Hace unos días se presentó una nueva versión del sistema operativo para móviles de Apple. Al actualizar sus teléfonos, muchos peruanos se han dado con la sorpresa de que la tan ansiada opción de «Personal Hotspot» o «Compartir Internet» ya está disponible. Esta función permite compartir la conexión de datos del dispositivo móvil con otras computadoras y móviles cercanos vía Bluethoot, Wi-Fi o USB.
Esta función era parte del sistema desde la versión anterior del iOS, pero había sido bloqueada por los dos operadores que comercializan los terminales Apple en Perú (Claro y Movistar). En otros países, los operadores móviles ofrecen la opción de agregar esta funcionalidad al plan de datos por un cargo adicional. En Perú, la opción no solo estaba bloqueada sino que no existía la posibilidad de agregar al plan de datos esa función a ningún precio.
Sin embargo, tras esta actualización, los usuarios de Claro ya tienen disponible por defecto la opción mientras que los de Movistar no. Ni en la página de Claro ni en la de Movistar se menciona que los equipos iPhone no tienen la capacidad de compartir Internet ni tampoco se habla de cuánto costaría añadirle esa función. ¿Será que no se dieron cuenta o que Claro quiere diferenciar su oferta respecto de su competidor ofreciendo un servicio de datos más flexible? ¿Cuánto esperará Movistar para ofrecer el servicio? ¿Cómo interpreta OSIPTEL estas prácticas de gestión de red de cara a la obligación de neutralidad de red existente en nuestro país?
Una de las principales ventajas del entorno iOS es la gran oferta de aplicaciones gratuitas y de pago disponibles a través del AppStore. Se trata de un mercado tan sofisticado que existen aplicaciones que apuntan a nichos muy específicos y tareas muy particulares. En esta primera entrega, cubrimos las aplicaciones que pueden resultar más útiles a un profesional del derecho o actividades afines. Las aplicaciones recomendadas figuran en negrita.
Lectura de documentos
Uno de los principales beneficios de una tablet es revisar documentos sobre la marcha. Hay aplicaciones pre instaladas que permiten leerlos, pero también es necesario agregar anotaciones, resaltar párrafos, eliminar páginas o realizar búsquedas al interior del contenido de ellos; además de organizarlos en carpetas. Si queremos compartirlos a través del correo o discos virtuales, el formato de salida será un PDF compatible con Adobe Reader y similares.
Para quienes nos vemos obligados a editar documentos de Microsoft Office, no queda otra que adecuarnos a las aplicaciones de oficina desarrolladas para tablets (mientras esperamos que Microsoft lance su versión para estos dispositivos). Pueden revisar mi post anterior sobre el tema.
Documents To Go (versión de US$ 16.99 incluye edición de .docx, .xlsx y .pptx)
Blocks de notas
A diferencia de un procesador de texto, con un block podemos tomar notas rápidas, sea con el teclado, a mano (utilizando un lapicero stylus o el dedo) o grabando audios. Es útil para escribir mientras participamos de reuniones, conferencias o para recopilar ideas sobre algún tema. Algunas aplicaciones también permiten convertir el texto manuscrito en digital.
Transferencia de documentos
Quienes trabajamos en una tablet nos damos cuenta de la necesidad de acceder a la información desde diferentes puntos. Por ello existen aplicaciones que ofrecen el servicio de alojamiento de archivos en la “nube”, a manera de discos duros virtuales. Hay versiones gratuitas que otorgan hasta 2 Gb de espacio; y, en caso se requiera, se puede pagar una mensualidad por un espacio mayor.
También hay aplicaciones gracias a las cuales podemos recordar cosas pequeñas: párrafos de textos, links a páginas web, anotaciones, imágenes, etc., que estarán igualmente almacenadas en internet, pero con la ventaja de ser catalogadas con etiquetas para su fácil ubicación.
Sirven para representar gráficamente un proceso a través del uso de palabras, ideas, tareas u otros conceptos relacionados, organizándolos alrededor de una idea central y utilizando elementos visuales (recuadros, líneas, colores, etc). Muy útil para organizar proyectos, diseñar estrategias, desarrollar la capacidad de síntesis y análisis, así como mejorar el manejo de tiempos y, de paso, estimular la creatividad.
Siempre necesitaremos estar al tanto de lo último publicado en los medios y con estas aplicaciones estaremos siempre al día. Algunos de ellas son compatibles con contenidos RSS (Google Reader, por ejemplo); otras permitirán acceder a los últimos números de revistas profesionales o de entretenimiento (previa suscripción). También se enlazan con aplicaciones que permiten leer el contenido offline y compartirlas en redes sociales.
Como se ha difundido ampliamente (aquí), en los albores de nuestras fiestas patronales (o patrias según se quiera decir), el Bibliotecario del Congreso de los Estados Unidos (James Hadley Billington) publicó finalmente la lista de excepciones (aquí) a la prohibición general de eludir aquellas tecnologías de control y seguridad sobre dispositivos con contenidos digitales, tecnologías conocidas genéricamente como DRM (Digital Rights Management).
Interesante legislación la de los Estados Unidos que pone en manos del bibliotecario —funcionario nombrado por el Presidente de forma prácticamente vitalicia- de uno de los archivos más importantes del mundo, la decisión de cuándo es válido esquivar o eludir la legislación de derechos de autor. ¿Cómo es que se llega a esta situación?
Primero, por que la DMCA (Digital Millennium Copyright Act) en su Sección 1201 (a) (1) (A), prohíbe genéricamente sacarle la vuelta a las tecnologías instaladas por los titulares para proteger sus obras. Después, el inciso siguiente (B), prevé que la limitación contenida en el párrafo anterior no es aplicable para quienes pudieran estar en el siguiente período de tres años, negativamente afectados en su capacidad para hacer usos lícitos de tales obras. Finalmente, el procedimiento está detallado en el párrafo C, se inicia por parte de la Oficina de Derechos de Autor (Register of Copyrights) y concluye con la decisión final del Bibliotecario del Congreso (DMCA-Rulemaking).
En Blawyer (iPhone Jailbreaking) hicimos un breve comentario sobre el estado del cuarto proceso iniciado el 2009 (las revisiones anteriores coincidieron con los años 2000, 2003 y 2006) y en particular respecto de la solicitud presentada por la Electronic Frontier Foundation (EFF) de permitir el jailbraking celular.
La lista de excepciones a la DMCA para los siguientes tres años es la siguiente:
(1) Películas legalmente adquiridas en formato DVD protegidos por el sistema de codificación de contenidos (Content Scrambling System – CSS), cuando la elusión se realiza para incorporar extractos de películas en nuevas obras para fines de crítica o comentario y sea necesaria para: (i) usos educativos por profesores universitarios y por estudiantes de cine y medios de comunicación; (ii) realización de documentales; y, (iii) videos no comerciales.
(2) Programas que permiten a los dispositivos inalámbricos ejecutar aplicaciones, cuando la elusión se realiza con el propósito de permitir la interoperabilidad de dichas aplicaciones con los programas del propio terminal.
(3) Programas, en forma de firmware o software, que permiten conectar teléfonos móviles a una red de telecomunicaciones inalámbricas, cuando la elusión es realizada por el propietario del teléfono y lo permita el operador de telefonía.
(4) Videojuegos accesibles desde computadoras personales protegidos por medidas tecnológicas, cuando la elusión se realiza con el propósito de investigar o corregir fallas de seguridad siempre que la información derivada de las pruebas se utiliza para promover la seguridad informática y no se utiliza para infringir los derechos de autor o la ley.
(5) Medidas aplicada sobre un software a través de un dongle (sistema físico de seguridad para un programa, que se conecta en el puerto USB o serie del computador) debido a su mal funcionamiento u obsolescencia. Se considera que un dongle es obsoleto si ya no se fabrica o si su reemplazo o reparación no está disponible en el mercado.
(6) Las obras literarias distribuidas en formato ebook, cuando todas las ediciones existentes (incluidas las ediciones digitales de texto puestos a disposición por las entidades autorizadas) contienen controles de acceso que impiden la habilitación de la función de lectura en voz alta (read-aloud function) o lectores que hacen que el texto sólo pueda verse en un formato especializado.
Resulta evidente que las medidas más importantes están relacionadas al mundo móvil. En particular, aquellas que permiten al propietario de un terminal móvil añadir aplicaciones no autorizadas o desbloquear las restricciones de la compañía móvil para utilizar un equipo alternativo.
Cuando dimos cuenta de este proceso nos atrevimos a aventurar que el iPhone Jailbreaking no pasaría, es evidente que nos equivocamos en toda regla. Sin embargo, una vez conocida la medida Apple recordó (aquí) que el jailbreaking anula la garantía del iPhone, lo que no es poca cosa. Sólo en los Estados Unidos desde el mes de agosto del año pasado se habían realizado cerca de 4 millones de rupturas de este tipo en iPhones y iPods Touch.
Sin embargo, existen otras razones que podrían limitar la efectividad del jailbraking. El contrato de licencia del iPhone prohíbe cualquier intento de modificar su software. Que el bibliotecario del Congreso diga que el jailbreaking no viola la DMCA no significa que habilite a quienes han suscrito un contrato con Apple o con las operadoras telefónicas a desconocer estos acuerdos. Tampoco significa necesariamente que se abra un mercado negro fuera de la App Store, puesto que la decisión del bibliotecario del Congreso no menciona explícitamente si es legal que terceros vendan servicios de jailbreaking.
Finalmente, podríamos preguntarnos si esta decisión tendrá algún efecto en el Perú. Más de lo que se cree. En una siguiente entrada dedicaremos algunas líneas a las leyes anti-circunvalación nacionales, que también las tenemos para sorpresa de la mayoría.
En Interiuris, Andy Ramos nos hace un análisis de la decisión del bibliotecario del Congreso (aquí) y en Good Morning Sillycon Valley se desarrollan los efectos de la decisión en los diversos sectores implicados (aquí).
También les dejamos una entrevista a Jonathan Zittrain en la excelente On The Media, una transcripción la pueden encontrar (aquí). Luego, el propio Zittrain sobre la DMCA, jailbreakers y Apple en TechCrunchTV.
Uno de los mejores libros sobre regulación de Internet publicados el año pasado, fue sin duda alguna The Future of the Internet And How to Stop It (disponible en PDF) del profesor Jonathan Zittrain el cual reseñáramos brevemente en su oportunidad (Cómo detener el futuro de Internet). De acuerdo con el trabajo de Zittrain el valor de Internet reside en la facilidad que tiene para que las personas lo usen para fines no previstos originalmente. Sin embargo, nos advierte de nubarrones negros en el horizonte pues vienen apareciendo una serie de dispositivos que no pueden ser modificados por el fabricante.
Contractualmente Apple no permite crear o desarrollar aplicaciones que vulneren los niveles de seguridad del iPhone, además prohíbe la distribución de aplicaciones fuera de iTunes Store. La técnica que consiste en romper los mecanismos de seguridad de iPhone e instalar aplicaciones no autorizadas se conoce como jailbreak.
Sin embargo, a pesar de estas prohibiciones es muy común que numerosos usuarios y desarrolladores «crackeen» los dispositivos de seguridad ideados por Apple e instalen aplicaciones no autorizadas para los iPhone. Existen cientos de páginas webs y foros donde se detallan diversas modalidades para que los aficionados al jailbreacking puedan desarrollar esta actividad de la forma más eficiente y con el menor riesgo.
En principio la discusión sobre los alcances legales de esta práctica debieran estar bien claros. Si un usuario manipula un equipo más allá de lo autorizado por el fabricante, la consecuencia lógica que se deriva de este acto es que éste se libera de la responsabilidad por cualquier desperfecto que pudiera tener el equipo. No obstante, en los Estados Unidos existe una legislación especial que limita el jailbreacking.
En efecto, la Digital Millennium Copyright Act (DMCA) prohíbe exprésamente eludir los sistemas de seguridad de gestión de derechos digitales (Digital Rights Management – DRM) utilizados para proteger dispositivos protegidos por las leyes del copyright.
Sin embargo, con la finalidad de permitir excepciones no contempladas en la DMCA, se faculta al Bibliotecario del Congreso para que cada tres años considere nuevas excepciones (DMCA-Rulemaking) teniendo en cuenta diversos factores (disponibilidad de uso de las obras protegidas, la disponibilidad de uso de las obras para fines no lucrativos como archivos, conservación y fines educativos). Estas excepciones pueden sustentarse únicamente en la elusión al control de acceso a las obras.
Este año, la Electronic Frontier Foundation (EFF) ha presentado tres solicitudes de exención de la DMCA destinadas a proteger la labor de vídeo remix de los artistas, a los propietarios de los iPhone y el trabajo de los recicladores de equipos de telefonía celular.
De esta forma, la EFF pide la exención de la DMCA para el jailbraking celular, que permita ejecutar aplicaciones de fuentes y formas distintas de las aprobadas por los fabricantes. Como hemos señalado, en la actualidad cientos de miles de propietarios de iPhone modifican sus equipos a fin de utilizar aplicaciones obtenidas de fuentes alternativas a la propia Apple iTunes Store.
Como era de esperarse, Apple se opone tenazmente a autorizar el jailbreaking y advierte que la práctica podría ir en detrimento de la funcionalidad del equipo. También señala que la legalización de la práctica podría restarle importantes ingresos. Apple gana aproximadamente el 30 por ciento por cada venta, pero no recibe nada de lo que se vende fuera de la iTunes Store. Teme también que la apertura del sistema operativo de lugar a la piratería de las aplicaciones iPhone, así como la posible creación de una plataforma gigante para reproducir y copiar contenido infractor de los copyrights, como películas y juegos.
La EFF ha insistido recientemente, de la necesidad de autorizar jailbreaking, lo cual permitiría a los consumidores ejecutar cualquier aplicación en sus teléfonos, incluyendo aquellas no autorizadas por Apple. «Es mi automóvil al final del día» (Apple v. EFF: The iPhone Jailbreaking Showdown), advirtió von Lohmann, los usuarios de un iPhone deben tener la posibilidad de hacer lo que quieran con sus teléfonos, al igual que lo hacen los propietarios de los automóviles.
Revisando la historia reciente de las excepciones impuestas por el Bibliotecario del Congreso (Library of Congress) en las revisiones anteriores (2000, 2003 y 2006) es poco probable que el esfuerzo de la EFF llegue a buen término. En juego no sólo está la posibilidad de crear un mercado paralelo al de iTunes Store, sino más adelante, a convertir al iPhone en una plataforma donde puedan participar otros agentes como Mocilla y Skype (Mozilla, Skype line up to support jailbreaking iPhone).
En este contexto, de aprobarse la excepción propugnada, Apple volvería a convertirse únicamente en un vendedor de equipos.
Napster era un programa P2P de gran popularidad que permitía distribuir archivos musicales en formato MP3 creado por Shawn Fanning. Este programa permitía que los melómanos pudieran compartir sus colecciones musicales con otros usuarios.
En diciembre de 1999, viendo a Napster como una amenaza, la industria discográfica demandó a la compañía alegando que violaba sus derechos de autor. Curiosamente, poco después de la demanda, en febrero de 2001 Napster alcanzó su máxima afluencia de usuarios con más de 26 millones. Más tarde, en julio de 2001, un juez ordenó el cierre de los servidores de Napster. Esta es una historia es conocida.
Se sabe que esta derrota judicial de Napster fue al mismo tiempo una victoria efímera para la industria, pues pronto aparecieron una serie de programas alternativos más difíciles de controlar como Galaxy, Audiogalaxy, Morpheus, Gnutella, Kazaa, LimeWire y eDonkey2000. Gracias a Internet y a la proliferación de estos programas la industria musical se encuentra en una severa crisis que pone en entredicho el sistema de propiedad intelectual formado desde la sanción del Estatuto de la Reina Ana. Pero la historia pudo tener un camino distinto si la industria musical hubiera tenido más reflejos y menos dureza con sus usuarios.
No es tan conocido que en julio de 2000, se realizó una reunión en Sun Valley (Idaho) entre los propietarios de Napster y las discográficas. Se conocía por algunas encuestas que los seguidores de Napster estaban dispuestos a aceptar el pago de una suscripción mensual por las descargas. La cumbre de Idaho terminó en un fracaso, Napster ofreció compartir sus utilidades a partes iguales, pero la industria embriagada por las utilidades exigieron poco más del 90. No parece raro. La industria creyó que podía controlar a la Red y despreció una posibilidad para dominar un medio de comunicación que le hubiera reportado grandes beneficios, recién con el modelo de Apple y sus iTunes y a regañadientes, se dio cuenta de su error. El daño ya estaba hecho.
A principios de la década del 80 se impuso una clara mentira: el CD es un soporte superior al LP o «elepé» pero su fabricación más cara. Gracias a esta premisa falsa se multiplicó el precio de los CDs y se obligó a los consumidores a pagar el doble por una música que ya poseía en vinilo.
Muchas personas piensan, entre los que se encuentra el autor, que los problemas de la industria son una retribución por décadas de contratos con malos artistas y $18,99 dólares por CD. Hace un par de preguntas interesantes, ¿habría habido alguna diferencia, si la industria hubiera sido justa y benevolente? Las personas pueden buscar y encontrar cualquier disco de forma gratuita en línea en un par de minutos ¿Existe alguna forma de detener esto?
Knopper supone que si los sellos discográficos hubieran alcanzado un acuerdo con Napster en el momento oportuno, cuando Napster estaba en su apogeo, podríamos haber tenido un nuevo modelo de negocio y no se encontraría en la terrible situación que hoy padece. Las personas que abrazaron Napster los hicieron sólo porque querían una canción y no tenían que salir de casa, entrar en su auto, conducir hasta Tower Records y comprar un CD de $ 18.99.
Al abrigo de este supuesto acuerdo con Napster la industria hubiera liderado el cambio tecnológico, participando en redes sociales como Friendster, Facebook y MySpace, permitido hacer listas de reproducción mixtas y comerciarlas. Eventualmente la música habría ido a parar a los teléfonos celulares, incluso antes que iPhone. Podría haber sido un servicio muy poderoso y no todo hubiera sido gratis.
El Consejo de la Competencia francés (Conseil de la concurrence) acaba de dictar una medida cautelar que suspende temporalmente la vigencia de los contratos de exclusividad suscritos entre Orange France (subsidiaria de France Telecom) y Apple con relación al iPhone. El caso, iniciado por Bouygues Telecom, cuestiona la legalidad de este acuerdo que en la práctica le significaría tener que esperar por lo menos tres años – que se pueden prolongar a cinco – para operar el iPhone en su red móvil.
Al dictar la medida cautelar el Consejo tomó en cuenta que Orange cuenta con una posición de liderazgo en el mercado francés con el 43,8% de los abonados, posición que se ha mantenido particularmente estable. Este efecto es ocasionado por varias características de la oferta de telefonía móvil en Francia, como la existencia de programas de lealtad y los factores que inciden directamente en los costos de cambio del operador que tienden a mitigar el juego competitivo. En este contexto, la exclusividad de Orange sobre el iPhone es probable que introduzca un nuevo factor de rigidez.
Si bien el Consejo reconoce que cuando un producto requiere inversiones específicas, un contrato en exclusiva puede proteger a los inversionistas de riesgos oportunistas, en el caso de iPhone este riesgo es relativo, dado que el acuerdo de exclusiva se celebró con una marca global cuya de indiscutible reputación y cuyos productos electrónicos han experimentado un considerable éxito en los últimos años.
Un aspecto interesante analizado por el Consejo es la configuración que podría tener el mercado de prosperar acuerdos de esta naturaleza. Nos señala el Consejo que, el anuncio realizado por SFR (Société Française de Radiotéléphone) de dos asociaciones con Blackberry y HTC en exclusiva, no sólo no relativiza los efectos de la exclusividad de Orange, sino que por el contrario, demuestra que la exclusiva pactada por SFR tiene un efecto acumulativo que podría causar un reparto vertical del mercado móvil. Esta evolución reduciría la competencia entre los operadores sobre los precios, la calidad de las redes, la infraestructura y la calidad del servicio. Por ejemplo, iPhone corre sobre un sistema operativo (Mac OS X). La compra y descarga de contenido se realizan a través de la App Store, así como de música en iTunes Store (con DRM), contenidos que no pueden migrar a otro smartphone, al correr con sistemas operativos que no son interoperables. De esta forma los costos de cambio (switching costs) en el mercado de las telecomunicaciones se incrementan por los costos del cambio en la propiedad de los smartphones, dada la falta de interoperabilidad de los sistemas operativos, en tal sentido, los consumidores no pueden cambiar de marca de smartphone sin perder al mismo tiempo su biblioteca de música o las aplicaciones que podrían haber comprado.
Esta estructura de mercado podría lograrse a expensas de los operadores con menores índices de penetración, que son, por naturaleza, los operadores menos atractivos para los fabricantes de smartphones. Por lo tanto, señala el Consejo, si este tipo de exclusividades se generaliza existe en el largo plazo un riesgo de exclusión de Bouygues Telecom del mercado.
Como era de esperarse Orange ha anunciado que recurrirá la medida y ha zarandeado el sistema regulatorio y de control de competencia europeo, Jean-Yves Larrouturou, director ejecutivo de France Telecom, a advertido que: «Es una decisión sin equivalente en Europa. Telefónica tiene la exclusividad del iPhone en España y en el Reino Unido, Deutsche Telekom en Alemania. ¿Se puede tomar este tipo de decisión sin preocuparse de lo que pasa en otros países? Nosotros competimos con actores franceses, pero sobre todo con actores internacionales como Google, que está completamente desregulado o Telefónica, que se beneficia de decisiones radicalmente opuestas de su regulador en España, donde nosotros estamos presentes«.
En el Perú el iPhone se viene comercializando sin alegaciones de esta naturaleza, pues las dos operadoras de servicios móviles más importantes (Movistar y Claro) vienen ofreciendo el iPhone sin contar con acuerdos de exclusiva con Apple.
El iPhone 3G ha empezado a venderse en el Perú desde el pasado 22 de agosto. Desde entonces, muchas personas ya lo han adquirido pese a los -a mi gusto- poco atractivos y costosos planes ofrecidos tanto por Claro como por Movistar. El principal beneficio de un aparato como este es la posibilidad de librarse de una vez por todas de esa dependencia al computador y poder llevarnos el correo electrónico del trabajo, los discos de la Velvet Underground o las fotos del último viaje en el bolsillo del pantalón. En otras palabras, bien aprovechado, este tipo de tecnología nos devuelve la libertad de llevar nuestro mundo a cualquier parte. Sin embargo, una oscura sombra se cierne sobre los flamantes poseedores del iPhone 3G que hayan contratado con Claro y su libertad recobrada.
Herman Hollerith tenía veinte años cuando trabajó en el censo de los Estados Unidos de 1880. Luego de esta experiencia, desarrolló un mecanismo para procesar los datos de forma automática y no manualmente. Hollerith observó que la mayor parte de las preguntas del censo se podían contestar con un sí o un no. Ideó entonces una tarjeta que, según estuviera perforada o no en determinadas posiciones, contestaba este tipo de preguntas, el resultado se almacenaba utilizando un sistema electromecánico.
Para el censo de 1890, el Gobierno utilizó la máquina de Hollerith, el éxito fue rotundo, hizo en dos años y medio lo que antes se había realizado en siete. Después Hollerith fundó la Tabulating Machine Company (TMC) con la finalidad de explotar comercialmente su invento. La TMC arrendaba sus máquinas a un promedio de mil dólares por año. La compañía pronto realizó labores similares para otros gobiernos e incluyó nuevas prestaciones como procesar nóminas de pago, inventarios y existencias y facturación. La TMC es el antecedente de la actual International Business Machine (IBM) y en el modelo IBM siempre se arrendaron las computadoras por un pago mensual que cubría todo: hardware, software, mantenimiento y entrenamiento. De esta forma ninguna tercera persona, que no fuera la IBM, tenía cabida en el negocio.
Esta es una de las historias que Jonathan Zittrain emplea en su nuevo libro (The Future of the Internet And How to Stop It) para sensibilizarnos respecto de uno de los peligros que según él se cierne sobre Internet. El futuro de Internet está en riesgo porque su cultura innovadora está amenazada. Qué es lo que hace que Internet tenga tanto valor, para Zittrain es su naturaleza “generativa”, es decir la facilidad que tiene para que personas de todo el mundo usen y compartan el poder de las tecnologías para fines no previstos originalmente. Esta característica ha permitido el desarrollo de aplicaciones del tipo file sharing, VoIP y los nuevos sites de las comunidades sociales como Wikipedia y Facebook. Pero esta generatividad trae también desventajas, la anarquía creativa presenta tantos problemas de seguridad que mucha gente se plantea seriamente migrar hacia aplicaciones que, aunque con una capacidad generativa limitada, supongan una mayor tranquilidad.
El resultado, la creciente popularidad de aplicaciones bajo el modelo de IBM, es decir, se diseñan para hacer una sola cosa de forma eficiente, por ejemplo reproducir música, pero no tienen la capacidad innovadora de una PC. Así tenemos una serie de dispositivos como las videoconsolas de videojuegos, el Internet-phone handset, Xbox, TiVo, iPhone, iPod, smartphone y Kindle. Todos estos equipos pueden conectarse a Internet sin ningún riesgo, el precio que se paga es que sólo pueden ser modificado por el fabricante y, por lo tanto, no permiten la creatividad, un verdadero misil a la base de la cultura de Internet.
Para Zittrain, Wikipedia, la enciclopedia libre en línea que cualquier persona puede corregir, es un modelo a seguir para combatir las consecuencias de la generatividad negativa y de esta forma limitar la migración de los usuarios hacia estos aplicativos. El hecho de que Wikipedia no sea un espacio absolutamente anárquico sugiere que hay maneras de controlar eficientemente estos problemas. Menciona varios mecanismos, tomando como ejemplo Wikipedia, que podrían ser trasladados a las capas técnicas para mejorar la confiabilidad de Internet.
Pero los planteamientos de Zittrain no son acogidos por todos. Tom Standage escribe en la versión on line del The Sunday Times (The Future of the Internet: And How to Stop It by Jonathan Zittrain) algunas dudas que parecen muy lógicas. Señala, que aunque la noción de generatividad es elegante, Zittrain exagera el hecho que Internet esté en peligro. Ninguno de sus ejemplos convence. El hecho de que las personas utilicen un iPod o un Xbox no significa que dejen de lado a la PC. No existe una disyuntiva entre la PC y estas aplicaciones “atadas”, lo más probable es que se utilicen ambas. Zittrain insiste que la generatividad en el nivel de código es la más importante, pero no está claro que el código esté realmente amenazado. En los comienzos, la mayoría de los entusiastas seguidores de la informática nos vimos en la necesidad de aprender algunas lecciones de programación, posteriormente vinieron otras aplicaciones como los procesadores de texto y el correo electrónico, y las PC se convirtieron en herramientas de consumo de servicios finales y las ventas subieron. ¿Importó que la proporción de usuarios que sabían realmente cómo programar disminuyera? Por supuesto no, nos dice Tom Standage.
El libro, bajo la licencia de Creative Commons se puede bajar del blog de Zittrain (PDF).