La hora del porno

Existe un sector de la industria de contenidos que ha mantenido un perfil más bien discreto a pesar de la disminución de sus ingresos por las descargas en Internet. La razón para este ostracismo es obvia, muy pocas personas -salvo los afectados- tomarán bandera por la causa de la industria del porno, el patito feo de la industria de contenidos. No obstante, quiérase o no, el porno es uno de los contenidos más solicitados de Internet y también una de las industrias más retadas por los hábitos de consumo de los internautas. Sin embargo, los números generados por el porno son de vértigo.

De acuerdo con una infografía de 9gag el 43 por ciento de todos los internautas ven material pornográfico y 1 de cada 3 son mujeres. Los vocablos “Sexo” y “Porno” están entre los 5 más buscados. El 35 por ciento de todas las descargas de Internet son pornografía. El promedio de tiempo que utiliza una persona para ver porno en Internet es de 15 minutos, parece que la gente no se anda con rodeos. El 10 por ciento de los usuarios que ven porno admiten ser adictos a la pornografía, lo que no es poca cosa.

Esta industria genera ventas por 97 mil millones de dólares. Sólo en los Estados Unidos se gastan más de 13 mil millones de dólares en porno. Curiosamente el Estado donde se consume más porno por habitante es en la mormona Utah, en realidad el mapa del voto republicano parece coincidir sospechosamente con la ruta del porno yanqui (abcnews: Porn in the USA: Conservatives Are Biggest Consumers). Tan impactadas están las autoridades de Utah que han nombrado un zar antiporno (cbsnews: And Just What Is Porn In Utah?).

Estas cifras antes que reflejar una crisis, parecieran evidenciar lo contrario, los millones de adictos debieran hacer las delicias de la industria del porno, que no debería darse abasto para satisfacer tamaña demanda. Sin embargo, parece que Internet no es Jauja para la industria del porno. El problema radica en que si hay algo gratuito en Internet es precisamente el porno, con el agravante que los consumidores de este material no sienten ningún remordimiento por no pagar por consumirlo con tanta prisa y avidez.

Efectivamente, una encuesta realizada en Nueva Zelanda (PC World: Porn more morally acceptable than copyright downloads: poll), reveló que del grupo de encuestados el 41 por ciento pensaba que ver porno en línea sin pagar es moralmente aceptable, mientras que aquellos que pensaban que estaba bien descargar música o ver una película en línea sin pagar, eran mucho menos 18 y 13 por ciento, respectivamente.

Agrava esta situación que los mecanismos a través de los cuales se consume porno gratuito en línea son mucho más difíciles de perseguir que las descargas de música y películas. En diciembre de 2008 hicimos una breve nota con relación al intento de la alemana DigiProtect de cobrar a los internautas ingleses que habían bajado contenido para adultos a través de Internet (Bajas música, videojuegos y porno: paga), sin embargo, hoy gran parte del consumo de pornografía en Internet se realiza a través de sitios de streaming de video del tipo YouTube (Youjizz, Tjoob, PornTube o RedTube), bajo este esquema las posibilidades de perseguir a los consumidores (al estilo de la RIAA) son mucho menores.

Muchos claman que la industria de contenidos debiera modificar su modelo de negocio. Algunos sectores ya lo están haciendo. Es claro que el incremento de conciertos en vivo responde a esta necesidad (Conciertos y el nuevo modelo musical). No es el caso de la industria del porno, entre las descargas, el streaming y el 2.0 es difícil que encuentre caminos alternativos a su modelo tradicional de venta de revistas, DVDs y sitios de pago en línea. No obstante el carácter intimista y casi clandestino del consumo de pornografía hacen dudar de la eficacia de mecanismos alternativos de explotación. Aunque con el porno nunca se sabe, allí está X1, una “porno okupa” que aparece como la primera cinta del género filmada en 3D y que algunos piensan podría ser la tabla que resucite a la industria (La salvación del porno según la 3D).  Tarea difícil.

En el ínterin se prueban otros caminos, como exigir ayudas públicas al gobierno (Flynt pidió rescate para industria porno) o lanzar campañas exhortando a la parroquia a dejar el porno gratuito y pagar por su consumo, tal como aparecen en el siguiente vídeo realizado por la Adult Entertainment Trade Association (Asociación de Comercio de Entretenimiento para Adultos) una rama de la Free Speech Coalition donde Lisa Ann, Kaylani Lei, Sinnamon Love y el mítico Ron Jeremy, entre otras estrellas porno reclaman sobre los efectos negativos de tales prácticas.

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Si Internet no olvida, Google tampoco

El blog de Enrique Dans (La persistencia de la memoria) nos presenta la siguiente noticia: el Juez David Harvey de la corte del distrito de Manukau en Nueva Zelanda, acaba de prohibir la difusión on-line de la identidad y la fotografía de dos hombres acusados de asesinar a un menor de edad (Judge restricts online reporting of case y Judge bans online naming of murder accused), mientras que, por otro lado, permite que esta información se publique través de medios tradicionales como la prensa escrita, la radio y la televisión. Para el Juez, la medida buscaría evitar que se acceda a esta información cuando el caso se encuentre en juicio. Básicamente, se trata de prevenir que alguien pueda “googlear” los nombres de los acusados y tener acceso a esta información, así como, según señala, el efecto viral de la publicación digital.

Hay que tener en cuenta que el juez Harvey no es un neófito en nuevas tecnologías. Este togado comparte las labores de magistrado con la cátedra de Derecho y tecnologías de la información en la Universidad de Auckland e incluso ha escrito un libro sobre Internet y el Derecho (internet.law.nz). Si tomamos el esfuerzo de “googlear” su nombre sabremos que en los últimos tiempos se ha dedicado a escribir papers y dictar charlas y cursos relacionados con Internet y el Derecho.

Dans utiliza el auto del Juez Harvey como una excusa para reflexionar acerca de lo que él llama la persistencia de la información en Internet mientras que cuando aparece en medios de comunicación tradicionales se olvida con facilidad. Este problema, el de la trascendencia de los datos en Internet y de su facilidad para encontrarlos, empieza a generar importantes interrogantes con relación a la protección de los derechos de los ciudadanos.

Un buen día de 2006 a un ciudadano español se le impone una multa por orinar en la vía pública. La información aparece publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) tanto en papel como en Internet. Poco tiempo después este señor es nombrado subdirector de una escuela estatal, sin embargo, la noticia de esta impropia acción aparece cada vez que se digita su nombre en Google. Mortificado, se contacta con los representantes del buscador pero éstos le informan que no es posible desarrollar un filtro y que en todo caso tendría que contactarse con el BOP para que la notificación sea desalojada de la web, sólo así los robots de Google dejarán de encontrarla. En el mes de mayo de 2007 presenta un reclamo de Tutela de Derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por la denegación de Google de eliminar de sus resultados este contenido.  

Google alegó, durante el proceso administrativo, que las informaciones obtenidas a través de sus resultados de búsqueda se encuentran en páginas de terceros de acceso público. En consecuencia, para eliminar el contenido de sus resultados debería desaparecer de la página. Por su parte, la Administración informó que la publicación en el BOP, se hacía en cumplimiento de un dispositivo legal. La AEPD nos recuerda, al resolver que, ningún ciudadano que no sea personaje público u objeto de hecho noticiable tiene que soportar que sus datos de carácter personal circulen sin corregir su inclusión en un sistema de comunicación universal como Internet. Por lo tanto, falla estimando la reclamación y el derecho de oposición ejercido contra Google, instando a que se adopten las medidas para retirar los datos de su índice e imposibilite el acceso futuro a los mismos.

Estos dos casos son oportunos para discutir algunos aspectos del derecho a la protección de los datos personales y de la facilidad de acceder a éstos en Internet. Es evidente que en un mundo analógico una de las mayores defensas del anonimato es la dificultad que representa buscar en miles de documentos cubiertos de polvo y desordenados en decenas de hemerotecas. Es decir es el propio código de la realidad  el mejor muro para mantener la ignorancia. Esta defensa se desbarata con Internet. Sin embargo, la orden de la AEPD española no parece ser la más eficiente para proteger al ciudadano, en la medida que si bien Google es el buscador más conocido, no es el único y por lo tanto una limitación como la impuesta sólo tendrá un carácter parcial y será por lo tanto ineficiente, obligando a los ciudadanos a recurrir a cada uno de los buscadores del planeta para que filtren la información no deseada de sus motores de búsqueda.