

Open Access di Telecom (Open Access), será la nueva división encargada de de gestionar de forma independientela la red de Telecom Italia. El objetivo de esta iniciativa es garantizar en igualdad de condiciones el acceso a la red mayorista por parte de los competidores de Telecom Italia. Esta medida empezará a materializarse a partir del próximo 1 de enero. 

Algunos analistas ven en la decisión del Grupo, una forma para liderar el proceso antes que entregárselo al regulador, también un mecanismo con el cual financiar su nueva red de alta velocidad valorizada en unos 6.500 millones de euros para los próximos diez años y finalmente, con la cual exigir a AGCOM que disminuya la presión regulatoria en la comercialización.

Si bien este modelo como un mecanismo para evitar prácticas anticompetitivas ha generado importantes debates desde hace muchos años, recién se llevó a la práctica cuando en el mercado británico se separaron las redes minorista y mayorista de British Telecom en el 2005. OpenReach, es la encargada de controlar y operar las fibras, los hilos de cobre y otros recursos no electrónicos de la red de acceso, lo que ha venido a llamarse la primera milla (Brochure corporativo). Para asegurar la transparencia del proceso se han establecido una serie de procesos del tipo muralla china entre Openreach y el resto de las operaciones y sistemas del Grupo British Telecom. Esta unidad está supervisada por un «Consejo de Igualdad de Acceso» con directores independientes. Modelos similares se vienen discutiendo en Australia (Telstra), Nueva Zelanda (TNZ), Suecia (Telia Sonera) y Singapur (SingTel). Nótese que salvo los casos sueco e italiano -en Italia todo es particular- el efecto contagio viene afectando principalmente a países de la esfera de la Commonwealth, donde la influencia británica es más que evidente.

¿Son necesarias estas medidas? Particularmente creemos que mientras los beneficios de la separación estructural son cuestionables, los costos de esta decisión son más que evidentes. Una serie de investigaciones para el caso británico señalan que la medida sigue siendo cuestionable en la medida que muchos de los éxitos alcanzados se habrían producido a través de remedios regulatorios.

Sin embargo, los inconvenientes de la separación funcional son más claros. Como se sabe es una tendencia en el mundo desarrollado sustituir del cobre por redes de banda ancha como el Fiber to Home (FTH). De tal suerte que los operadores no invierten en una red de fibra hasta que identifican las zonas donde la inversión es rentable. Si la operación está desintegrada se quiebra la coordinación entre la inversión y las necesidades de comercialización. En este escenario las opciones para invertir no parecen las más aconsejables, para qué hacerlo si se tiene una red explotada monopólicamente que no puede ser retada.

Por otro lado, la separación parte por entender a la red como un ente estático, lo cual no es cierto. Como se sabe los avances tecnológicos son capaces de modificar el mercado en un breve período de tiempo, sin embargo una estructura de esta naturaleza puede constituirse en un límite para el desarrollo de nuevas plataformas que reten a la existente. 

Finalmente, esta medida parece más destinada a asegurar la existencia misma del regulador antes que destinada a fomentar la competencia. Al privatizar los servicios de telecomunicaciones, se pensó que después de un determinado lapso de tiempo con la introducción de cada vez más competencia en los diferentes mercados éstos se irían liberalizando progresivamente. Por el contrario la separación estructural como reta este concepto, pues al existir un sólo operador monopólico de la primera milla, siempre será necesaria la existencia de un regulador que lo supervise.

Cabe recordar que en la reciente reunión de ministros de telecomunicaciones de la Unión Europea (Reguladores y cambio tecnológico y Unión Europea regula SMS) uno de los temas de agenda fue la posible separación funcional de la red de los operadores de telecomunicaciones, al final se acordó que las autoridades regulatorias podían aplicar esta decisión sólo como una «medida extraordinaria».

El Estado está de regreso

Nos encontramos en medio de una situación peligrosa. En el tumultuoso escenario actual viene tomado nuevos ánimos un actor que según conciencia generalizada se había replegado para dejar que fuera la iniciativa privada el motor de la economía. El Estado viene rápidamente para socorrer al mundo del difícil trance en el que se encuentra, como cuando Action Comics hizo luchar a Supermán contra alemanes y japoneses durante los difíciles años de la Segunda Guerra Mundial.

En estos momentos no son pocos los que levantan la voz para gritar que habría sido el repliegue del Estado el causante de la crisis. La crisis NINJA (No Income, No Job, No Assets) es el eufemismo con el que se conoce al actual descalabro de los sistemas financieros mundiales y que ha generado una masiva intervención de los gobiernos para intentar solucionar el problema en el que nos ha metido el mercado inmobiliario americano con sus hipotecas basura y una serie de instrumentos financieros que nadie sabe para qué sirven y menos aún explicar cómo funcionan. 

En este marco numerosos gobiernos vienen estatizando su sector financiero. En los Estados Unidos, el Gobierno anunció el control de las firmas hipotecarias Fannie Mae y Freddie Mac, poco después la Reserva Federal concretó un acuerdo para rescatar la aseguradora American Internacional Group (AIG) asumiendo su capital. Un proceso similar se produce en el Reino Unido con la estatización de los bancos Northern RockBradford & Bingley, además de la implementación de un plan de recapitalización de buena parte del sistema bancario inglés que implicaría la entrada del Estado en la participación accionaria de las principales instituciones financieras. Similares medidas se anuncian en muchos estados de la Unión Europea y hasta la pequeña Islandia ha estatizado el mayor banco del país. En América Latina se producen hechos similares. Brasil ya anunció que intervendrá, de ser necesario, aquellas instituciones financieras en crisis y en Argentina, los Kirchner confiscan los fondos  privados de jubilación, en lo que parece ser una forma fácil de apropiarse de fondos privados para solventar apuros fiscales antes que un rescate de instituciones con problemas. A río revuelto ganancia de pescadores.

En lo que nos interesa, las telecomunicaciones y el desarrollo de la Sociedad de la Información, parece ser que el Estado también está de regreso. Según la última Nota publicada por el Centro del IE Business School para el análisis de la sociedad de la información y las telecomunicaciones (Nota 107: El regreso del Estado) se empiezan a observar ciertos signos, que indicarían el fin del ciclo iniciado en la década de los 80 y la reentrada del sector público en escena. Entre estas señales estarían el programa económico del candidato demócrata a las elecciones presidenciales estadounidenses y las acciones de los gobiernos como respuesta a la crisis financiera. 

El problema que se plantea al sector de las telecomunicaciones son sus desafíos futuros y el despliegue de las nuevas infraestructuras de banda ancha necesarias para inaugurar una nueva ola de innovación. De acuerdo con el análisis, el sector se encuentra en un dilema: por un lado, es necesario encarar la construcción de infraestructura en un programa similar al desplegado cuando se construyeron las primeras redes de telecomunicaciones. Por el otro, las sumas requeridas exceden significativamente la disponibilidad financiera del sector privado. En la medida que la construcción de las redes originales de telefonía en los Estados Unidos llevó 60 años parece que hoy la sociedad no estaría dispuesta a encarar la construcción de las nuevas redes en estos plazos.

Los mecanismos que podría utilizar el Estado para intervenir son numerosos e irían desde los incentivos fiscales, los subsidios en zonas rurales, la coordinación de obra civil y el uso del Estado como usuario para apalancar el desarrollo de infraestructura. Más allá de estos remedios, se puede observar que en ciertos casos el Estado ya está interviniendo directamente como contribuyente financiero para la construcción de redes de nueva generación. En Suecia, el gobierno tiene un plan de inversión de 1.300 millones de Euros para la universalización de banda ancha. En Australia, el gobierno planea invertir 4.700 millones de dólares australianos en la construcción de la red nacional de banda ancha que está en proceso de ser licitada. 

En el caso de Singapur, el gobierno acordó una inversión de 750 millones de dólares para la construcción de la red de nueva generación. En aquellos países donde el gobierno central no invierte en infraestructuras de telecomunicaciones las municipalidades y los gobiernos provinciales asumen estas responsabilidades (Ya dimos cuenta de dos de estas iniciativas en la ciudad de El Callao y en Monticello). Los ejemplos de las ciudades digitales en Chile (Penalolen), Argentina (Tandil y Rafaela) y Colombia (Cali) y de los planes de desarrollo TIC de gobiernos provinciales en países como Argentina (Santa Fe) y Brasil (Sao Paulo) son claros en este sentido.

Para el documento, el sector público no debiera reemplazar el papel del mercado y la iniciativa privada sino complementarlas, anticipando los riesgos o fallos que puedan ocurrir y trabajando con el sector privado para resolverlos. Parece razonable, ojalá el Estado actúe con la prudencia necesaria. Sin embargo, la historia nos dice que los caminos que suelen emplear los gobiernos es precisamente el contrario.